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Ibi Iglesia

El lento pero imparable avance de los tribunales que condena a la Iglesia a pagar el IBI

El reciente aval de los tribunales para que el Ayuntamiento de Barcelona cobre el IBI a la Iglesia por un edificio que alquila supone un hito más dentro de un largo camino que comienza a ver resultados. 

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Iglesia de la Purísima Concepción en Puebla de la Sierra, a 5 de agosto de 2021, en Madrid (España). — Rafael Bastante / Europa Press

Madrid, Actualizado:

El juzgado contencioso-administrativo número 8 de Barcelona ha concedido la razón al Ayuntamiento de Barcelona y ha instado a una congregación de la Iglesia católica a pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) por el alquiler de un edificio de su propiedad a una sociedad mercantil.

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Una decisión importante si nos atenemos a la atávica dificultad de encausar a la Iglesia en materia de impuestos. Un asunto peliagudo que, en palabras de Andrés Valentín, al frente de Recuperando, la Coordinadora Estatal para la Recuperación del Patrimonio Inmatriculado por la Iglesia, responde a "la testarudez de la Iglesia y la debilidad del Gobierno".

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Pese a que el Ayuntamiento de Barcelona no ha concretado ni la ubicación del edificio ni la congregación afectada, lo cierto es que sí que ha trascendido que la Iglesia recurrió la demanda interpuesta por el Instituto Municipal de Hacienda alegando que era para uso educativo, sin embargo la sentencia señala que la propiedad estaba dada de alta del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) como entidad dedicada al alquiler.

Todo responde, según Valentín, al hecho de que los tribunales europeos están "dando vara" a un Iglesia que "compite con ventaja con respecto a otras iniciativas empresariales que hacen los mismos negocios teniendo que pagar impuestos, algo que la Unión Europea no acepta".

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Valentín sitúa en el centro de la escena la sentencia que los tribunales europeos dictaron por la que se obligaba a la Iglesia Católica a pagar el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) por las obras de un salón de actos en Getafe. Una sentencia pionera en todo el país que obligaba a la congregación a pagar 23.730,41 euros.

"Esta sentencia de hace más de dos años es en parte lo que ha abierto la puerta a pronunciamientos cada vez más claros en el sentido de que las actividades económicas que realice la Iglesia deben ser competitivas con el resto de actividades", apostilla Valentín.

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En adelante, tal y como prevén desde Recuperando, veremos otras iniciativas en este línea que consigan, por fin, que España se equipare con el resto de Europa en materia del cobro de impuestos a la Iglesia. "En todo lo que tiene que ver con la Iglesia, y muy particularmente en los referido a inmatriculaciones, el reino de España es una anomalía de la Unión Europea". 

Y dentro de esa anomalía, no queda otra que avanzar hacia una homologación europea. Un avance que, vaticina Valentín, será más bien lento: "Hay mucho miedo político y mucha complicidad funcionarial que va desde los tribunales a altos funcionarios y, de una manera explícita en el caso de las inmatriculaciones, a los registradores de la propiedad". 

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Por último, cabe añadir que los tiempos de la política no son, precisamente, los tiempos de la Iglesia. "La voluntad política de una corporación que ve cuestionada porque a nada que se alarguen los plazos entran otra corporaciones que tiene que retomar el tema y ya no digamos si esta otra corporación es del PP que entonces se paraliza todo, tenemos que tener en cuenta que si un Ayuntamiento tiene cuatro años de duración, la Iglesia tiene la eternidad como horizonte temporal".

Un fallo histórico

Cientos de ayuntamientos podrían girar con éxito sus recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a la Iglesia católica para sus actividades sujetas a rendimiento económico. Así lo estiman expertos en la materia, que se amparan en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 2017 que resolvió en favor del Ayuntamiento de Getafe, un litigio que se podría considerar como el punto de inicio.

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El fallo del máximo órgano jurisdiccional comunitario no dejó lugar a dudas: la Iglesia católica está obligada a pagar tributos en actividades que comporten rendimiento económico y su exención es considerada una ayuda de Estado expresamente prohibida por el Tratado de la UE. La sentencia permitiría una interpretación extensiva al resto de impuestos en situaciones análogas, según argumentan los especialistas consultados.

El número de ayuntamientos que podrían beneficiarse del cobro del IBI sería muy elevado y, aunque la cuantía global es difícil todavía de calcular, se cifraría en varias decenas largas de millones de euros en todo el territorio nacional. Muchos consistorios han revisado estos últimos años el listado de fincas que no pagan el IBI por razones de distinta índole y han evaluado ya las cantidades dispensadas a la Iglesia católica, propietaria de un enorme patrimonio inmobiliario en todo el país. Las cifras varían en función de la ciudad y la comunidad autónoma.

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