La factura de la luz puede hacer tambalear la economía doméstica, sobre todo, en aquellas épocas del año en que necesitamos enchufar la calefacción por las bajas temperaturas o encender el aire acondicionado para combatir el calor. Por tal motivo, siempre viene bien saber si tenemos derecho a alguna ayuda de la administración para asumir este gasto del hogar.
En ocasiones puede ser un poco complicado descubrirlo, pero para que no haya ninguna duda, te contamos cómo saber si tienes derecho al bono social de la luz y, en el supuesto de que sea así, qué debes hacer para solicitarlo.
¿Qué es el bono social de la luz?
El bono social de la electricidad, también conocido como bono social de la luz, es un descuento en la factura eléctrica que se realiza a determinados consumidores. Este descuento puede oscilar entre el 25% y el 40%, según se trate de consumidores vulnerables o vulnerables severos. Cada uno de ellos ha de cumplir ciertos requisitos para que les sea concedido este bono social. En los casos en los que el consumidor está en riesgo de exclusión social, no tendrá por qué hacer frente al pago de la factura eléctrica.
En cualquier caso, para poder optar al bono social de la luz se ha de cumplir un requisito imprescindible: tener contratado el Precio Voluntario Para el Pequeño Consumidor (PVPC) en la vivienda habitual. Además de ello, los consumidores vulnerables y no vulnerables deberán cumplir otros requisitos. Tener contratado el PVPC no es suficiente, ya que resulta necesario calcular los ingresos que aglutina la unidad de convivencia.
Requisitos para consumidores vulnerables
Para saber si se te considera un consumidor vulnerable, que tiene derecho al bono social que se traduce en un 25% de descuento de tu factura (y excepcionalmente de un 65% hasta el 30 de junio de 2024), debes cumplir estos requisitos:
Respecto al nivel de renta tienes derecho al bono social si estás en posesión del título de familia numerosa, si tú o alguno de los miembros de la unidad de convivencia sois beneficiaros del Ingreso Mínimo Vital o si tú y todas las personas con la que convives sois pensionistas de la Seguridad Social, percibiendo la cuantía mínima y no percibiendo otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
En el resto de los casos, se te considerará consumidor vulnerable si tu renta anual o la renta conjunta de toda la unidad de convivencia debe ser igual o inferior al resultado de multiplicar 1,5 por el IPREM de 14 pagas. Ten en cuenta que, en aquellos casos en los que la unidad de convivencia esté integrada por varios miembros, ese multiplicador deberá incrementarse en 0,3 por cada uno de ellos que sea mayor de edad y 0,5 por cada menor de edad.
Circunstancias especiales para consumidores vulnerables
Es necesario recordar que, en el supuesto de que seas un consumidor vulnerable, los límites establecidos aumentan un punto de IPREM, lo que se traduce en 8.400€ más, si estás en alguna de estas circunstancias especiales:
Que alguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 33%; que alguno acredite estar en situación de violencia de género; que alguno tenga la condición de víctima de terrorismo; que alguno se encuentra en una situación reconocida de dependencia de grado II o III; o que el consumidor pueda acreditar que la unidad de convivencia es una familia monoparental.
Requisitos para consumidores vulnerables
Para saber si se te considera un consumidor vulnerable severo, que tiene derecho al bono social que se traduce en un 40% de descuento de tu factura (y excepcionalmente de un 80% hasta el 30 de junio de 2024), debes cumplir estos requisitos:
Respecto a los ingresos del hogar, has de percibir una renta anual igual o menor al 50% de los límites establecidos para ser considerado consumidor vulnerable. Y en el supuesto de tratarse de una familia numerosa, la unidad de convivencia ha de percibir una renta anual que sea igual o menor a 16.800€ (≤ 2 x IPREM de 14 pagas).
En el supuesto de que el consumidor o los miembros de la unidad de convivencia perciban una pensión mínima sin otros ingresos cuya cuantía supere los 500€ anuales, la renta anual debe ser igual o inferior a 8.400€ (1 x IPREM de 14 pagas).
Cómo solicitar el bono social
Si tienes derecho al bono social de la luz, puedes solicitarlo ante un Comercializador de Referencia (COR). Es posible tramitarlo por teléfono, fax, correo electrónico, correo postal o bien haciéndolo presencialmente en las oficinas del COR.
Y recuerda que, si eres beneficiario del bono social eléctrico, también tienes otras ventajas, pues dispondrás de un periodo más prolongado para abonar las facturas impagadas y no te podrán cortar el suministro si forma parte de la unidad de convivencia familiar un menor de 16 años o una persona con una discapacidad reconocida igual o superior al 33% o un grado de dependencia II o III.