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El Gobierno no aplazará el pago de impuestos y promoverá la presentación online

La Campaña de la Renta 2019 empieza el miércoles y durará, de momento, hasta el próximo 30 de junio, como es habitual.

Foto de la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante su vista a la delegación especial de la AEAT en Madrid con motivo de la Campaña de Renta 2018. E.P./Óscar Cañas
Foto de la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante su vista a la delegación especial de la AEAT en Madrid con motivo de la Campaña de Renta 2018. E.P./Óscar Cañas

agencias

La portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, rechazó este domingo el aplazamiento del pago de impuestos, aunque indicó que se intentará facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a través de soportes telemáticos.

Así lo indicó durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros extraordinario celebrado este domingo en el Palacio de la Moncloa para aprobar el cierre de todas las actividades consideradas no esenciales, con el objetivo de "endurecer el confinamiento" del estado de alarma para combatir la pandemia de Covid-19.

Preguntada por si este endurecimiento del confinamiento podría dar lugar a que el Ejecutivo aplace el pago de impuestos, la titular de Hacienda lo rechazó, recordando que entre las medidas tomadas en las últimas semanas para hacer frente al impacto económico del coronavirus y garantizar la liquidez de las empresas, ya se aprobó el fraccionamiento y aplazamiento en el pago de las deudas tributarias de pymes y autónomos por hasta 30.000 euros.

En cualquier caso, Montero aseguró que el Ejecutivo facilitará "de todas las formas posibles, el cumplimiento de estas obligaciones fiscales a través de soportes telemáticos, para que no haya desplazamientos".

De esta forma, se mantienen por ejemplo, los plazos de la Campaña de la Renta 2019, que comenzará este miércoles y, de no ser modificado su calendario, finalizará el 30 de junio.

Es "especialmente importante" mantener la campaña del IRPF

La Agencia Tributaria ha considerado "especialmente importante" en las circunstancias actuales por la crisis sanitaria del Covid-19 mantener la Campaña de la Renta en las fechas previstas para que cuanto antes los contribuyentes puedan recibir sus devoluciones.

A partir del viernes 3 de abril, los contribuyentes comenzarán a recibir sus devoluciones del IRPF en los caos que corresponda.

A partir del viernes 3 de abril, los contribuyentes comenzarán a recibir sus devoluciones en los caos que corresponda. En este sentido, cerca del 70% de las declaraciones salen a devolver, y las que salen a ingresar solo se empiezan a pagar a final de Campaña, en el mes de junio. Además, cerca del 88% de las declaraciones se confeccionan por Internet, recuerdan desde Hacienda.

Los contribuyentes pueden suscribirse a la app de la Agencia tributaria y acceder a sus datos fiscales en la página web de la AEAT a través del sistema REN0, el certificado o la Cl@ve PIN, así como en la aplicación. Además, los contribuyentes pueden solicitar el número de referencia desde el pasado 6 de marzo por las mismas vías.

Este miércoles, cuando se inicia la campaña, los usuarios podrán gestionar sus declaraciones por Internet, a través del servicio de tramitación Renta Web, y de la app, así como hacer uso del servicio telefónico de información tributaria de Renta (901 33 55 33 o 91 554 87 70), que permanecerá todo el año.

Exentos de declaración

No están obligados a presentar la declaración del IRPF los contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio 2019 rentas procedentes exclusivamente, en tributación individual o conjunta, de rendimientos íntegros del trabajo con el límite general de 22.000 euros anuales cuando procedan de un solo pagador.

Este límite también se aplicará cuando se trate de contribuyentes que perciban rendimientos procedentes de más de un pagador y concurra que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales o que sus únicos rendimientos del trabajo consistan a determinadas prestaciones pasivas.

Quedan exentos también los rendimientos íntegros del trabajo con el límite de 14.000 euros anuales cuando procedan de más de un pagador, siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.

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