Este artículo se publicó hace 13 años.
El juez Velasco ve delito en el ataque al Parlament
La Audiencia Nacional se declara competente para investigar el acoso sufrido por diputados
El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha hecho suyos los argumentos de la Fiscalía y se ha declarado competente para investigar los ataques que un grupo de exaltados realizaron a las puertas del Parlament de Catalunya el pasado junio para impedir el acceso al debate presupuestario de los diputados autonómicos catalanes.
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 considera que los hechos ocurridos el 15 de junio en Barcelona podrían ser constitutivos de un delito del artículo 498 del Código Penal.
Fija una fianza muy inferior a la pedida por el fiscal para Manos Limpias
Este precepto castiga con penas de entre tres y cinco años de cárcel a los que "emplearen fuerza, violencia, intimidación o amenaza grave para impedir a un miembro del Congreso, del Senado o de una Asamblea legislativa de comunidad autónoma asistir a sus reuniones". También está previsto para los que por "los mismos medios, coartaren la libre manifestación de sus opiniones o la emisión de su voto".
Los otros delitos que un grupo de exaltados pudieran haber cometido ese día en una actuación de la que el Movimiento 15-M se desvinculó inmediatamente, como los de atentado, resistencia o desobediencia, seguirán siendo investigados por los Juzgados de Instrucción de Catalunya.
Institución estatalEl delito investigado está penado con entre tres y cinco años de prisión
El juez señala que sólo investigará los que afecten al ataque a "la institución estatal" que es el Parlament, porque el artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece entre los delitos competencia de la Audiencia Nacional los cometidos contra altos organismos de la nación.
El juez se basa en una "interpretación sistemática" de los Códigos Penales de 1973 y de 1995 "y el actual mapa institucional del Estado de las autonomías español" para admitir a trámite en parte la querella presentada por el autodenominado sindicato de funcionarios Manos Limpias.
Por 3.000 eurosMientras la fiscal de la Audiencia Nacional Teresa Sandoval consideraba que debía imponerse una fianza de 50.000 euros al colectivo ultraderechista para que pudiera ejercer la acusación, al entender que con su querella pretendía una "inquisición general" contra el Movimiento 15-M, el juez rebaja la cifra a 3.000 euros.
La resolución justifica la cuantía de la garantía en el "interés ciudadano en la persecución de delitos que afectan a sus instituciones esenciales", entre las que se encuentra el Parlament de Catalunya. El magistrado también alude al legítimo ejercicio de la acusación popular "compatibilizándolo con la intención legal de resarcir en su caso los hipotéticos daños y perjuicios que pudieran derivarse del uso inadecuado" de este derecho.
Para iniciar la causa, el juez ha pedido a la Fiscalía catalana copia de sus investigaciones, así como de las grabaciones de los hechos en el formato electrónico que posean y por las que se ha podido identificar a una docena de personas que pudieron participar en el acoso.
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