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Mónica Oltra será juzgada por los incidentes en El Cabanyal

La parlamentaria de Compromís fue denunciada por la Policía por desobediencia a la autoridad.

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La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha ordenado juzgar a la diputada de Compromís Mónica Oltra, por una falta de desobediencia leve, en relación a los incidentes generados el 6 de abril de 2010 durante el derribo de una vivienda en el marco del Plan Especial de Protección y Reforma Interior (PEPRI) del barrio de El Cabanyal.

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La Audiencia adopta esta decisión tras estimar los recursos interpuestos por el Ministerio Fiscal, el Ayuntamiento de Valencia y Esquerra Unida, contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 10 de Valencia que, el pasado 14 de junio, había acordado declarar prescrito el juicio contra Oltra.

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La parlamentaria participó en una concentración vecinal para evitar el derribo de unas viviendas previsto por el Plan Especial de Protección y Reforma Interior (PEPRI) del barrio del Cabanyal, y la Policía la denunció por desobediencia a la autoridad.

El auto, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) y contra el que no cabe recurso alguno, rechaza los argumentos de que el tiempo de prescripción de este delito, que es de seis meses, había vencido.

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Así, pide que se continúe con las diligencias integradas en el juicio de faltas, y que se convoque a las partes al correspondiente proceso "para depurar las responsabilidades a que hubiere lugar".

La Audiencia estima así los argumentos ofrecidos por el Ministerio Fiscal que considera que los hechos constitutivos de falta "sólo pueden entenderse prescritos por el transcurso de seis meses desde la fecha de comisión de los mismos hasta la presentación de la denuncia, o bien por el transcurso del mismo tiempo durante la tramitación de la causa con paralización de la misma".

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El Fiscal entiende que no se ha producido, "hasta el auto declaratorio de falta ni en momento posterior, paralización superior o equivalente a los seis meses de duración que pueda justificar el paso del tiempo para entenderlos prescritos".

Los argumentos de la fiscalía también son asumidos en sus recursos por el Ayuntamiento y por EU, que no estaba de acuerdo con que se hubiera declarado prescrita la denuncia por agresión policial que presentó su coordinadora y portavoz parlamentaria, Marga Sanz, contra los agentes que la desalojaron durante los derribos en el barrio del Cabanyal e incluida en la causa que se sigue contra Oltra.

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El auto considera que no cabe "ninguna duda" de que "existe un pronuncamiento expreso con la imputación derivada del sentido lógico de las resoluciones dictadas, que impiden estimar superados los plazos legalmente establecidos para estimar producida la prescripción".

Los hechos que motivaran el juicio contra Oltra se produjeron el 6 de abril de 2010, cuando el Ayuntamiento de Valencia decidió comenzar los derribos en el barrio del Cabanyal el mismo día en que entraba en vigor la ley autonómica que avala el plan municipal de reforma del barrio, y en contra de la orden ministerial que lo prohíbe por su riesgo de expolio.

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Esta decisión provocó una intensa protesta vecinal, a la que se sumaron líderes políticos como Oltra y Sanz, que fueron desalojadas por las fuerzas de seguridad que actuaron en el barrio.

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