Un año más vuelve la campaña para que los españoles realicen la declaración sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Desde este mismo martes ya se puede solicitar el borrador o los datos fiscales para poder entregar correctamente la declaración antes de que finalice el plazo, el próximo 2 de julio.
Para la presente campaña, la Agencia Tributaria prevé que se presenten 19,1 millones de declaraciones correspondientes a 2011, de las que 14,6 millones (el 76,4%) serán con derecho a devolución, por un importe estimado de 10.955 millones de euros.
Las devoluciones comenzarán a realizarse el próximo 12 de abril y Hacienda calcula que más de 4 millones de declaraciones saldrán con resultado a ingresar, por un importe de 6.308 millones. Hacienda pondrá a disposición de los contribuyentes más de 22 millones de borradores y datos fiscales.
La atención en oficinas, administraciones y plataformas de renta comenzará el 3 de mayo, si bien la atención en internet y por teléfono ha empezado hoy. Además, la Agencia Tributaria estima que habrá más de 8 millones de usuarios del servicio exprés (sistema REN0) para la obtención del borrador de renta 2011.
Como todos los años, podrán solicitar el borrador los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.
Los contribuyentes que están obligados a declarar son aquellos que aún teniendo rentas inferiores a 22.000 euros anuales, se hayan aplicado deducciones por inversión en vivienda, por cuenta ahorro-empresa, por doble imposición internacional, también por reducciones en la base imponible por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados o a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
Quienes no tendrán que declarar son aquellos que no reciben 22.000 euros si los obtienen de un sólo pagador y no se han aplicado las deducciones anteriores. Si el dinero proviene de más de un pagador, la cantidad percibida del segundo y restantes no puede superar los 1.500 euros. Por otra parte, los ciudadanos con una renta máxima de 11.200 euros anuales están eximidos de esta obligación, aunque tengan más de un pagador, siempre y cuando la suma del segundo y los restantes pagadores no sea superior a 1.500 euros.
A través de la página web de la Agencia Tributaria se podrá solicitar, revisar y confirmar; aunque Hacienda también enviará por correo ordinario el borrador a todos aquellos que no lo hayan recurrido a través de Internet antes del 3 de mayo, día en el que oficialmente comienza la Campaña de la Renta 2011.
El borrador debe ser revisado, completando o modificando información, antes de confirmarlo. Desde el 10 de abril hasta el 2 de julio estos pasos se podrán hacer en Internet, sin embargo si se quiere hacer por otras vías, la fecha de inicio para realizar los trámites es el 3 de mayo.
Si el resultado del borrador arroja una cantidad a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la confirmación o suscripción del mismo no podrá realizarse más tarde del 27 de junio, salvo si se domicilia sólo el segundo pago.
Este año hay novedades en la Campaña de la Renta de 2011 ya que la base máxima aumenta a 9.040 euros en la deducción por inversión en vivienda habitual en los supuestos de adquisición o rehabilitación de vivienda y para las cantidades depositadas en cuenta vivienda, y a 12.080 euros en el caso de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad.
También se han registrado una serie de cambios en la deducción por obras de mejora en la vivienda habitual, puesto que no se limitará a la vivienda habitual y contará con un colectivo mayor de potenciales beneficiarios tras elevar el límite anual de base imponible para acceder a la misma de 53.007,20 a 71.007,20 euros. Además, se mejora la cuantía de la deducción elevándose del 10% al 20% el porcentaje de deducción, y de 4.000 a 6.750 euros, la base anual máxima de deducción.
Por otro lado, se han suprimido las deducciones por doble imposición de dividendos pendientes de aplicar al haber transcurrido el plazo límite de cuatro años desde 2006, así como la deducción por nacimiento o adopción, derogada desde el 1 de enero de 2011, entre otras cosas.
Se ha eliminado la posibilidad de recibir las alertas a través de mensajes al móvil, ya que a partir de 2012 las suscripciones a este servicio serán a través de Internet.
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