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José Bretón, condenado a 40 años de cárcel por el asesinato de sus hijos

El juez ordena la inscripción de la defunción de Ruth y José Bretón Ortiz el 8 de octubre de 2011 y que se entreguen a Ruth Ortiz  los restos de los menores. La abogada de Ortiz pide otros tres años de c&aacut

EFE/EP

En la sentencia,  el juez Pedro Vela considera que, de acuerdo con el veredicto de culpabilidad del jurado, condena a José Bretón como autor de dos delitos de asesinato, con la concurrencia en ambos de la circunstancia agravante de parentesco, a las penas, por cada asesinato, de veinte años de prisión.

Asimismo, el magistrado Pedro Vela impone a Bretón 'la prohibición de acercamiento a Ruth Ortiz Ramos, Obdulia Ramos Gallego y Estanislao Ortiz Ramos en un radio de un kilómetro y la prohibición de comunicación con ellos por cualquier medio durante 21 años por cada delito de asesinato; computables a partir del momento en que el tratamiento penitenciario permita la concesión de permisos'.

En cuanto al delito de simulación de delito, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, el juez condena al acusado 'a la pena de nueve meses de multa, a razón de diez euros diarios'. Además, 'la clasificación del condenado en el tercer grado de tratamiento penitenciario no se podrá efectuar hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta'.

Igualmente, por la vía de la responsabilidad civil, el magistrado condena a Bretón Gómez a que indemnice a su mujer, 'Ruth Ortiz Ramos en 500.000 euros; al Ministerio del Interior del Gobierno de España en 137.335,65 euros y al Ayuntamiento de Córdoba en 22.567 euros'.

También condena el juez a Bretón 'al pago de las costas, incluyendo las de la acusación particular', concluyendo el fallo con el recordatorio de que contra esta sentencia 'cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía'.

Por otro lado, el fallo determina que, 'una vez firme esta sentencia', que aún no lo es pues puede ser recurrida, debe librarse un exhorto al Registro Civil de la capital cordobesa , ordenando la inscripción de la defunción de Ruth y José Bretón Ortiz el 8 de octubre de 2011, además de entregarse a Ruth Ortiz Ramos los restos de dichos menores custodiados en este tribunal para su inhumación.

La condena se produce después de que las siete mujeres y dos hombres que integraron el jurado del caso y cuya vista oral concluyó este mismo mes emitiera por unanimidad un veredicto de culpabilidad tras tres días de deliberación.

Para la defensa, José Bretón es inocente y debía ser absuelto, mientras que la fiscal y la acusación particular pedían esta pena de 40 años de prisión, por presuntamente haber asesinado en octubre de 2011 a  sus hij Ruth (seis años) y José (dos años) y haber denunciado falsamente su desaparición.

La acusación particular, que ejerce la letrada María del Reposo Carrero, ha solicitado tres años de cárcel para José Bretón por el presunto delito de maltrato psicológico contra la que fuera su mujer y madre de sus hijos, Ruth Ortiz, a la que representa. La letrada que presentó el escrito de acusación hace unos días,  pide además, en concepto de responsabilidad civil una indemnización de 10.000 euros por los daños morales causados a su clienta.

La denuncia se debía a asuntos 'estrictamente matrimoniales', sin aludir a los menores 

A principios de junio, el Juzgado de Violencia de la Mujer de Huelva dictó un auto por el que se ordenaba la tramitación de las diligencias previas del caso por el procedimiento abreviado, lo que implicaba que se daba por finalizada la instrucción.

La defensa de José Bretón desistió recurrir dicho auto de procesamiento por lo que el procedimiento sigue su curso, estándose a la espera de la presentación del escrito de defensa, tras el cual se procederá a fijar la fecha de juicio.

Este procesamiento es consecuencia de la denuncia que Ruth Ortiz interpuso contra Bretón un día después de la desaparición de los niños, por recomendación policial, y que ratificó el 16 de marzo de 2012 ante este mismo juzgado.

La denuncia se debía a asuntos 'estrictamente matrimoniales', sin que en ningún momento se hiciera alusión en ella a los menores y en ella manifestaba que había sido objeto de 'vejaciones y presiones por parte de su marido' con el que las discusiones eran 'frecuentes'.

Posteriormente, el juez lo imputó por un delito de maltrato psíquico habitual y de amenazas, y prestó declaración por videoconferencia ante el Juzgado en diciembre de 2012, en la que negó cualquier tipo de maltrato o coacción hacia la que hoy es ya su exmujer.

De conformidad con el veredicto del jurado, la sentencia considera probados hechos como que en septiembre de 2011 Ruth Ortiz le comunicó a su entonces marido que tenía voluntad de terminar su matrimonio y quedarse a vivir en Huelva con los hijos de ambos, 'el acusado concibió la idea de dar muerte a los niños -sus hijos-, como venganza contra su esposa, dada su negativa a aceptar pacíficamente la ruptura matrimonial, su personalidad refractaria a la frustración y su carácter rencoroso'.

