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La Audiencia Nacional investigará el acoso violento al Parlament

La Fiscalía cree que los exaltados que atacaron a los diputados cometieron un delito contra las instituciones

ÁNGELES VÁZQUEZ

El acoso violento sufrido por los diputados catalanes el pasado 15 de junio a la hora de acceder al Parlament para votar los Presupuestos de Catalunya constituye un delito contra las instituciones del Estado. La Fiscalía entiende que su investigación corresponde a la Audiencia Nacional y por eso pide al juez Eloy Velasco que abra una causa para esclarecer lo sucedido.

El informe fiscal, presentado en respuesta a una querella del autodenominado sindicato de funcionarios Manos Limpias, pide que esta sea rechazada por conducir 'a una inquisición general prohibida en la Constitución' contra el Movimiento 15-M. La querella del colectivo ultraderechista pretendía la incoación de una causa general para investigar 'todas las actuaciones presuntamente ilícitas llevadas a cabo' por grupos de personas que engloba 'bajo la denominación de Movimiento 15-M, indignados o Democracia Real'.

Los agresores podrían ser castigados con hasta cinco años de cárcel

Los altercados ocurridos en los alrededores del Parlament el 15 de junio fueron protagonizados por una minoría de exaltados y el Movimiento15-M se desvinculó inmediatamente de ellos. Varios diputados que trataban de acceder a pie a la Cámara fueron atacados con pintura y escupitajos y el presidente de la Generalitat, Artur Mas, y otros políticos se vieron obligados a acceder al edificio en helicóptero.

Tras explicar que la Ley de Enjuiciamiento Criminal veta la acumulación en un único procedimiento de hechos delictivos cometidos por distintas personas en diferentes lugares, la fiscal Teresa Sandoval afirma que entre las competencias de la Audiencia Nacional figura la investigación de los 'delitos contra la Corona, contra los Altos Organismos de la Nación y contra la forma de Gobierno'.

El fiscal denuncia el carácter fraudulento de la querella de Manos Limpias

A su juicio, según el Código Penal de 1973, los hechos acaecidos a la entrada al Parlament constituyen delitos contra Altos Organismos de la Nación. El Código de 1995 los regula como 'delitos contra las instituciones del Estado'.

Los artículos 497 y 498 de este texto legal castigan, respectivamente, con penas de entre seis meses y un año y de entre tres y cinco años a los que perturben el orden de las sesiones de una Cámara legislativa y los que empleen la fuerza, violencia, intimidación o amenaza grave para impedir a un diputado asistir a una de las sesiones plenarias.

Y esos hechos son los únicos que, según la Fiscalía, son competencia de la Audiencia Nacional. Los delitos de atentado, resistencia y desobediencia que pudieron cometerse y que motivaron la incoación de varios atestados por los Mossos d'Esquadra deberán seguir investigándose en los Juzgados de Instrucción de Barcelona. La Fiscalía de dicha provincia deberá remitir a la Audiencia las diligencias abiertas en relación con el delito contra las instituciones del Estado, entre ellas las que permitan identificar a sus autores.

Considera que el pseudosindicato quería abrir una causa general al 15-M

Por si hay alguna duda, la Fiscalía precisa que 'sólo los [hechos] ocurridos frente al Parlament de Catalunya el 15 de junio de 2011 respecto a los miembros de la Cámara legislativa en cuestión justifican la competencia' de la Audiencia Nacional.

Por eso, la querella de Manos Limpias debe ser inadmitida y, si el magistrado decide admitir su personación como acción popular, propone que se le imponga una fianza de 50.000 euros. La Fiscalía justifica la elevada cifra en 'la inidoneidad y consecuente rechazo de una parte sustancial de sus pretensiones', al 'acreditar un cierto abuso de derecho y la intención de soslayar la aplicación de las normas legales reguladoras de la competencia de los órganos judiciales'.

Manos Limpias denunciaba sucesos ocurridos, entre otros lugares, en Barcelona, Madrid, Getafe, Alcalá de Henares, Valencia y Alicante. La querella describía los hechos que imputaba con tanta 'ambigüedad' que se justificaría su inadmisión a trámite, según la fiscal, sobre todo teniendo en cuenta que 'era notoriamente conocido a través de los medios de comunicación' que ya se habían abierto investigaciones policiales y judiciales.

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