Este artículo se publicó hace 13 años.
4.500 opiniones sobre la fórmula piso por deuda
Apenas unos cuantos despachos separan dos formas de interpretar el Código Civil en la Audiencia Provincial de Navarra
Apenas unos cuantos despachos separan dos formas de interpretar el Código Civil en la Audiencia Provincial de Navarra. En su Sección Segunda, la fórmula del piso por deuda (dación inmobiliaria) se impone a la literalidad de la ley. Amparándose en el artículo 3 del Código Civil, que dice que "una norma se interpretará en función de la realidad social (crisis económica, alta tasa de desempleo, cierre del grifo crediticio) del tiempo en que han de ser aplicadas", una familia castigada por el paro ha perdido su vivienda pero ha quedado exenta (el banco ya ha presentado recurso) de abonar más deudas. En la Sección Tercera, sin embargo, el deudor debe responder con todos sus bienes presentes y futuros (artículo 1911) para pagar la deuda generada (casi 44.500 euros) por la hipoteca de una casa embargada por el banco.
Un auto, el primero; una sentencia, la segunda, que ahonda en el debate sobre la dación inmobiliaria que vive la judicatura española tras cuatro años (2007-10) en los que se produjeron 300.000 ejecuciones hipotecarias. "El auto de la Sección Segunda es valiente pero tiene un sustento legal arriesgado", reconoce José Luis Ramírez, portavoz de Jueces para la Democracia (JpD). Desde hace tiempo, esta asociación progresista aboga por un cambio en la Ley Hipotecaria. Para ello prepara un borrador de medidas que contempla la dación en pago como método para liquidar la deuda, que se incluyan en los concursos de acreedores de las familias las deudas por vivienda o que los jueces puedan suspender los intereses de demora (en uno de los casos de Navarra alcanzaron el 19% anual).
La dación en pago abre el debate en la judicatura y divide sus decisiones
"La dación es un tema jurídico complejo, pero las dos sentencias de Navarra suponen un melón jurídico muy interesante que hay que abordar", reflexiona Joaquín González, portavoz de la asociación Francisco de Vitoria. "Aun así", insiste, "es el momento de instigar el debate para llegar a conclusiones comunes. Si no, podríamos llegar a una situación en la que se dieran 4.500 (número de jueces en España) opiniones, al residir el poder jurídico en cada uno de sus miembros".
"La realidad social en temas económicos ha cambiado y los jueces también", expone Javier Varona, del Foro Judicial Independiente. A su juicio, la caída de precios tras el crash inmobiliario apoya la interpretación "sociológica" de la Sección Segunda de Navarra.
Ante las diferencias de la judicatura, casi 20 ayuntamientos han aprobado una moción para instar al Gobierno a regular la dación en pago. El Ejecutivo no parece estar por la labor: el Ministerio de Justicia ha aparcado provisionalmente la posibilidad de modificar la Ley Concursal ante al rechazo frontal de las entidades financieras, informa Efe. Ya lo ha advertido Francisco González, presidente de BBVA, el banco perjudicado en Navarra: "Si se aprobase, las hipotecas serían más caras y habría menos acceso a ellas".
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