Este artículo se publicó hace 15 años.
El CGPJ concluye que Garzón no puede ser sancionado por cazar con Bermejo
El Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) considera que el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón no puede ser sancionado por haber compartido una jornada de cacería con el ex ministro de Justicia Mariano Fernández Bermejo en la provincia de Jaén.
Para la Inspección del órgano de gobierno de los jueces esta conducta no puede subsumirse en ninguna de las faltas disciplinarias recogidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), por lo que ha propuesto a la comisión disciplinaria, que se reúne mañana, que archive la información abierta tras haber recibido el pasado mes una denuncia del PP contra Garzón a raíz de dicha cacería.
El PP pidió al CGPJ que examinara si la jornada de cacería que compartieron el ex ministro de Justicia y Baltasar Garzón suponía una anomalía en el "caso Gürtel" sobre una supuesta trama de corrupción en la que podrían estar implicados cargos de dicho partido.
En su escrito el PP alegó que al menos tres implicados en este caso se encontraban detenidos durante el mismo fin de semana dedicado por Garzón y Bermejo "a sus aficiones cinegéticas", lo que "transgrede la mínima deontología profesional exigible de un juez, pulverizando públicamente lo que restaba de su imagen de independencia".
Según la Inspección, tras analizar los hechos que han sido objeto de denuncia, podemos afirmar, salvo superior criterio, que la conducta descrita no puede subsumirse en ninguna de las faltas disciplinarias recogidas en la LOPJ.
Además, recuerda que para poder resultar sancionado es "absolutamente necesario que la conducta tenga un perfecto encaje en el tipo disciplinario, sin que sean admisibles las interpretaciones amplias o extensivas de los mismos".
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