La Audiencia de Barcelona obliga a revelar los nombres de las mujeres que abortaron en las clínicas de Morín
El tribunal pretende garantizar el derecho a la defensa de los acusados
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La Audiencia de Barcelona ordenó hoy a la titular del Juzgado de Instrucción número 33 de la capital catalana que haga públicos los nombres de las mujeres que abortaron ilegalmente en las clínicas del doctor Carlos Morín en Barcelona para garantizar el derecho de defensa de los acusados.
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En un auto hecho público hoy, los magistrados de la Sección Novena entienden la problemática que genera el delito de aborto, pero mantener secreta la identidad de las pacientes, dicen, vulnera el derecho a defensa.
La Audiencia estima así el recurso presentado por una de las defensas de los imputados, que solicitaba conocer, como parte del proceso, las identidades de las mujeres.
La titular del juzgado de Instrucción número 33 de Barcelona, Elisabet Castelló, encargada de las diligencias, levantó el secreto de sumario el pasado 7 de marzo, pero con la salvedad de mantener en secreto la identidad de las pacientes implicadas, con el fin de proteger su intimidad.
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El tribunal comprende la problemática del delito de aborto, dada su "insatisfactoria regulación en el ordenamiento jurídico penal", pero, conforme al principio de legalidad, entiende que no puede existir la figura del imputado protegido, puesto que impide que los otros imputados no dispongan de todas los datos para preparar adecuadamente la defensa.
Cerca de 200 mujeres declararon como imputadas por haberse sometido a interrupciones de embarazo presumiblemente ilegales, pero todas ellas ya han sido exculpadas por la jueza instructora, al entender que no se las puede responsabilizar porque abortaron con el convencimiento de que su actuación era legal.
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Esta es la tercera vez que la Audiencia de Barcelona insta a la jueza a levantar el secreto parcial para poner en conocimiento de las partes las actuaciones.
Por su parte, la Fiscalía Superior de Cataluña ha emitido hoy un comunicado de apoyo a Castelló en el que sostiene que "no se debe confundir dos conceptos jurídicos diferentes como son el secreto sumarial de la investigación y la protección de los datos de identidad de las mujeres cuyas historias clínicas están siendo investigadas".