Este artículo se publicó hace 13 años.
La sentencia contra los promotores del 'IV Reich' en España, al Supremo
El tribunal revisará la sentencia que condenó a 15 miembros del grupo nazi Hammerskin por asociación ilícita y tenencia de armas
El Tribunal Supremo celebrará mañana una vista pública en la que estudiará la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid que condenó a penas de entre un año y medio y dos años y medio de cárcel a quince miembros de la organización neonazi Hammerskin y declaró la ilegalidad del grupo por "promover el odio y la violencia". El ponente de la sentencia que dicte por esta causa será el magistrado Joaquín Giménez. Completarán la Sala Andrés Martínez Arrieta, José Manuel Maza, Manuel Marchena y Diego Ramos, han informado fuentes del alto tribunl.
La Audiencia Provincial de Madrid dictó una pionera sentencia el pasado 24 de julio de 2009 en la que por primera vez condenó a un grupo neonazi por asociación ilícita. Además, castigó a sus integrantes por tenencia ilícita de armas. En concreto, la Sección Séptima impuso dos años y seis meses de cárcel por asociación ilícita al jefe de los Hammerskin-España, José Eduardo C.H., alias 'Chape', e impuso al resto un año y medio por este mismo delito. A otro de los acusados, Angel M.N., le sumó un año de prisión por tenencia ilícita de armas. A todos les impuso el pago de una multa de 2.700 euros.
Asimismo, la Sala acordó la disolución del grupo Hammerskin-España y, en consecuencia, el cese de todas sus actividades. Esta organización tenía como finalidad la difusión de la ideología y doctrina nacional socialista. Durante el juicio, se reveló que querían implantar el IV Reich en España. "Este tribunal entiende suficientemente acreditada la existencia de la organización Hammerskin-España, compuesta por una pluralidad de personas, entre los que se encuentran los acusados, que están estructurados, organizados y jerarquizados con carácter permanente desde 2000", recogió la resolución.
Añadía que su ideología se basaba en "promover la discriminación, el odio o la violencia contra personas, grupos o asociaciones por razón de su ideología, religión o creencias, la pertenencia de sus miembros o de alguno de ellos a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual...". El presidente del Movimiento contra la Intolerancia, Esteban Ibarra, subrayó entonces la importancia de la resolución al ser la primera que condenó por asociación ilícita a un grupo neonazi en España. "Hay que felicitarse por la sentencia. Supone un avance para la lucha contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia", aseveró.
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