Este artículo se publicó hace 13 años.
El Tribunal Superior de Madrid avala que Valencia debe decidir si juzga a Correa junto a Camps
La sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado hoy la decisión del instructor del "caso Gürtel", Antonio Pedreira, de pedir a Valencia que decida si el cabecilla de la trama Francisco Correa debe ser investigado junto a Francisco Camps en la "causa de los trajes".
El TSJM, en un auto notificado hoy, estima parcialmente el recurso presentado por el PP contra la remisión al TSJ de Valencia de la investigación sobre varios miembros de la red por los supuestos regalos al presidente de la Generalitat y otros altos cargos de esa Comunidad.
Así, dispone que sea la Sala de lo Civil y Penal del TSJ valenciano la única competente para decidir la relevancia penal de los hechos, su posible enjuiciamiento conjunto o investigación separada, y no el juez instructor de la causa en el citado tribunal.
El 28 de julio de 2009 Pedreira remitió al tribunal valenciano la parte de la causa relacionada con los hechos imputados a Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez "El Bigotes" por "las eventuales entregas de prendas de vestir a Ricardo Costa, Francisco Camps, Rafael Betoret y Víctor Campos".
Según el magistrado, quienes supuestamente realizaron los regalos -Correa, Crespo y "El Bigotes"- deben ser investigados junto a quienes presuntamente los recibieron, decisión que fue recurrida por el PP ante la Sala, recurso al que se opuso el fiscal.
Según la Fiscalía, es indudable la "íntima conexión" entre las conductas de "quienes aparecen como donantes de los regalos y quienes aparecen como perceptores de los mismos", ya que -en definitiva- se trata de los mismos hechos examinados desde dos perspectivas: "la del particular que entrega y la del cargo público que recibe".
El TSJM explica que, dado que se trata de la remisión de los hechos presuntamente constitutivos de un cohecho activo que pudieran haber cometido Correa, Crespo y "El Bigotes", consistente en el pago o encargo a su costa de los trajes, debe ser investigado en el mismo órgano jurisdiccional que el del denominado cohecho pasivo impropio, constituido por la recepción de dichas prendas en consideración de sus cargos "bien sea en un único juicio o dos separados".
La finalidad, señala el auto, es evitar posibles decisiones contradictorias como que se pudiera concluir que se recibió pero no se hizo el pago o el encargo o viceversa.
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