Este artículo se publicó hace 13 años.
El TS avala la protección cautelar de El Algarrobico
El Ministerio y la Junta esperan el fin de la «maraña judicial» para derribarlo
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de mantener la protección cautelar de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), que regía en el Plan de Ordenación de la Reserva Natural (PORN) del Cabo de Gata-Níjar de 1994 y no la prevista en el aprobado en 2008, como quería la Junta de Andalucía. Esta resolución no se pronuncia sobre la principal cuestión que se plantea cuando se menciona el mastodóntico hotel construido junto a la playa: si debe ser derribado o no.
La decisión del Alto Tribunal conocida ayer no debía pronunciarse al respecto, porque no le corresponde, al menos de momento, y se limita a mantener el criterio establecido por el tribunal andaluz, al entender que la protección del entorno de El Algarrobico de 1994 es “más profunda” que la prevista en la norma impugnada, el Plan de Ordenación de la Reserva Natural del Cabo de Gata-Níjar de 2008.
La protección del paraje, según lo establecido en 1994, estará vigente hasta que el TSJ andaluz resuelva el recurso presentado por Greenpeace contra el decreto de la Junta de Andalucía que estableció el nuevo plan. Si no se acordara esta medida cautelar y finalmente se diera la razón a los ecologistas, la aplicación prematura del PORN de 2008 produciría “el efecto devastador” que ellos pretenden precisamente evitar con su impugnación.
Esa norma incluye El Algarrobico entre las áreas degradadas por la intervención humana. El plan de 2008 permite actividades tendentes a su regeneración, lo que podría implicar la demolición del hotel considerado el paradigma del urbanismo salvaje, pero también lo incluye en la zona C3, lo que haría compatible el polémico edificio con nuevas edificaciones o la rehabilitación de las ya existentes, es decir, con el propio establecimiento hotelero.
Y es precisamente por esa “técnica normativa”, calificada de “defectuosa” por el TSJA y el Tribunal Supremo, por lo que se opta por mantener de manera cautelar la protección prevista en el plan de 1994, que calificaba El Algarrobico como “espacio protegido no urbanizable”.
La Junta de Andalucía intentaba la aplicación del plan de 2008, con el argumento de que “atiende más eficazmente a la recuperación del lugar en que se construyó el hotel y, por tanto, a la restauración de las características y elementos naturales de la zona ya degradada”. El Supremo, en cambio, considera que la Junta ha utilizado una “calculada ambigüedad” en la norma, que permitiría hasta urbanizar la zona, por lo que debe mantener lo previsto en el plan de 1994 que concede “una más intensa y mejor protección ambiental”.
La consejera de Presidencia y portavoz del Gobierno andaluz, Mar Moreno, rehusó comentar la decisión en profundidad argumentando que esta se había conocido hacía “escasos minutos”, aunque aseguró que “el hotel no debe estar ahí”, informa Ángel Munárriz. Más tarde, una nota de la Consejería de Medio Ambiente andaluza aseguró que colaboran con el Ministerio de Medio Ambiente “para lograr en el futuro la demolición y la restauración de la zona” y que ya se está preparando un protocolo para tirar el hotel en cuanto sea posible.
Desde el Ministerio aseguran que el hotel sólo podrá derribarse cuando “se deshaga la maraña judicial”, en referencia a la esperada sentencia sobre la licencia de obras para edificar otorgada por el Ayuntamiento de Carboneras. Sin embargo, los ecologistas consideran que la decisión del Supremo debe empujar a las autoridades a derribar el edificio. La directora de campañas de Greenpeace, María José Caballero, consideró que “la ilegalidad de El Agarrobico ya está negro sobre blanco. La legislación ambiental prevalece sobre la urbanística y, por tanto, se debe derribar ya”.
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