La Audiencia autoriza expulsar a 13 de los 17 saharauis que pidieron asilo
Cree que no existen "indicios que revelen que las autoridades marroquíes persigan de manera sistemática a los saharauis
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La Audiencia Nacional ha autorizado este viernes la expulsión de 13 de los 17 saharauis que llegaron en patera a Fuerteventura el pasado 5 de enero y que pidieron asilo político, al no existir "indicios que revelen que las autoridades marroquíes persigan de manera sistemática y generalizada a los saharauis por causa de su origen étnico".
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Así lo ha acordado la sección octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en un auto en el que dice no haber lugar a la suspensión de la ejecución de la orden de salida de España acordada por el Gobierno.
La decisión de la Sala, que el lunes resolverá respecto a los otros saharauis que pidieron asilo político, se produce después de que el pasado miércoles ordenara paralizar la expulsión, prevista para ese día, hasta que se resolviera el recurso que interpusieron contra la decisión del Gobierno de devolverlos a su lugar de origen.
La Audiencia Nacional adoptó esta decisión como "medida cautelarísima" de urgencia ante la inminencia de las expulsiones, que le habían sido anunciadas al tribunal para ese día por el inspector jefe accidental de la Comisaría de Puerto del Rosario (Fuerteventura), que advertía que de no recibir respuesta se procedería a su ejecución.
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De hecho, mientras se dirimía esta cuestión, los 17 saharauis fueron trasladados al Centro de Internamiento de Extranjeros de Gran Canaria para proceder a su expulsión.
Algunos de los saharauis que recurrieron ante la Audiencia Nacional la decisión del Gobierno de denegarles el asilo alegaron haber estado en el campamento de protesta de Gdeym Izik, desmantelado de forma violenta el pasado 8 de noviembre por la autoridades marroquíes.
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A este respecto, el tribunal señala que ese campamento "no surgió cono reivindicación política sino debido a las condiciones socioeconómicas del pueblo saharaui".
Tampoco cree que haya razones "para pensar que, por haber pretendido llegar a España procedente del indicado campamento, las autoridades del país de origen" puedan atribuir a los solicitantes de asilo "una implicación política".
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"No aprecia por tanto el tribunal, a partir de los datos con los que por el momento cuenta, la existencia de indicios de una situación que permita considerar que, por la ejecución de la resolución administrativa dictada, el procedimiento pueda llegar a perder su finalidad legítima", destaca el auto.
El recurso ante la Audiencia Nacional fue interpuesto a través de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) a raíz de que el Gobierno rechazara las peticiones de asilo de esos 17 saharauis, miembros de un grupo de 22 personas llegadas el 5 de enero a Fuerteventura en una lancha neumática y entre las cuales 5 sí han conseguido que se tramiten sus solicitudes de refugio.
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El principal argumento para solicitar el asilo era el "alto riesgo" que corren todos si vuelven a El Aaiún, motivo en el que se basaron para reclamar a la Audiencia Nacional la aplicación de la "medida cautelarísima" de suspensión de los trámites de expulsión.
Antes de acordar paralizar las expulsiones, el tribunal dictó el día 21 otra providencia en la que señalaba que no podía decidir sobre la petición de asilo hasta que los saharauis nombraran un procurador que les representara, para lo que les dio un plazo de diez días.
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En esa ocasión, los magistrados observaron que la modificación en 2009 de la Ley reguladora del asilo y de la protección subsidiaria que prevé la adopción de medidas cautelarísimas con carácter de urgencia es contradictorio con la exigencia de que sea nombrado abogado y procurador.