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El Supremo confirma la condena por los crímenes de Godella

El tribunal ha confirmado el internamiento psiquiátrico de la madre y la pena de 50 años de cárcel para el padre por asesinar a sus dos hijos de tres años y seis meses en 2019 a causa de sus creencias místico-religiosas.

Fachada del tribunal supremo
Imagen de archivo de la fachada del Tribunal Supremo. Carlos Luján / Europa Press

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena por el crimen de Godella, en el que un hombre asesinó a sus dos hijos por un rito místico-religioso. Así, ha ratificado la pena de 50 años de prisión que se impuso al padre por asesinar a sus dos hijos y ha avalado el internamiento psiquiátrico de la madre de los menores que, pese a ser coautora de los dos crímenes, ha sido absuelta por una enfermedad mental.

En una sentencia, recogida por Europa Press, los magistrados han desestimado todos los motivos que presentaron los condenados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) por la que se confirmó la decisión por un tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Valencia.

La pareja compartía creencias místico-religiosas, por lo que creían en la regresión y en la purificación de las almas mediante baños de agua y en el renacimiento de las almas tras la muerte de los cuerpos. Estas creencias, inicialmente profesadas por el hombre, fueron poco a poco asumidas por su pareja tras la constante reiteración de él.

Según los hechos probados, los dos condenados, "impulsados por sus creencias", decidieron que "la única forma de proteger a sus hijos del asedio del que eran objeto era, después de darles un baño purificador de sus almas, terminar con sus vidas y enviarlos al más allá para que pudieran revivir".

Una secta que los perseguía y asediaba

Ambos acusados tenían y compartían la teoría de que una secta les perseguía y asediaba, abusaba sexualmente de sus hijos y tenía la intención de secuestrarlos.

Durante los meses iniciales de 2019, esas creencias e ideas de los acusados se vieron incrementadas fundamentalmente por dos acontecimientos: el hecho de que hubieran sido denunciados por la ocupación ilegal de la vivienda que habitaban y, porque la madre de ella, viendo la actitud, el estado y la conducta de los acusados, estaba continuamente pendiente de ellos por miedo a que les pasara algo a sus nietos.

De este modo, los acusados tomaron la determinación de que la única forma de proteger a sus hijos del asedio del que eran objeto era, previo un baño purificador de sus almas, terminar con sus vidas y enviarlos al más allá para que posteriormente pudieran revivir.

Así, entre las 22.00 horas del 13 se marzo de 2019 y las 4.00 horas del día siguiente, los acusados, actuando de común acuerdo, primero bañaron en la piscina de la casa a los menores para purificarlos y posteriormente los golpearon de forma violenta.

Tras ello, enterraron los cuerpos en diferentes sitios de la parcela donde se ubicaba la vivienda. En ese momento, la mujer padecía una esquizofrenia de tipo paranoide en fase de brote agudo, que anulaba las bases psicobiológicas de su inteligencia y voluntad.

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