La medida anunciada este viernes por el Gobierno de Estados Unidos de incluir a los hombres como posibles víctimas de violación ya se contempla, desde hace años, en el Código Penal (CP) español.
Así, el artículo 178 define el delito de agresión sexual y castiga con pena de prisión de uno a cinco años a quien atente con violencia o intimidación 'contra la libertad sexual de otra persona', independientemente del sexo de la víctima.
Asimismo, la legislación recoge todas las posibles vías de violación. 'Cuando consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con prisión de seis a 12 años', reza el artículo siguiente.
Por último, el CP protege especialmente a los menores y establece como agravantes que la víctima sea vulnerable, por enfermedad o discapacidad, o que exista relación de superioridad o parentesco entre agresor y víctima, entre otros.
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