El papelón en el 'caso Cheryshev' del TAD, la obra personal de Cardenal
El presidente del TAD forma parte del Comité Jurisdiccional de la RFEF
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MADRID.- Una vez que el Comité de Apelación ha ratificado la sanción de expulsión de la Copa del Rey contra el Real Madrid dictada el viernes pasado por el juez único de competición, al club blanco ya sólo le queda la última instancia jurídico deportiva en España, el Tribunal Administrativo del Deporte, conocido como el TAD.
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No le falta razón en la exposición de motivos al definir a este organismo como dependiente del Consejo Superior de Deportes. Es más, se puede considera como la obra personal e intransferible del actual Secretario de Estado, Miguel Cardenal. Un Tribunal que sustituye al también famoso y conocido como Comité Español de Disciplina Deportiva además de también a la Junta de Garantía Electorales. El TAD asume en uno estas dos funciones.
El presidente del TAD forma parte del Comité Jurisdiccional de la RFEF
Actualmente, tal y como está establecido en el Real Decreto, siete son los actuales miembros del TAD (en estos momentos, cinco hombres y dos mujeres), además un presidente que se “designará por elección entre sus propios miembros”. Ese cargo actualmente lo ejerce Enrique Arnaldo, Catedrático de Derecho Constitucional, con quien además tiene una excepcional relación el actual Secretario de Estado para el Deporte.
Enrique Arnaldo, presidente del TAD, es uno de los tres vocales del Comité Jurisdiccional junto a Florentino Delgado y José Luis Carretero
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Pero conviene saber otro dato más. Y que pasa porque el propio Enrique Arnaldo forma actualmente parte de la Federación Española de Fútbol. Concretamente es uno de los tres vocales del Comité Jurisdiccional junto a Florentino Delgado y José Luis Carretero. Comité que, como bien queda expuesto en la propia página de la FEF, se encarga de “conocer y resolver las cuestiones, pretensiones o reclamaciones que no tengan carácter disciplinario o competencial”.
Su decisión más sonada fue quitarle el castigo a Zidane
Curiosamente ahora que el TAD vuelve a estar en el centro de las miradas por una decisión en torno al Real Madrid, conviene saber que su estreno oficial el 22 de febrero del 2014 tuvo que ver precisamente por un asunto relacionado con el club blanco. Ese sábado tuvo que reunirse de urgencia para resolver la solicitud de suspensión cautelar de la sanción de 3 partidos que impuso el Comité de Competición a Cristiano Ronaldo por supuesta agresión a Iturraspe, respaldada finalmente por Apelación. Esa mañana el TAD decidió mantener la sanción obligando al portugués a cumplir ante el Elche el último de los tres encuentros de castigo.
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El 21 de noviembre del 2014 el TAD estimó el recurso presentado por el Real Madrid dejando sin efecto alguno la sanción de tres meses de inhabilitación para sentarse en un banquillo dictaron contra Zidane
Pero sin duda su decisión más polémica y donde sí favoreció claramente al Real Madrid sucedió hace ahora poco más de un año, concretamente el 21 de noviembre del 2014. Ese día el TAD estimó el recurso presentado por el conjunto blanco dejando sin efecto alguno la sanción de tres meses de inhabilitación para sentarse en un banquillo que, curiosamente el Juez Unico de Competición y posteriormente Apelación, dictaron contra Zinedine Zidane.
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Ahora le llega el 'caso Cheryshev', a escasos días del 20D
La clave del 'asunto Cheryshev' está en la notificación personal al jugador. El ya famoso artículo 41 de Código Disciplinario de la RFEF
Una vez explicados todos los antecedentes, ya sólo queda situarse en el caso actual, la sanción de expulsión de la competición de Copa del Rey impuesta por el Juez Unico de Competición al Real Madrid tras la alineación indebida en la ida de dieciseisavos contra el Cádiz. Visto lo visto y escuchados todos los argumentos, la clave está en la notificación al jugador. Aquí chocan dos tesis, la deportiva y expuesta por Francisco Rubio en su escrito del viernes pasado, y la esgrimida en el derecho administrativo. Y todo en gira en torno a la notificación de la sanción al jugador, elemento clave en todo el proceso y que lo va a ser también en la decisión que adopte el TAD.
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Resulta sorprendente que Cheryshev desconociera dicha sanción, especialmente en el momento que se produjo dado que le impedía, en caso de haber eliminado al Barcelona, poder haber jugado una hipotética final de la Copa ante el Athletic
En la línea de defensa esgrimida por Francisco Rubio desde el punto de vista del derecho deportivo puede chocar con la vía jurídico administrativa, concretamente con la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas donde se bien dice que “cuando la notificación se practique en el domicilio del interesado, de no hallarse presente éste en el momento de entregarse la notificación” puede recogerlo una tercera persona; la clave está en que el propio jugador ha reconocido no saber nada al respecto de la sanción. Es decir, que si bien el club esta validado para recibir dicha resolución; nadie se lo notificó personalmente. Es decir que la notificación entregada el club, fijado como domicilio del jugador, podría quedar desvirtuada si el afectado puede demostrar que la notificación nunca llegó a su poder. Y esta es precisamente la línea que viene defendiendo el Real Madrid desde el principio: el jugador no sabía nada luego no puede tener validez.
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Tres posibles variables para el TAD
Con este papelón encima de la mesa, ahora basta conocer que camino adoptará el TAD. Más teniendo en cuenta como pueden afectar sus decisiones a todo el fútbol español, especialmente a clubes como Osasuna que han sido expulsado por razones muy similares, y cuando faltan pocos días para las elecciones generales en nuestro país. Y no se sabe hasta qué punto hacer mucho ruido le conviene, más teniendo en cuenta la proximidad de las elecciones generales. Y no olvidemos que el TAD depende del CSD, órgano a su vez dependiente del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte actualmente bajo el gobierno del Partido Popular.
El sorteo del día 18 podría hacerse estando aún pendiente el ganador
Además el sorteo de dicha eliminatoria, previsto para el próximo viernes 18 de diciembre, podría hacerse situando en el bombo una bola donde estarían las dos opciones, el Real Madrid o del Cádiz. Los cruces definitivos se podrían fijar una vez se conozca quien de los dos pasa a octavos de final. Incluso puede darse el caso de que el TAD resolviera durante la próxima semana dejando todo decidido antes del propio sorteo.