Este artículo se publicó hace 14 años.
El Gobierno presentará un recurso de inconstitucionalidad contra el plan de El Cabanyal
"Menoscaba las competencias sobre protección contra el expolio del patrimonio histórico que corresponden al Estado", asegura
El Gobierno ha aprobado hoy la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra la ley de la Generalitat valenciana que autoriza todas las actuaciones del Plan del Barrio del Cabanyal de Valencia porque "menoscaba las competencias sobre protección contra el expolio del patrimonio histórico".
En conferencia de prensa tras el Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha explicado que el Ejecutivo había acordado interponer un recurso. También aprovechó para lamentar los episodios de violencia de ayer.
En cuanto al recurso, será presenatdo ante el Tribunal Constitucional de la ley de la Generalitat valenciana de Medidas de Protección y Revitalización del Conjunto Histórico de la Ciudad de Valencia porque reduce las competencias que corresponden al Estado.
"Entendemos que la ley menoscaba las competencias sobre protección contra el expolio del patrimonio histórico que corresponden al Estado y que el Estado esta ejerciendo en relación con el barrio del Cabanyal", ha puntualizado Fernández de la Vega. La ley, aprobada el pasado mes de marzo por las Cortes valencianas, sustituyó y derogó un decreto-ley (prácticamente idéntico a la ley, salvo aspectos puntuales) que también fue recurrido por el Gobierno.
Vulneración de las competencias del EstadoSegún la referencia del Consejo de Ministros, el Ejecutivo ha decidido, con el informe favorable del Consejo de Estado, impugnar los artículos 1, 2 y 3, el apartado 2 de la disposición derogatoria y el segundo párrafo de la disposición final segunda de la nueva ley aprobada por el Gobierno autonómico, a fin de que se produzca la suspensión de la vigencia y aplicación de la norma recurrida.
Al igual que en el recurso anterior contra el decreto-ley, el fundamento de esta impugnación se basa en la vulneración de las competencias que ostenta el Estado en materia de patrimonio histórico, particularmente en lo relativo a su protección contra el expolio, y en la infracción de las exigencias de seguridad jurídica, proporción y colaboración, recogidas en el texto constitucional. En cualquier caso, la presentación del recurso por el Gobierno no implica que se paralicen los derribos de las viviendas en el Cabanyal, ya que tras la presentación del mismo el Tribunal Constitucional deberá decidir si admite o no a trámite el mismo, hecho que se podría producir en el pleno que celebrará este órgano el próximo miércoles 14 y jueves 15 de abril.
Bien de Interés CulturalEl barrio del Cabanyal tiene la consideración legal de Bien de Interés Cultural, con la categoría de conjunto histórico, declarado en 1993 por decreto del Gobierno valenciano. Posteriormente, el Plan Especial de Reforma Interior del Cabanyal-Canyameral (PEPRI) estableció la conexión de la Avenida de Blasco Ibáñez con el frente marino de la ciudad de Valencia, lo que suponía la demolición de edificaciones en la zona.
El Ministerio de Cultura consideró el pasado mes de diciembre que el proceso de urbanización que prevé el PEPRI no debería realizarse al entender que constituye un supuesto de expolio del Patrimonio Histórico Español y requirió la inmediata suspensión de todas las actuaciones relacionadas con él. La Generalitat Valenciana aprobó el decreto-ley, que se justifica en la competencia que le atribuye su Estatuto de Autonomía en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone la Constitución al respecto.
El Gobierno presentó un recurso contra este decreto, que fue admitido a trámite por el TC el pasado 18 de febrero y que supuso la suspensión de la vigencia y aplicación de esta norma impugnada. El decreto se tramitó y aprobó posteriormente por las Cortes Valencianas como ley, que es ahora objeto de impugnación y que pretende tener un efecto retroactivo.
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