Pescanova se enfrenta a discrepancias entre la banca acreedora y el consorcio integrado por la cervecera Damm y Luxempart por la propuesta de convenio presentada para salvar a la pesquera de la liquidación, un escenario al que se podría llegar si dicha propuesta no cuenta con el apoyo del 51% de los acreedores, según han informado fuentes conocedoras de la situación de la compañía.
Las mismas fuentes han indicado que la principal diferencia entre ambas partes reside en la quita de deuda, que la banca acreedora quiere rebajar al 60%, frente al 72% contemplado en la propuesta de convenio y al 80% planteado inicialmente, con el objetivo de recuperar 1.000 millones de euros. Asimismo, la banca atrapada en la compañía gallega ha expresado sus reticencias, según han explicado otras fuentes consultadas, al hecho de que Damm y Luxempart tengan derecho de veto en la Nueva Pescanova para dar entrada a nuevos accionistas en las filiales.
Las mismas fuentes han asegurado que el convenio presentado por Pescanova ante el juez es 'equilibrado' y pretende buscar la viabilidad de la compañía para no dejarla con un volumen de deuda 'insostenible' y han subrayado que su estructura legal es idéntica a la que quería la banca. 'Es mucho más sólida y protege absolutamente su recuperación', han indicado. Dicha propuesta de convenio, que contempla además una quita para los accionistas del 95%, frente al 72% estipulado para la banca, cuyo pasivo está garantizado, recoge además que los acreedores podrán invertir nuevo capital, lo que se supone que las entidades financieras podrían tener una participación de hasta el 35% en la gallega.
Asimismo, fuentes cercanas a la cervecera catalana han asegurado que la banca sale 'bien parada' con este convenio y que Damm ha hecho 'todo lo posible' para salvar la pesquera, por lo que si no cuenta con el apoyo del 51% de los acreedores, la responsabilidad sobre su futuro será de ellos.
De hecho, el juzgado de lo Mercantil número uno de Pontevedra notificó el miércoles una providencia en la que se daba un plazo de tres días hábiles a Pescanova para subsanar la propuesta de convenio, con el fin de decidir posteriormente su admisión a trámite, una vez recibida contestación por parte de la pesquera. Dicha propuesta contempla una inyección de fondos de hasta 150 millones de euros para garantizar su viabilidad y su reorganización societaria, con la solicitud de concursos exprés para sus filiales españolas conexos con el de la matriz. Según la propuesta de convenio, la deuda financiera remanente tras la restructuración será de 812,5 millones de euros, excluyendo la deuda en filiales extranjeras.
Del total de la inyección de fondos, que incluye una ampliación de capital de hasta 37,5 millones de euros, cerca del 70% (105 millones de euros) lo aportará la banca acreedora y el 30% restante (45 millones de euros) el consorcio integrado por la cervecera catalana y el fondo luxemburgués, que se incorpora como socio industrial de referencia. Asimismo, la quita efectiva media sobre la deuda en balance oscilará entre aproximadamente el 60% y el 90%, en función de los casos. La deuda financiera neta ascendía a unos 3.300 millones de euros al cierre de 2012, con un patrimonio neto negativo de 1.500 millones de euros.
El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), dependiente del Ministerio de Economía, ha abierto un expdiente sancionador a BDO y a su socio auditor Santiago Sañé por posibles infracciones técnicas graves en su labor de auditoría en Pescanova, en concreto en la correspondiente a las cuentas anuales de 2011, según recoge el informe de dicho organismo. Dicho informe revela posibles incumplimientos por parte de BDO de las normas técnicas de auditoría relativas a la planificación, a la falta de obtención de evidencia y a la omisión de información. Asimismo, la ICAC denuncia en su informe que se emitiera una opinión favorable sobre las cuentas de cada una de las sociedades incorporadas al balance consolidado sin aportar el informe del auditor de cada sociedad.
El acuerdo de expediente sancionador concluye que los hechos investigados podrían ser calificados como infracción grave según el artículo 34 de la Ley de Auditoría de Cuentas referido al 'incumplimiento de las normas de auditoría que pudiera tener un efecto significativo sobre el resultado de su trabajo y, por consiguiente, en su informe'. En caso de que, al dictar la resolución que ultime el procedimiento que se incoa, se consideraran probados los hechos imputados y fueran calificados de infracción grave, se procedería imponer a los auditores alguna de las sanciones previstas en el artículo 36 de dicha norma, según establece el informe. En concreto, la auditora podría hacer frente a una sanción de multa por un importe de hasta el 3% de los honorarios facturados por actividad de auditoría de cuentas en el último ejercicio cerrado con anterioridad a la imposición de la sanción, sin que ésta pueda ser inferior a 12.000 euros.
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