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El TSJ de Madrid insta al de Valencia a juzgar a Correa

El juez Pedreira ve "ineludible" encausar juntos a quienes recibieron los sobornos y a quienes los pagaron. Envía al TSJCV la documentación que vincula a los cabecillas de la trama con los trajes

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Los presuntos cabecillas de la trama de corrupción desarticulada en el caso Gürtel deben ser también investigados y, en su caso, juzgados por el Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJCV), ya que regalaron, supuestamente, trajes al presidente de la Generalitat valenciana, Francisco Camps, y a otros tres dirigentes del PP de dicha comunidad. El magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) Antonio Pedreira considera que “resulta ineludible” juzgar al que recibe una dádiva junto al que la entrega.

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La decisión no supone que Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez, El Bigotes, ya no estén imputados en la causa que se sigue en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por el caso Gürtel, sino que también pueden serlo en Valencia por el delito de cohecho que presuntamente cometieron al pagar trajes a los dirigentes del PP valenciano.

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La Fiscalía Anticorrupción intentó que el instructor del caso en Valencia incluyera en las diligencias a Correa, Crespo y El Bigotes, pero el magistrado José Flors se negó. En su resolución explicaba que la investigación se limitaba al delito de cohecho imputado a Camps, Costa, Campos y Betoret. Los cuatro están acusados de un delito de cohecho del artículo 426, que castiga con multa de entre tres y seis meses a “la autoridad o funcionario público que admitiere dádiva o regalo en consideración a su función”.

El resto de delitos que se investigan en la causa, así como todo lo relativo a los demás imputados (salvo los que por aforamiento corresponden al Tribunal Supremo) se investigan en el TSJM. El juez Flors añadía que sin que este se inhibiera no le era posible hacer “actividad instructora alguna respecto de una parte de las conductas de esos tres sujetos (el pago del precio de las prendas con que, al parecer, fueron obsequiadas unas personas en Valencia), cuando todas las acciones realizadas por ellos forman parte, en principio y en su conjunto, del objeto más amplio de otro proceso en curso que se tramita” en Madrid.

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A diferencia de Camps y los dirigentes valencianos, a Correa, Crespo y El Bigotes se les acusaría en Valencia de un cohecho del artículo 423, que castiga a “los que con dádivas, presentes, ofrecimientos o promesas corrompieren o intentaren corromper a las autoridades o funcionarios públicos”. Su pena sería la misma que la que se imponga a los que intentaban corromper.

Al inhibirse a favor de Valencia, el juez Pedreira “hace suya la fundamentación invocada por el Ministerio Fiscal”. Los argumentos de Anticorrupción consistían en que el cohecho imputado a Camps y el que habría cometido Correa “son conexos”. En su opinión, el cohecho que se imputaría a los pagadores “no es sino el reverso del cohecho pasivo que se imputa a los cargos públicos de Valencia”.

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Los delitos conexos deben investigarse “en un solo proceso” para evitar “resoluciones contradictorias”, que conculcarían el principio de seguridad jurídica y merma las posibilidades de defensa de los imputados.

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