Este artículo se publicó hace 16 años.
El TS obliga a la Comunidad de Madrid a indemnizar a joven que fue golpeado por un tren
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a la Comunidad de Madrid y a una empresa por la que les obliga a indemnizar con 346.000 euros, más el interés legal, a un joven que fue golpeado por un tren, mientras esperaba a cruzar la vía por un paso a nivel "de alta peligrosidad", en Arganda del Rey (Madrid).
Así lo acuerda la Sala de lo Civil del TS, en una sentencia que desestima el recurso interpuesto por la Comunidad de Madrid y la empresa propietaria del tren contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que queda confirmada.
El accidente ocurrió el 23 de abril de 1991, cuando el hombre, que tenía 20 años entonces, esperaba en un paso a nivel a cruzar la vía y la locomotora de un tren cementero que pasaba en ese momento le impactó por el extremo derecho del parachoques de la locomotora.
La víctima, como consecuencia del accidente, salió disparada unos 30 metros y sufrió "gravísimas lesiones" que le han provocado la situación de gran invalidez.
La Audiencia de Madrid condenó a la Comunidad y a la empresa a abonar al hombre 57.450.000 millones de pesetas (346.000 euros), más el interés legal, incrementado en dos puntos, desde la fecha en que se dictó la sentencia.
Esta cifra suponía un 25 por ciento menos de la cantidad solicitada por el demandante debido a la apreciación por parte del tribunal de que el joven "concurrió casualmente a la producción del suceso".
El Supremo confirma ahora la sentencia de la Audiencia madrileña ya que indica que "basta observar las fotografías aportadas con la demanda para comprobar la alta peligrosidad que para los peatones que tengan que atravesar la vía supone el estado del paso a nivel en dicho lugar".
Agrega el Alto tribunal que para los peatones no existe ninguna advertencia "en el sentido de que no puedan atravesar el paso hacia la vía desde la acera cuando el tren esté próximo" y señala que "es cierto" que el paso da acceso a una zona de "mínima anchura" que supone "una alta peligrosidad para los peatones".
Según el Supremo, tanto la Comunidad como el Ayuntamiento de Arganda del Rey tomaron iniciativas para solucionar el problema, incluso antes que sucediera el accidente, ante "la evidente peligrosidad" del lugar, sin que tales medidas llegaran a materializarse.
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