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El Poder Judicial consuma el tirón de orejas a Gallardón por el Código Penal

Plantea, por amplísima mayoría, dudas de constitucionalidad sobre la prisión permanente revisable y la custodia de seguridad, las dos penas 'estrella' del texto

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El Pleno del Consejo General del Poder Judicial aprobó este miércoles un informe que plantea serias dudas de constitucionalidad sobre la reforma del Código Penal que propone el Gobierno, y en particular sobre sus dos penas 'estrella', que son la prisión permanente revisable y la custodia de seguridad, previstas para los delitos más graves.

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Por amplísima mayoría --de 19 votos a 2, según fuentes del Consejo--, el Pleno estimó que ambas penas pueden contravenir el principio de legalidad y el de seguridad jurídica que protege el artículo 25.1 del Código Penal.

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En el caso de la prisión permanente revisable, las dudas de constitucionalidad se basan en que el nuevo Código no la incluye como tal en el catálogo de delitos, ni por tanto la define, cuando el artículo 25.1 de la Constitución exige que "nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento".

El Pleno del Consejo también cuestiona la denominada custodia de seguridad, que permite que un reo deba alargar su estancia en prisión por un periodo de hasta 10 años tras cumplir su condena, por entender que crea inseguridad jurídica e incumple el principio de proporcionalidad de la pena, también proscritos por el mismo artículo 25.1 de la Constitución.

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Según fuentes del órgano de gobierno de los jueces, las dudas de constitucionalidad han sido apreciadas por todos los vocales salvo por dos, Antonio Dorado y Concepción Espejel, considerados próximos al ministro Ruiz-Gallardón, y que ya expresaron sus argumentos en un voto particular contrario al dictamen de la Comisión de Estudios.

Sin embargo, de la propuesta de la Comisión y del borrador original de la ponente del informe, la vocal Margarita Robles, el Pleno ha rechazado apoyar que la nueva prisión permanente revisable chocase también con el artículo 25.2 de la Constitución, que establece que la finalidad de la pena es la reinserción social. Por 15 votos a 6, el plenario no ha estimado esa tacha de inconstitucionalidad.

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El informe del Consejo, como todos los que emite sobre anteproyectos de Ley, no es vinculante ni para el Gobierno ni para el Parlamento, que deberá tramitarlo.

La portavoz del órgano de gobierno de los jueces, Gabriela Bravo, ha explicado en rueda de prensa que tanto la prisión revisable como la custodia permanente, tal y como las formula el anteproyecto del Gobierno, suscitan "amplísimas dudas de constitucionalidad", provocadas porque ambas medidas conculcan los principios constitucionales de legalidad y seguridad jurídica.

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