Para ejecutar dicho plan, el acusado 'decidió que el lugar más adecuado sería una finca de sus padres, sita en el Polígono de las Quemadas de la ciudad de Córdoba' y que 'la fecha adecuada sería el 8 de octubre de 2011, aprovechando que ese fin de semana estaría con los niños conforme al acuerdo al que había llegado al efecto con su esposa, negándose para ello a una alteración de fechas que le fue propuesta posteriormente'.

Bretón compró ansiolíticos y antidepresivos para 'adormecer e incluso matar a sus hijos con toda facilidad'.

Con dicha finalidad, comenzó una serie de preparativos, como comprar un ansiolítico y un antidepresivo que le había recetado un psiquiatra para, 'una vez llegado el momento, adormecer e incluso matar a sus hijos con toda facilidad'. Asimismo, 'con la intención, una vez ejecutada su acción letal, de hacer desaparecer los cuerpos de sus hijos, entre el 15 de septiembre y el 7 de octubre de 2011, el acusado hizo acopio de leña en la parcela y adquirió combustible (gasóleo) en grandes cantidades'.

A su vez, para dar mejor cobertura a la simulación de extravío de sus hijos que había ideado, Bretón les propuso a sus hermanos Catalina y Rafael acudir en la tarde del día 8 de octubre de 2011 a la Ciudad de los Niños con sus respectivos hijos, 'aunque sin concretar completamente la cita, así como le dijo a su madre que ese mismo día no iba a comer en su casa porque había quedado con unos amigos, lo que era incierto'.

El día 8 de octubre de 2011, el acusado salió de la casa de sus padres, sobre las 13,30 horas, con sus dos hijos, y se dirigió a la finca de Las Quemadas, 'suministrándoles el acusado a los niños' los tranquilizantes 'para facilitar su adormecimiento total o su muerte. Y una vez que llegaron a la finca, sobre las 13,48 horas, el acusado telefoneó de nuevo a su esposa, sin que lograra comunicar con ella, por lo que decidió seguir con su propósito criminal'.

Acto seguido, conforme a lo ya previsto, 'preparó una especie de pira funeraria cuyos elementos esenciales ya tenía dispuestos, en un lugar nuevo de la finca, entre varios naranjos y sin visibilidad desde el exterior, en la cual colocó los cuerpos de sus hijos', junto con una mesa metálica con el tablero en posición vertical y prendió 'una gran hoguera que avivó rápidamente gracias al uso de leña y gasoil, que llegó a alcanzar temperaturas de hasta 1.200 grados centígrados, logrando un efecto similar a un horno crematorio'.

Ante la magnitud de la temperatura, 'las partes blandas de los cuerpos de los niños desaparecieron rápidamente, quedando únicamente unos restos óseos. Permaneciendo el acusado junto a la hoguera hasta las 17,30 horas, alimentándola de gasoil para mantener la elevada temperatura que permitiera la total calcinación y desaparición de los cuerpos de sus hijos'.

J.Bretón presentó una denuncia por la desaparición 'pese a conocer perfectamente que no había existido tal desaparición.

A continuación, el acusado condujo hasta el entorno de la Ciudad de los Niños, aparcando sobre las 18,01 horas e intercambiando correos de mensajería instantánea con su hermano Rafael, 'haciéndole creer que estaba en las proximidades del parque con sus hijos'. Cuando consideró que había transcurrido 'tiempo suficiente para hacer creíble la ficticia desaparición de los menores, llamó de nuevo a su hermano Rafael, sobre las 18,18 horas, diciéndole que había perdido a los niños, realizando otras llamadas a la familia, logrando que tanto su hermano como su cuñado, José Ortega, acudieran a la Ciudad de los Niños para iniciar la búsqueda'.

Sobre las 18,41 horas, el acusado llamó al teléfono de emergencias 112 'comunicando la desaparición de sus hijos, provocando la intervención de la policía' y, sobre las 20,43 horas, acudió a la Comisaría de Policía Nacional de Córdoba para presentar denuncia por la desaparición, dando lugar a la incoación de un procedimiento judicial, pese a conocer perfectamente que no había existido tal desaparición en el parque, sino que él había dado muerte previamente a sus hijos'.

Por último, también se considera probado que los restos óseos analizados por todos los forenses, médicos, paleontólogos, odontólogos y especialistas biólogos y clínicos proceden de la hoguera encendida por el acusado en la finca de Las Quemadas en la tarde del 8 de octubre de 2011, y 'tales restos óseos y dentarios pertenecen a los cuerpos de dos niños de seis y dos años de edad, en concreto a los cuerpos sin vida de Ruth y José Bretón Ortiz'.

 

 

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