Este artículo se publicó hace 16 años.
El Episcopado esquivará la orden del juez Garzón
La Iglesia se declarará incompetente para mostrar sus archivos sobre víctimas del franquismo
La Conferencia Episcopal se declarará “incompetente” para cumplir la orden del juez Garzón de facilitar el acceso de la Policía Judicial a los archivos de las 22.827 parroquias españolas relacionados con los fallecidos y represaliados del franquismo. Aducirá que la responsabilidad corresponde a cada una de las iglesias o, llegado el caso, a cada uno de los obispos de las 70 diócesis españolas.
El requerimiento judicial llegó el martes por la tarde a la sede del Episcopado. “La estamos estudiando y habrá una respuesta”, apuntaron fuentes oficiales, quienes señalaron que el secretario general de la Conferencia, Juan Antonio Martínez Camino, dirige el proceso.
No se descarta que los obispos debatan la cuestión el próximo 11 de septiembre, reunidos en el primer Comité Ejecutivo del nuevo curso.
La respuesta al magistrado se producirá “en los próximos días”. La cúpula de la Iglesia católica española se limitará a dar acuse de recibo de la petición, y a manifestar su incompetencia, sin entrar en la viabilidad o no de una petición de este tipo en función de los Acuerdos Iglesia–Estado de 1979.
No obstante, es más que probable que el Episcopado se ponga en contacto con Garzón para informarle de que el cauce correcto es el requerimiento concreto a cada parroquia u obispado, indicando los datos personales de cada fallecido en cuestión.
En todo caso, expertos en la materia consultados por Público manifestaron que “la Conferencia Episcopal no es organismo competente para ordenar, o siquiera indicar a parroquias o diócesis qué es lo que tienen que hacer con sus archivos”. Del mismo modo, apuntaron que los archivos parroquiales “se limitan a consignar los datos referidos a la vida religiosa de cada cristiano” y, en el caso de los fallecidos, “a dejar constancia de su muerte. En ningún caso habría un listado de desaparecidos, cuyo paradero parece ser el objeto del procedimiento. Las parroquias no albergan fosas comunes”.
Aunque la providencia de Garzón ha llegado únicamente a la sede de la Conferencia Episcopal, y no a los obispados, algunas diócesis ya se han manifestado acerca de la orden del magistrado. De formas muy diferentes. Así, según Europa Press, los obispos de Andalucía y de Canarias manifestaron estar “aún a la espera” de que llegue a sus manos la orden de Garzón, momento en que comenzarán a actuar “conforme a su contenido”.
Por el contrario, el Arzobispado de Oviedo manifestó a través de su portavoz sus reparos ante la decisión de Garzón. A su juicio, la resolución “no debe servir para la confrontación y el enfrentamiento”.
Ante la posibilidad de abrir los despachos de las parroquias asturianas a los investigadores, tal como plantea el magistrado de la Audiencia Nacional, el Arzobispado es partidario de “mantenerse a la espera”, para comprobar “si es un signo más de protagonismo que queda en nada”.
El Arzobispado destacó que Garzón rechazó en su día una querella presentada ante la Audiencia Nacional sobre los fusilamientos de Paracuellos del Jarama, que hubiera supuesto el procesamiento, por ejemplo, de Santiago Carrillo, con el argumento de que “cualquier posibilidad de delito había prescrito al pasar más de veinte años desde que se cometió”.
El blindaje de la memoria: registros inviolables
“El Estado respeta y protege la inviolabilidad de los archivos, registros y demás documentos pertenecientes a la Conferencia Episcopal Española, a las Curias episcopales, a las Curias de los superiores mayores de las Órdenes y Congregaciones religiosas, a las parroquias y a otras instituciones y entidades eclesiásticas”. Así reza el punto 6 del artículo I de los Acuerdos sobre Asuntos Jurídicos suscritos el 3 de enero de 1979 entre el Estado español y la Santa Sede.
Aunque la respuesta episcopal abundará en la incompetencia del Episcopado para cumplir el requerimiento de Garzón, diversos expertos en Derecho Eclesiástico han manifestado a Público que “la Iglesia podría negarse, amparándose en la legislación vigente, a ceder cualquier información relativa a sus archivos”. Más si cabe en este caso, “porque lo que se pretende es determinar si el juez es o no competente para abrir causa judicial”.
En todo caso, responsables de algunas diócesis subrayaron su intención de “colaborar, en la medida de lo posible, con la Justicia, sea en éste u otro asunto”, incidiendo en que, “si se dan casos concretos de desaparecidos en algún archivo, cosa harto improbable, no habrá problema en ofrecer la información necesaria”.
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