La última inadmisión a trámite del Tribunal Constitucional sobre un caso relacionado con una víctima del franquismo, enterrada sin consentimiento familiar en el Valle de los Caídos, se ha producido esta semana, cuatro meses después desde su interposición. Este archivo pasa a engrosar la lista de solicitudes de amparo por parte de familiares que piden recuperar los restos de sus seres queridos enterrados en Cuelgamuros.
Con el cerrojazo del Constitucional se cierra la vía penal en España, siendo el Tribunal Europeo de Derechos Humanos [TEDH], con sede en Estrasburgo, la siguiente parada de un periplo judicial demasiado largo para quien lleva décadas esperando justicia.
'Al final, todo es una cuestión de voluntad política; y no sé qué oscuros intereses hay en el Estado español que no quieren que se toque este tema', se queja Francisco Cansado Blesa (53 años), víctima del último carpetazo del Constitucional.
Junto a su padre, Jesús Cansado Pérez, de 83 años, trata de recuperar los restos de su abuelo José Cansado Lamata, un jornalero y sindicalista de UGT, concejal de Ateca (Zaragoza) y fusilado en octubre de 1936. Sus restos fueron trasladados al Valle de los Caídos en 1959 y, según un informe de Patrimonio fechado en abril de 2010, el grupo de 81 personas provenientes de la zona de Calatayud, entre las que se encontrarían los hermanos Cansado Pérez, está ubicado en la cripta de la tercera planta a la derecha del altar mayor 'en columbarios con simbología religiosa e inscripciones con un número de entrada y el lugar de procedencia'. Los nombres y apellidos sólo se apuntaban en las cajas que contenían restos de falangistas o requetés.
De la mano del abogado Eduardo Ranz, hijo y nieto de la víctima solicitaron amparo ante el Constitucional el pasado 19 de febrero. Esta semana han recibido la inadmisión a trámite. El alto tribunal alega 'la manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo', a pesar de los que derechos vulnerados alegados por el letrado sí son susceptibles de amparo. Es el caso de la tutela judicial efectiva y de la igualdad [artículos 24.1 y 14 de la Constitución], la ausencia de recursos efectivos, la nula protección jurisdiccional y la inexistencia del derecho que tienen las personas a unirse a sus familiares, recibiendo sus restos para testimoniar su respeto y su honra. Todo, según preceptos incluidos en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
Además de los restos de José Cansado, la familia reclama también los de su hermano Antonio, un jornalero sin actividad política que fue retenido cuando preguntó en el Ayuntamiento por la detención de Jesús.
Jáuregui: de sacar a los muertos 'nada de nada'
'No pierdo la esperanza de que algún día tropecemos con alguien de algún gobierno que nos atienda', reconoce Francisco que, junto con otros familiares, se reunió con el ex ministro Ramón Jaúregui en 2011 a propósito del informe de la comisión de expertos del Valle de los Caídos.
'Decía [Jaúregui] que había que hacer allí un lugar para la memoria y la reconciliación, pero que de sacar a los muertos ‘nada de nada'. Hablaba de reconciliación pero yo digo que no me tengo que reconciliar porque no he discutido con nadie, tan sólo quiero que me den a mis familiares. Y si quieren hacer un lugar de memoria y reconciliación, debe ser laico, pero Jáuregui decía ‘cómo vamos a quitar la cruz'', revela. 'Me pareció casi más una persona del PP que del PSOE, y son socialistas las personas a las que buscamos', concluye Francisco.
Sin grandes esperanzas en el TEDH
El siguiente paso para la familia Cansado es demandar al estado español ante el tribunal de Estrasburgo, un camino en el que no se albergan muchas esperanzas. El pasado 9 de junio, el abogado Eduardo Ranz recibió la inadmisión de la demanda presentada en este tribunal por Purificación Lapeña, nieta y sobrina de Manuel y Antonio Lapeña Altabás. El primero fue detenido en los días posteriores al golpe de estado militar del 18 de julio de 1936 y asesinado en el barranco de la Bartolina. Antonio fue fusilado en las tapias del cementerio de Calatayud en octubre de ese año y arrojado a la fosa común. En 1959, el Ministerio de Gobernación franquista ordenó a los gobernadores civiles provinciales la exhumación y traslado de los restos mortales de los dos hermanos, procedimiento que se siguió en todo el país, al Valle de los Caídos con motivo de su inauguración. Según consta en el registro de inhumaciones de la abadía benedictina, sus restos llegaron el 8 de abril de 1959 junto con otros vecinos de Villarroya de la Sierra, su lugar de origen.
'Normalmente, el TEDH suele tardar un año en responder, pero esta vez ha resuelto a los 19 días', señala el abogado Eduardo Ranz, que lleva de manera altruista estas demandas de víctimas del franquismo. La notificación con la inadmisión, firmada por la letrada del TEDH Anna María Mengual I Mallol, la recibió Ranz por correo postal ordinario, cuando la práctica habitual es el envío certificado, y en ella se esgrimen argumentaciones falsas a juicio del abogado.
Alegatos equivocados de Estrasburgo
'En primer lugar, indica el TEDH que la demanda solicita que se ordene a los tribunales españoles la toma de muestras de ADN cuando, en realidad, lo que hemos pedido es que se condene al estado español a realizar la exhumación del Valle de los Caídos', aclara. El segundo argumento de Estrasburgo es que la demanda 'no contiene la formulación de los hechos', algo que Ranz niega tajantemente ya que este contenido se presentó 'en un documento adjunto de 20 páginas y a doble espacio, tal y como solicita el tribunal'. Precisamente, en este apartado de la demanda, el abogado incluyó otro de los argumentos utilizados después por la letrada de Estrasburgo para razonar la inadmisión. 'Una absoluta contradicción', lamenta Ranz. Además, este es uno de los nuevos impedimentos del TEDH a la hora de formular demandas, ya que obliga a los demandantes a explicar su caso en 20 páginas, 'cuando estas demandas no bajaban de las 180', apostilla.
