Este artículo se publicó hace 11 años.
El juez declara nulo el despido de Ana Tarrés y una indemnización de 383.000 euros
Cambia una sentencia previa y argumenta que, como la exseleccionadora de sincronizada no puede ser readmitida, la Federación deberá pagarla una cantidad superior
El juzgado de lo social número 2 de Tarrasa (Barcelona) ha condenado a la Real Federación Española de Natación (RFEN) a indemnizar a Anna Tarrés, exseleccionadora del equipo español de natación sincronizada, con 383.300 euros. la propia Tarrés pedía ser indemnizada por una cifra inferior, 359.000 euros.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, declara la "nulidad" del despido disciplinario de Tarrés, que se produjo el 17 de diciembre de 2012, dos semanas antes de que finalizara su contrato.
"Apreciando la imposibilidad legal de readmisión -el puesto de Tarrés la ocupa ahora Esther Jaumà- condeno a la Real Federación Española de Natación a abonar a la actora en concepto de indemnización por despido, la suma total de 383.300,19 euros", señala el titular del juzgado número 2 de los social de Tarrasa en el fallo.
A la vuelta de los Juegos Olímpicos de Londres, donde el equipo español ganó dos medallas: plata en dúo y bronce por equipos, la federación comunicó a la preparadora catalana que no renovaría su contrato, que finalizaba el 31 de diciembre de 2013. Pocas semanas después, Jaumà pasaba a ocupar el puesto de Tarrés. Ésta demandó entonces a la federación por violación de derechos fundamentales y acoso moral al haber nombrado ya a su sustituta y no dejarle desempeñar las funciones propias de su cargo durante los últimos meses de contrato.
Tarrés también llegó a ser acusada por quince exnadadoras de haber impuesto unos métodos vejatorios en sus entrenamientos a través de un comunicado que conmocionó al mundo del deporte. En el mismo se llegaban a relatar testimonios en los que se denunciaban las prácticas denigrantes de Tarrés. La entrenadora salió al paso de las acusaciones y acusó al presidente de la Federación de estar detrás de dicha carta.
El mismo juzgado número 2 de lo social de Tarrasa falló en noviembre pasado que la RFEN debía reponer en sus funciones de seleccionadora de natación sincronizada a Anna Tarrés, pero desestimó la petición económica de la entrenadora, que reclamaba una indemnización de 359.010 euros.
Ahora, en cambio, ha fijado una indemnización mayor por lo que considera un despido disciplinario improcedente. Ya que la federación le comunicó por burofax el despido improcedente por "transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza", al acusarla de estar detrás de los contratos de representación que habían firmado sus nadadoras con un tercero. "No está acreditado que la actora fuera la promotora de dichos contratos de representación, sin perjuicio de que se pudieran tener sospechas, que si más evidencias solo quedan en eso", apunta la sentencia.
Por eso, condena a la RFEN a pagar a Tarrés 78.367 euros en concepto de salario más 65.000 euros por los objetivos deportivos conseguidos: Campeonatos de Europa y Juegos Olímpicos de Londres 2012, así como la antigüedad devengada desde el 1 de enero de 1997, cuando firmó su primer contrato.
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