Este artículo se publicó hace 14 años.
La Audiencia autoriza la extradición del mafioso Kalashov a Georgia
El tribunal le condenó en julio a siete años de cárcel por delitos de blanqueo
La sección segunda de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional ha autorizado este lunes la extradición del líder de la mafia ruso-georgiana instalada en España Zakhar Kniazevich Kalashov a Georgia, que le reclama para que cumpla allí una condena de 18 años de prisión.
Así lo ha acordado el tribunal en un auto en el que condiciona la entrega de Kalashov -condenado por la Audiencia Nacional a 7 años y 6 meses de cárcel por blanqueo de capitales el pasado julio- a que las autoridades de Emiratos Árabes Unidos, donde fue detenido en 2006 y desde donde se le trasladó a España, autoricen su traslado a Georgia.
La segunda condición que impone la sala es que si prospera el recurso que la Fiscalía ha interpuesto ante el Tribunal Supremo (TS) para que también sea condenado por asociación ilícita, Georgia deberá rebajar las condenas impuestas por delitos de pertenencia a organización criminal y secuestro dictadas en rebeldía, al haber sido condenado en España por ese delito.
La extradición de Kalashov será efectiva cuando el auto dictado hoy por la sección segunda, contra la que cabe recurso de súplica ante el pleno de la sala de lo penal de la Audiencia, sea firme.
La decisión de la sala se produce después de que el pasado día 15 se celebrara la vista de extradición en la que la fiscal Dolores Delgado reclamó su "entrega inmediata" a Georgia al considerar que no "existe un solo impedimento" para ello y que allí contará con una "defensa justa".
Para el tribunal, la legislación georgiana cumple los "mínimos esenciales en materia de respeto de garantías y derechos fundamentales" para esta clase de juicios y no entra a revisar la manera en que, "conforme a su específico sistema de derecho interno, se desarrollan", ya que no tiene por qué ser "coincidente" con el ordenamiento jurídico español.
En la vista, la defensa del líder de la mafia ruso-georgiana, Javier Gómez de Liaño, destacó que los tribunales georgianos juzgaron a su cliente "a sabiendas de su ausencia, sin haber hecho el menor esfuerzo por encontrarle" antes de que cursaran la petición de entrega a España, en la que, según dijo, existen "razonables sospechas de que hay una actuación fraudulenta".
Sobre este extremo, la Audiencia Nacional subraya que, aún siendo cierto que Kalashov estaba preso en España cuando el 13 de octubre de 2006 se dictó la sentencia en rebeldía del tribunal georgiano, "ello no implica necesariamente que haya mediado ese abuso de derecho y fraude de ley en la reclamación".
Entiende además que el hecho de que se le juzgara en rebeldía no se puede considerar una "decisión arbitraria" pues si se hizo así fue porque Kalashov estaba fuera de Georgia cuando se celebró la vista ya que "antes de había evadido de la Justicia georgiana".
Kalashov, que tras abandonar Georgia se instaló en España, huyó de la Península entre 2005 y 2006 aunque en mayo de ese año fue detenido en Dubai y trasladado a territorio español, también fue condenado por secuestrar en 2000 a un ciudadano estadounidense.
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