Este artículo se publicó hace 2 años.
Una ley obliga a la banca a aumentar el tamaño de la 'letra pequeña' de sus contratos
El Congreso aprueba por unanimidad y a propuesta de ERC elevar de 1,5 milímetros a 2,5 el cuerpo mínimo de los caracteres con los que los bancos, aseguradoras y empresas de servicios compañías redactan los documentos que ofrecen a los consumidores, una medida que deben implementar antes del 1 de junio para evitar la ilegibilidad que permite la normativa actual.
Zaragoza-Actualizado a
Los bancos, las compañías de seguros y otras empresas de servicios como las de telefonía, entre otras muchas, tienen poco más de dos meses, hasta el 1 de junio, para aumentar un 66% el tamaño mínimo de las letras con las que redactan los contratos que suscriben los consumidores para acceder a sus productos.
La medida se deriva de la aprobación por unanimidad en el Congreso, a propuesta de ERC, de una modificación del artículo 80 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el que regula los requisitos que deben cumplir las cláusulas que no son negociadas de manera individual sino que forman parte de los contratos de servicios estandarizados que esas compañías ofrecen a sus clientes.
La modificación consiste en elevar de 1,5 a 2,5 milímetros el tamaño mínimo de la letra
Concretamente, la modificación consiste en elevar de 1,5 a 2,5 milímetros el tamaño mínimo de la letra para permitir "al consumidor y usuario el conocimiento previo a la celebración del contrato sobre su existencia y contenido", un requisito que "en ningún caso se entenderá cumplido" si, además, "el espacio entre líneas fuese inferior a los 1,15 milímetros" o, como ya contemplaba la norma, "el insuficiente contraste con el fondo hiciese dificultosa la lectura".
Esa medida equivale a un cuerpo tipográfico de letra de siete puntos, dos o tres inferior, según el caso, a los del cuerpo de las noticias los periódicos impresos o el texto de las ediciones de bolsillo de los libros, que suelen ser del nueve o el diez. El límite vigente hasta el 1 de junio era escasamente superior al cuerpo siete y carecía de interlineado mínimo.
La diferencia entre uno y otro y sus efectos sobre la accesibilidad pueden comprobarse introduciendo esos parámetros de cuerpo y de separación entre líneas en un editor de texto de ordenador con el documento al 100% de tamaño.
“Es una información necesaria para que el consumidor pueda decidir”
"Es un tema de protección, de garantía y de defensa de los derechos de los consumidores", explica Pilar Valluguera, la diputada de ERC que defendió la enmienda en la Comisión de Sanidad y Consumo durante la tramitación como ley del decreto de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica que el Gobierno había aprobado a principios del año pasado, cuyo texto definitivo se encuentra en vigor desde el 2 de marzo con la excepción, precisamente, de ese punto, cuya aplicación se retrasa tres meses para, precisamente, dar a las empresas de servicios tiempo de adaptarse para cumplirlo.
"Es un tema de protección, de garantía y de defensa de los derechos de los consumidores", explica Pilar Valluguera, diputada de ERC
"Se trata de una información necesaria para que el consumidor pueda tomar decisiones sobre su propio consumo", señala la diputada, que califica de "insultante" la medida mínima de 1,5 milímetros, tan pequeña que "causaba indefensión". "Los consumidores no solo son vulnerables por causas económicas, sino que hay otras y no poder entender lo que te dan para firmar es una de ellas", añade.
La introducción de la enmienda, cuyo contenido se aplica en países como Portugal, requirió, no obstante, algunas dosis de negociación y de pedagogía al mostrarse inicialmente reacios a apoyarla algunos grupos al considerar que una medida de ese tipo podía ser contraria a la normativa comunitaria.
La enmienda, que de hecho apelaba a la iniciativa portuguesa, reclamaba el apoyo de los grupos argumentando que "para terminar definitivamente con la conocida como 'letra pequeña' de los contratos resulta necesario incrementar el tamaño mínimo de la letra e introducir el tamaño mínimo del interlineado".
Junto a ello, había un factor de peso entre los diputados: "muchos vamos teniendo una edad y nos damos cuenta de lo necesario que es poder acceder con claridad a los textos".
Los consumidores ven un avance, pero hay otros pendientes
Las asociaciones de consumidores coinciden en respaldar la medida, aunque con matices. "Pasar de 1,5 a 2,5 es un salto importante, pero pedíamos llegar a los tres milímetros porque eso aumenta mucho el porcentaje de personas que no tendrían problemas de lectura", señala Enrique García, de la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios), que sostiene que "el tamaño de los caracteres debe ser adecuado para que resulten legibles para todos los consumidores. Además de los mayores, hay otros consumidores vulnerables por padecer presbicia u otras situaciones".
"Es un avance para reducir las irregularidades y las dificultades de los consumidores para comprender los contratos", coincide Rubén Sánchez, portavoz de Facua, que reclama "protocolos auténticos de control del mercado", ya que "más allá del tamaño de la letra nos encontramos con cláusulas abusivas con las que las empresas se saltan la ley y empresas que incumplen sus propios contratos".
"¿De qué me sirve una letra bonita y grande si lo que me imponen con ella es ilegal y abusivo?" plantea, mientras recuerda cómo el paquete de un centenar de denuncias presentado hace unas semanas ante el Ministerio de Consumo, en vísperas de que este asuma en mayo las competencias sancionadoras en fraudes de ámbito estatal, incluye varias sobre "empresas que suben sus tarifas unilateralmente porque en sus contratos pone que puede hacerlo, cuando eso es ilegal".
El Banco de España mantenía hasta ahora la misma exigencia general de una letra mínima de 1,5 milímetros para los contratos
García se pronuncia en términos similares. "Nos alegramos de que se haya aumentado el tamaño mínimo de la 'letra pequeña', aunque el problema es lo que se esconde con ella, que son las cláusulas abusivas, y la ocultación de información relevante", explica, mientras reclama "contratos más transparentes, en los que las cláusulas sean inteligibles y transmitan al consumidor una imagen fiel del servicio o del bien que está contratando. Llevamos años pidiendo honestidad a las empresas".
"Cada entidad se va a ajustar a los requerimientos legales según sus posibilidades", señalaron fuentes de Aebanca, la patronal del sector bancario español, que anotaron que esa adaptación se realizaría "siempre cumpliendo con el calendario oficial previsto".
El Banco de España mantenía hasta ahora la misma exigencia general de una letra mínima de 1,5 milímetros para los contratos, aunque hace unos años valoró la posibilidad de elevarla hasta los dos.
Comentarios de nuestros suscriptores/as
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros suscriptores y suscriptoras, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.