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La caída del sexto banco español Un juez rechaza que Ángel Ron reciba indemnización tras su despido del Popular

El magistrado tiene "sospechas" acerca de "una posible autocontratación fraudulenta", pero no las tiene en cuenta para el fallo

El expresidente del Banco Popular, Ángel Ron, durante la presentación de los resultados de 2016. EFE

agencias

El juzgado de lo Social número 33 de Madrid ha desestimado la demanda interpuesta por el expresidente del Banco Popular Ángel Ron contra la entidad que dirigió durante más de una década y a la que reclamaba una indemnización por despido improcedente tras abandonar el cargo el pasado febrero.

Ron presentó el pasado 17 de abril una demanda contra Popular al considerar que la entidad le debía una indemnización por despido improcedente, después de que él mismo cesara como consejero del banco y, consecuentemente, fuera cesado como presidente. En ese momento, la retribución mensual bruta que percibía Ron ascendía a 106.281,44 euros.

En la sentencia conocida este viernes, el magistrado rechaza tales pretensiones al considerar que Ron no mantenía una relación laboral común o especial de alto cargo sino mercantil con el banco desde febrero de 2015, cuando suscribió con el Popular un contrato de esas características.

El juez diferencia varias etapas de Ron en la entidad, la primera desde su entrada en 1984 como auxiliar administrativo hasta 1999, cuando es nombrado director general, en tanto que apenas tres años más tarde, en 2002, estaría marcada por su paso a miembro del Consejo de Administración.

El magistrado considera que el expresidente del banco no mantenía una relación laboral común o especial de alto cargo sino un contrato mercantil

El juez insiste en que si bien en estos primeros periodos el expresidente del Popular sí que dispuso de un contrato laboral, resulta "significativo" que haya sido en 2015, cuando Ron "ya ocupa la cúspide del consejo", cuando se acuerde la suspensión de este tipo de relación "con efectos retroactivos" hasta quedar "formalmente en suspenso".

En este sentido, advierte de sospechas acerca de una posible "autocontratación fraudulenta", duda que no desarrolla al no ser motivo de alegación en la demanda, y asegura que Ron "nada hizo para recuperar la relación laboral común de etapas anteriores, sino que optó por extinguir su relación de alta dirección para vincularse societariamente".

Así, con independencia de estas sospechas, para el juez "lo acordado carece de validez si se llega a la conclusión de que en ese momento la relación contractual laboral estaba extinguida", ya que "en tal caso era imposible dejar suspendida una relación inexistente y nos encontraríamos ante un contrato carente de objeto, por lo que sería plenamente nulo".

La sentencia, que no es firme, puede ser objeto de recurso de suplicación ante la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación. 

Pensión de 24 millones

El banquero, que por sus servicios y acuerdos con el banco tiene unos derechos de pensión de 24,2 millones de euros que le garantizan el cobro de 1,1 millones de euros al año, ha concedido en los últimos días diversas entrevistas en prensa defendiendo su labor al frente de la entidad ante las críticas por la situación que desembocó en la intervención.

El fugaz sustituto de Ron en la presidencia de Popular, Emilio Saracho, recibió una prima de fichaje de cuatro millones de euros y pactó en su día un salario entre el 20 de febrero y el 31 de diciembre de 2017 de 1,3 millones de euros. 

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