Sentencia pionera contra Ryanair por cobrar por las tarjetas de embarque
Una jueza de Barcelona sanciona la compañia de bajo coste por cobrar 40 euros si el cliente no ha imprimido la tarjeta de embarque
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El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Barcelona ha dictado una sentencia pionera que declara nula por abusiva la cláusula de Ryanair por la que obliga a los pasajeros a realizar la facturación online e imprimir la tarjeta de embarque para evitar pagar 40 euros por su emisión en el aeropuerto.
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"Declaro abusiva y por tanto nula, la cláusula contractual consistente en la obligación que la compañía aérea Ryanair impone al pasajero de ser éste quien lleve impresa la tarjeta de embarque para poder viajar, so pena de sufrir una penalización de 40 euros", según el fallo de la sentencia dictada el pasado 22 de diciembre, a la que tuvo acceso Europa Press.
La juez Bárbara María Córdoba concluye que Ryanair está sometida a las leyes generales internacionales, europeas y nacionales de navegación aérea y que todas ellas obligan a las compañías a expedir un billete para el pasajero. Una obligación que de forma "innegable recae sobre el transportista", afirma la sentencia.
La sentencia estima parcialmente la demanda presentada por el abogado y responsable de la web retrasos.net, Dan Miró, que fue penalizado por la impresión de una tarjeta de embarque de un vuelo Girona-Alghero (Italia).
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Según explicó Miró a Europa Press, el fallo no es firme, por lo que no obliga a Ryanair a dejar de aplicar esta cláusula, pero se espera que el conflicto acabe ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TSJUE). Sin embargo, los pasajeros españoles cuentan así con al primera resolución judicial a la que acogerse para pedir la la devolución de los 40 euros por la impresión de la tarjeta.
El dictamen cuestiona el modelo de negocio 'low cost' de Ryanair al concluir que esta característica "no le legitima para alterar sus obligaciones contractuales básicas y repercutirlas al cliente".
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La compañía irlandesa es la única de bajo coste que cobra por la impresión de la tarjeta de embarque.
Durante el juicio, Ryanair argumentó que al tratarse de una empresa de bajo coste le resultaba necesario adoptar este tipo de políticas para ofrecer a los viajeros billetes a bajo precio y que cumplía su obligación de proporcionar el pasaje con el envío electrónico del documento PDF.
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Se espera que el conflicto acabe ante el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TSJUE)
Por otro lado, la sentencia también rechaza equiparar el cobro por la impresión del billete a la tasa por facturación de maleta, al considerar que "una cosa es que la compañía cobre por servicios accesorios y otra bien distinta que cobre por tasas o penalizaciones por tener que cumplir con sus propias obligaciones".
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En este sentido, la juez explica que la cláusula está inserta en las condiciones generales de un contrato suscrito entre una empresa y un consumidor, que carece de capacidad para negociarla debiendo aceptarla si desea volar con la compañía, lo que "altera las obligaciones que la ley impone a cada una de las partes contratntes provocando así un desequilibrio en las prestaciones".
Al respecto, Ryanair alegaba que los pasajeros siempre son informados y que libremente aceptan las condiciones generales del contrato de compra. Además, que el pasajero puede imprimir la tarjeta de embarque en cualquiera de los terminales del aeropuerto si lleva el archivo PDF, cuestión que la juez considera no demostraa.
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La juez deniega también la petición de la compañía de plantear la cuestión prejudicial ante el TSJCE antes de dictar sentencia.
El demandante ha solicitado ante la Audiencia Provincial de Barcelona la ejecución provisional de la sentencia.
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Para no pagar los 40 euros, la aerolínea de bajo coste permite a los pasajeros realizar la facturación 'on-line' entre 15 días y 4 horas antes a la salida del vuelo en www.ryanair.com, según los términos generales establecidos en su web.