Este artículo se publicó hace 13 años.
El Tribunal Constitucional estudia hoy los recursos de 14 etarras contra doctrina Parot
El Tribunal Constitucional (TC) estudia hoy los recursos de 16 condenados -14 de ellos presos de ETA- a los que se ha aplicado la llamada doctrina Parot, que obliga a computar los beneficios penitenciarios sobre el total de las penas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años de prisión.
Ese es uno de los asuntos previstos en la agenda del pleno del TC, que se reúne desde hoy y hasta el jueves, según han confirmado fuentes del alto tribunal.
El pleno examinará los primeros 16 recursos de amparo interpuestos contra la "doctrina Parot", establecida por el Tribunal Supremo (TS) en 2006 y cuya aplicación ha prolongado la estancia en prisión de algunos etarras, condenados por diferentes causas de terrorismo, a quienes se ha revisado la condena en función de los nuevos cómputos para calcular los beneficios penitenciarios.
El Constitucional ya aclaró el pasado mes de mayo en una nota oficial que resolvería "caso por caso" los recursos de los reclusos cuyas condenas se han revisado, por lo que no habrá un único pronunciamiento que avale o revoque dicha doctrina ni se examinará su legalidad.
Ante la complejidad del asunto, el alto tribunal no tiene previsto adoptar una solución genérica para todos los supuestos, ya que las circunstancias de cada uno de los recurrentes son distintas, a lo que hay que añadir que unos fueron condenados por el Código Penal de 1973 mientras que a otros se les aplicó el de 1995 pese a que los hechos juzgados eran anteriores.
Por tanto, el pleno del TC abordará de forma individual cada recurso para decidir si en un caso concreto se han podido vulnerar los derechos fundamentales relativos a la libertad del penado.
De considerar que se han vulnerado los derechos de los recurrentes que, teniendo una condena firme, hayan visto prolongada su estancia en prisión con la aplicación retroactiva de la "doctrina Parot", el TC concedería el amparo solicitado y debería ejecutarse la liquidación de condena impuesta en la primera sentencia, lo que podría implicar la excarcelación del recluso.
Uno de los primeros casos que verá el pleno del Constitucional será el del exmiembro del "comando Araba" de ETA José Ignacio Gaztañaga Bidaurreta, quien iba a salir de prisión el 29 de marzo de 2006 y que, tras serle aplicada la "doctrina Parot" cinco días antes de esa fecha, seguirá encarcelado hasta el 21 de marzo de 2018.
Gaztañaga fue el primer etarra al que se aplicó dicha doctrina establecida por el Tribunal Supremo el 20 de febrero de 2006 en una sentencia en la que rechazó un recurso del exmiembro del "comando itinerante" de ETA Henri Parot y ordenó que el cómputo de las redenciones se hiciera el total de las condenas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años.
Los 16 recursos contra que el Constitucional comienza a examinar hoy son los primeros de los veintiocho admitidos a trámite por el alto tribunal, de los que veinticuatro corresponden a presos de ETA.
Además, el Constitucional ha rechazado por motivos formales otro medio centenar de recursos, entre ellos el del preso etarra que dio nombre a la doctrina, Henri Parot, y los de otros miembros de la banda como José Antonio Lopez Ruiz, "Kubati" -condenado por el asesinato de la disidente María Dolores González Katarain, "Yoyes"- o Isidro María Garralde, "Mamarru".
La "doctrina Parot" se ha aplicado también a condenados por delitos comunes, como Pedro Luis Gallego, conocido como "el violador del ascensor.
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