Este artículo se publicó hace 11 años.
El juez da un ultimátum a Bárcenas para señalar bienes por 43,2 millones de euros
Tiene tres días para cumplir la orden o se iniciará el procedimiento de embargo
El Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional ha dictado este martes una diligencia de ordenación dirigida a iniciar los trámites necesarios para embargar al extesorero del PP Luis Bárcenas los bienes que sean necesarios para cubrir la fianza de 43,2 millones de euros que le impuso en concepto de responsabilidad civil.
En la diligencia, firmada por la secretaria del Juzgado de Pablo Ruz, que instruye el "caso Gürtel", se constata que ha concluido el plazo sin que Bárcenas haya hecho frente a la fianza, dirigida a pagar las responsabilidades económicas en las que podría incurrir si es condenado.
Por ello, se requiere a Bárcenas para que en el plazo de tres días señale patrimonio a su nombre suficiente para cubrir los 43,2 millones fijados y, paralelamente, se interesa a la Oficina de Averiguación Patrimonial, a través de punto neutro judicial (petición telemática) la información correspondiente a sus bienes. Si en esos tres días de ultimátum no señala bienes, se materializará el proceso de embargo.
El pasado viernes, Ruz rechazó el recurso de reforma en el que la defensa del exsenador popular reprochaba al magistrado un afán de lucro "indebido y desmedido" por la imposición de un recargo de un 25% de la cantidad defraudada en concepto de intereses.
En su auto, el juez Central de Instrucción número 5 rechazaba todas las alegaciones de la defensa, negando la prescripción de los delitos fiscales imputados a Bárcenas y también la improcedencia de la cantidad correspondiente a 2006, que se le impone como cooperador necesario en el delito fiscal de su esposa, la también imputada en la causa Rosalía Iglesias.
El magistrado rechazaba asimismo acceder a la reducción de la fianza solicitada, lo que había sido solicitado por la defensa de Bárcenas con carácter subsidiario.
Respecto del recargo por intereses, explicaba que se había limitado a hacer suyo el cálculo provisional y cautelar efectuado por Hacienda para la fijación de la fianza, y que responde a los intereses de "asegurar las responsabilidades pecuniarias que, en definitiva puedan declararse competentes".
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