En el tercer alegato de inadmisión del caso Lapeña, la letrada del TEDH resbala en la fecha en la que ella cree que comienza el plazo de presentación del recurso una vez agotada en España la vía del TC. 'En el Constitucional, el recurso fue inadmitido tres veces, la primera en noviembre de 2013 y la última en febrero de 2014, y la fecha de referencia para contar los seis meses de plazo que tenemos ha sido la primera, respetando por tanto escrupulosamente los plazos', clarifica Ranz. 'Además, la notificación acaba con la coletilla de que ‘no será conservado el expediente' y que no responderán a cartas o llamadas. Así, nos indican que todo el trabajo ha ido a la basura, faltando al respeto de todas las personas que pudieran estar en situación de solicitar justicia al Tribunal Europeo, cuyo nombre recuerdo que es, de Derechos Humanos', deplora.
Criterios antagónicos en la fiscalía del Constitucional
El caso de los familiares de Purificación Lapeña puso en entredicho el criterio del Tribunal Constitucional. Al menos durante una semana. Días después de recibir el pasado noviembre la notificación del TC con la inadmisión de este caso, el fiscal Manuel Miranda presentó el denominado ‘recurso de súplica', una potestad que tiene la fiscalía para cuestionar el criterio de inadmisión de un recurso de amparo en el TC. En este caso, Miranda recomendó que el tribunal se replanteara su opinión, ya que el fondo del asunto es trascendente y que debía justificarse su inadmisión. Una semana después, la fiscal jefe María de los Ángeles Sánchez-Conde dejó sin efecto el recurso de Miranda que, de ser aceptado, habría sentado jurisprudencia y allanado el camino al resto de casos similares.
A pesar del bache, Lapeña y Ranz presentaron dos recursos más, también inadmitidos. El segundo archivo fue firmado por la propia Sánchez-Conde, en enero de este año, y el tercero un mes después, sin rúbrica nominal. 'Han sido tres escritos, tres firmas y casi tres criterios distintos', lamenta Ranz.
Para el Supremo, un 'parece ser' atenúa las declaraciones de Hernando
Otra muestra de la dificultad de acceder a la justicia que tienen las víctimas del franquismo ha quedado reflejada en la inadmisión a trámite por parte del Tribunal Supremo (TS) de la querella interpuesta por la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica contra el diputado del PP Rafael Hernando.
El pasado noviembre, Hernando aseguró en un programa de televisión en una franja horario de máxima audiencia que 'algunos se han acordado de su padre, parece ser, cuando ha habido subvenciones para encontrarlo'. La Fiscalía del TS pidió apartarse del caso el pasado 6 de mayo por entender que se trata de una 'querella privada' entre particulares, a pesar de observar indicios de un delito de injurias por publicidad. 15 días después, el auto del Supremo firmado por el ponente de la sala José Ramón Soriano ha inadmitido la querella alegando que 'visto en su conjunto', la expresión de Hernando de 'parece ser' pertenece al ámbito de la 'libertad de expresión'.
Con el archivo de este caso y las inadmisiones en el Constitucional del caso Cansado y en el TEDH, del caso Lapeña, han sido tres las puertas cerrada para las víctimas del franquismo en los últimos 15 días, dejándoles en un escenario de escasas garantías judiciales.
En 1981 se realizaron exhumaciones en el Valle de los Caídos
Uno de los argumentos que esgrime el abogado Eduardo Ranz en las demandas de víctimas enterradas en el recinto de Cuelgamuros es el del precedente exhumatorio. En 1979 se inició un expediente en Pamplona firmado por el alcalde de la ciudad, el jefe de Sanidad y un juez para solicitar la devolución de un grupo de navarros enterrados en el Valle de los Caídos sin consentimiento familiar. Los trabajos de exhumación comenzaron en 1980 y, un año después, se recuperaron 133 cuerpos que fueron trasladados a sus localidades de origen. Interpreta Ranz que el intento de golpe de estado del 23 de febrero paralizó futuras exhumaciones.
¿Te ha resultado interesante esta noticia?
Comentarios
<% if(canWriteComments) { %> <% } %>Comentarios:
<% if(_.allKeys(comments).length > 0) { %> <% _.each(comments, function(comment) { %>-
<% if(comment.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= comment.user.firstLetter %>
<% } %>
<%= comment.user.username %>
<%= comment.published %>
<%= comment.dateTime %>
<%= comment.text %>
Responder
<% if(_.allKeys(comment.children.models).length > 0) { %>
<% }); %>
<% } else { %>
- No hay comentarios para esta noticia.
<% } %>
Mostrar más comentarios<% _.each(comment.children.models, function(children) { %> <% children = children.toJSON() %>-
<% if(children.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= children.user.firstLetter %>
<% } %>
<% if(children.parent.id != comment.id) { %>
en respuesta a <%= children.parent.username %>
<% } %>
<%= children.user.username %>
<%= children.published %>
<%= children.dateTime %>
<%= children.text %>
Responder
<% }); %>
<% } %> <% if(canWriteComments) { %> <% } %>