Este artículo se publicó hace 11 años.
La Audiencia Nacional no espera al Supremo y ordena excarcelar a 9 etarras
Considera que se les debe aplicar sin demora la sentencia de Estrasburgo que anuló la doctrina Parot, ya que ni siquiera la interpretación más restrictiva de la Fiscalía afectaría a estos reclusos. Domingo Troitiñ
El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado este viernes, por nueve votos contra ocho, la excarcerlación de nueve presos de ETA en aplicación de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que anuló el pasado 21 de octubre la 'doctrina Parot'. Los magistrados rechazaron la propuesta del presidente de la Sala, Fernando Grande-Marlaska, apoyada por la Fiscalía, de no resolver estas peticiones hasta que el Tribunal Supremo fijase la doctrina al respecto, en una reunión prevista para el próximo 12 de noviembre.
Sin embargo, ha sido el propio Grande-Marlaska el que ha decantado la mayoría del Pleno a favor de las excarcelaciones, al dar el noveno voto en último lugar. El tribunal ha entendido que a los nueve presos cuya excarcelación se acuerda no les afectaría ni siquiera la interpretación más restrictiva de la sentencia de Estrasburgo, que es la que realiza la Fiscalía al establecer que se aplicarán las reglas de la doctrina Parot a las redenciones de pena posteriores a marzo de 2006. Aún con eso, habrían cumplido ya la condena.
Entre ellos el caso más significativo es el de Domingo Troitiño Arranz, uno de los autores del atentado del Hipercor de Barcelona, en 1987, el más sangriento de la historia de ETA ya que causó 21 muertos. Y también está en el grupo Isidro Garalde Bedialauneta, alias "Mamarru", un histórico de ETA próximo al desaparecido Txomin Iturbe que estuvo deportado en Santo Domingo.
Los otros siete son Jon Koldo Aguinagalde Urrestarazu, Luis María Azkargorta Belategi, Jokin Mirena Sancho, José Ignacio Urdiain Ciriza, Joseba Koldobika Artola, Elías Fernández Castañares, y Juan Francisco Gómez López.
El tribunal sí ha rechazado la petición de ser excarcelados de otros dos presos de ETA, uno de ellos, Juan Andrés Urquizu, porque su caso está pendiente de recurso ante el Tribunal Constitucional. El otro es Raul Ibáñez Díaz. Quedan pendientes de resolver uas 40 peticiones de libertad de presos de ETA.
El Pleno se ha reunido durante más de cuatro horas, y ha adoptado esta medida con el voto a favor de nueve magistrados y la oposición de los ocho restantes. El tribunal ya ha dejado en libertad en aplicación de la sentencia de Estrasburgo a 11 presos de ETA, ya que a las 9 de hoy se suman las de Inés del Río --la directamente concernida por el fallo del TEDH-- y Juan Manuel Piriz, excarcelado el 25 de octubre. El Pleno cree que los 11 casos 'con idénticos'. Por su parte, Inglaterra ha decretado libertad condicional a un duodécimo etarra en aplicación de la sentencia de Estrasburgo, Antton Troitiño.
Por otro lado, el Pleno dejó para otra reunión la resolución del recurso que presentó la defensa de Inés del Río contra el bloqueo de la indemnización de 30.000 euros que le concedió el pasado 21 de octubre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por los daños morales que le habría causado la aplicación con carácter retroactivo de la 'doctrina Parot'.
Los abogados de Del Río presentaron la pasada semana un recurso de súplica ante el Pleno en el que solicitaban que la indemnización concedida por el Tribunal de Estrasburgo no sea destinada a las indemnizaciones por responsabilidad civil que deberían recibir las víctimas de los atentados en los que participó.
La Sala de lo Penal acordó el pasado 22 de octubre la excarcelación de la etarra y estableció que los 30.000 euros concedidos por Estrasburgo debían dedicarse al "pago de las responsabilidades civiles decretadas a favor de las víctimas", incluso en el caso de que sirvan para compensar "el derecho de subrogación del Estado".
Troitiño, Mirena Sancho, Azcargorta y Gómez López, en la calleEl etarra Domingo Troitiño ha abandonado la prisión de Teixeiro (A Coruña) después de que la Audiencia Nacional acordase la excarcelación de nueve etarras sin esperar al criterio del Supremo. Domingo Troitiño, hermano de Antón Troitiño, pendiente de extradición en Londres, ha salido de este centro penitenciario antes de las cinco y media de la tarde con el rostro totalmente descubierto y acompañado por seis personas, que se desplazaron en un taxi y un vehículo particular.
El mismo Troitiño, condenado por el atentado de Hipercor en Barcelona, ha dicho a los reporteros gráficos "ya está", una vez captaron su imagen, mientras que sus acompañantes han pedido a los informadores que busquen otra profesión más digna, con distintos mensajes en este sentido.
Los etarras Jokin Mirena Sancho y Luis María Azcargorta han salido pasadas las 19.00 horas del centro penitenciario de Zuera, tras el acuerdo de la Audiencia Nacional de excarcelar a nueve presos de ETA, en aplicación de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo sobre la doctrina Parot. Jokin Minera Sancho había condenado a más de 156 años de cárcel por varios atentados, entre ellos el asesinato en 1983 de Jesús Blanco Cereceda, jefe de comunicaciones del aeropuerto de Noain en Pamplona, y el del policía nacional Diego Torrente Reverte en 1984.
Por su parte, Luis María Azcargorta había sido condenado a más de treinta años de cárcel por el atentado con una bomba-lapa cometido por el comando Araba en 1985 en Vitoria en un vehículo de un policía nacional Félix Gallego Salman, que falleció.
El miembro de ETA Patxi Gómez López ha salido también de la prisión donde se encontraba en la localidad vizcaína de Basauri. Gómez López, vecino del también municipio vizcaíno de Ortuella, ha abandonado la cárcel después de haber permanecido recluso durante 21 años, han informado a Efe fuentes de la izquierda abertzale. Fue detenido en 1989 y condenado por pertenencia a banda armada, tenencia de explosivos e intento de asesinato.
En 2009, el Tribunal Supremo revocó su libertad provisional y amplió su estancia en prisión otros diez años en aplicación de la doctrina Parot, que implica que la reducción de pena por beneficios penitenciarios se aplica al total de las condenas impuestas, y no al máximo legal de 30 años.
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