Este artículo se publicó hace 14 años.
La Audiencia Nacional mantiene el freno al desarrollo del decreto del carbón
La Audiencia Nacional ha decidido mantener la suspensión de la obligación de las eléctricas de presentar cartas con compromisos de compra de carbón nacional, hasta que el Tribunal Supremo resuelva sobre la petición de suspender cautelarmente el decreto que incentiva el uso de este mineral.
La Audiencia entiende que el plazo de tres días hábiles dado a las eléctricas es "sumamente perentorio", teniendo en cuenta la importancia y complejidad de los compromisos que tienen que asumir las centrales.
El viernes de la semana pasada la Audiencia Nacional suspendió de forma "cautelarísima" (sin escuchar a las partes) la obligación de presentar las citadas cartas, decisión que ha decidido mantener tras las vistas celebradas el miércoles y en las que las eléctricas y la Abogacía del Estado expresaron sus argumentos a favor y en contra de la medida.
Iberdrola, Endesa y Gas Natural Fenosa impugnaron ante este tribunal la resolución de la Secretaría de Estado de Energía en la que se establecen las cantidades de carbón a adquirir, los volúmenes de producción y los precios de la energía para 2010.
El decreto que incentiva el uso de carbón nacional para la generación de electricidad fija que las eléctricas deben presentar una carta con sus compromisos de compra de mineral hasta 2012 en el plazo de tres días, a contar a partir de la entrada en efecto de dicha resolución (lo que ocurrió con su publicación en el BOE el 26 de octubre).
Las tres eléctricas han recurrido el real decreto ante el Tribunal Supremo que, en un auto fechado el 14 de octubre, calificó de "sumamente perentorio" el plazo de tres días y señaló que las eléctricas podían impugnar la resolución de la Secretaría de Estado ante el órgano jurisdiccional competente (la Audiencia Nacional).
El alto tribunal, que en el citado auto rechazó la suspensión "cautelarísima" del decreto, añadía que la paralización de la obligación de presentar compromisos de compra dejaría en suspenso la eficacia de las cartas, incluso aunque ya se hubieran presentado ante la Comisión Nacional de la Energía -como habían hecho Iberdrola, E.ON, HC Energía y Elcogas-.
La Audiencia Nacional considera que procede mantener la suspensión hasta que el Supremo se pronuncie sobre la paralización cautelar del real decreto y recuerda que la Comisión Nacional de la Energía recomendó que el plazo de tres días se ampliara a un mes.
La decisión judicial llega dos días después de que el Tribunal de la Unión Europea acordara suspender temporalmente la autorización por parte de la Comisión Europea a la concesión de compensaciones a las centrales que usan carbón autóctono para producir electricidad.
Durante las vistas del miércoles, el abogado del Estado explicó que el Gobierno había decidido aplazar la puesta en marcha del mecanismo previsto para dar prioridad al uso de carbón nacional para la generación de electricidad (mediante el procedimiento de resolución de restricciones por garantía de suministro), que estaba previsto que comenzara a funcionar el 1 de noviembre.
El letrado explicó que el aplazamiento se había decido "por prudencia" y mientras la Audiencia decidía sobre las "cautelarísimas".
Las eléctricas entienden que el decreto perjudica a las centrales que funciona con carbón importado y gas natural (ciclos combinados), al tiempo que distorsiona el mercado eléctrico y sólo persigue defender el interés de las empresas mineras en lugar de garantizar el suministro.
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