Este artículo se publicó hace 7 años.
El misterioso motivo que impide a la Policía Nacional llevar su número de identificación
Los agentes que acudieron a la Puerta del Sol de Madrid durante la protesta del pasado miércoles contra la detención de cargos públicos en Catalunya no mostraban su número de identificación. Interior y Delegación de Gobierno remiten a Policía Nacional, que no ha ofrecido ninguna explicación.
Alejandro Torrús
Madrid--Actualizado a
Interior remite a Policía Nacional. Delegación del Gobierno de Madrid, también. Y la Policía Nacional, de momento, guarda silencio a pesar de las llamadas de este diario. Las autoridades son incapaces de explicar el motivo por el que los agentes de la Policía Nacional violaron la norma (y el derecho de los ciudadanos) el pasado miércoles en la Puerta del Sol durante la protesta contra la gestión del Gobierno del conflicto catalán y no lucían su número de identificación, tal y como están obligados por la legislación vigente.
La situación podría no ser más que una anécdota. Un descuido puntual. Pero no. Más que la excepción, es la norma. Es habitual que los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado no luzcan de manera visible su número de identificación. Una referencia que es imprescindible para que los ciudadanos puedan defenderse en caso de percibir que la actuación del agente lesiona sus derechos fundamentales. De hecho, son muchos los casos en los que una actuación irregular de los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado ha quedado impune debido a la imposibilidad de identificar al agente en cuestión.
El número de identificación es fundamental para que los ciudadanos puedan reclamar si consideran lesionados sus derechos
Para muestra un botón. Madrugada del 25 al 26 de septiembre de 2012. Madrid. Continúan las protestas del conocido como Rodea el Congreso. Agentes antidisturbios de la UIP de la Policía Nacional golpean a un joven que permanecía junto al dispositivo pacíficamente. Tras la agresión, el chico exige el número de placa. Entonces, otro agente le vuelve a golpear. Continúa pidiendo la identificación y aún le caen otros dos golpes. ¿Resultado? La impunidad de los agentes agresores.
No es el único caso. Apenas cuatro días después un antidisturbios golpeó en la cabeza a una manifestante sin justificación alguna causándole una brecha "con sangrado abundante, traumatismo craneoencefálico leve y policontusión". La joven denunció la actuación policial ante la Justicia que archivó el caso hasta en dos ocasiones por la vía legal alegando la imposibilidad de identificar al agente. Finalmente, un Juzgado de los Contencioso-Administrativo condenó a Interior a pagar 750 euros de indemnización a la joven. Cinco años de batalla judicial y el agente en cuestión salió impune.
La violación de la legislación, por tanto, es flagrante y continuada a lo largo del tiempo sin que ningún responsable de Interior haya hecho lo suficiente para evitarlo. El artículo 18 del Real Decreto 1484/1987 sobre normas generales relativas a escalas, categorías, personal facultativo y técnico, uniformes, distintivos y armamento del Cuerpo Nacional de Policía establece que todos los uniformes llevarán obligatoriamente la placa-emblema del Cuerpo, con indicación del número de identificación personal, en el pecho, por encima del bolsillo superior derecho de la prenda de uniformidad".
Asimismo, la Orden INT/430/2014, de 10 de marzo, por la que se regula la uniformidad en el Cuerpo Nacional de Policía establece en sus artículos 14 y 16 que la obligatoriedad de los agentes de portar de manera visible su número de identificación personal. Asimismo, la Resolución de la Dirección General de la Policía, de 19 de abril de 2013, establece como obligatorio que los antidisturbios porten en su chaleco anti-trauma su "número de identificación".
Son muchos los casos de agresiones policiales que quedan impunes por la imposibilidad de identificar al agente
Las críticas a España por el hecho de que los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad no porten su número de identificación ha sido criticado en varias ocasiones por instituciones internacionales. Así, el Parlamento Europeo ya criticó la ausencia de identificación visible en agentes de la Policía en una resolución de diciembre de 2012, mientras que el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes (CPT) ya denunció en 2011 la "impunidad" de agresiones por parte de funcionarios policiales debido a la imposibilidad de encontrar a los agentes implicados por no llevar su número de identificación.
Denuncias ante Defensor del Pueblo
Pero una cosas son las leyes y las recomendaciones del exterior y otra, muy diferente, que los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado cumplan con las mismas con la conveniencia de las administraciones. El cineasta y miembro de la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información, Stéphane M. Grueso, ha acudido "alrededor de 30 ocasiones" en los últimos años al Defensor del Pueblo para denunciar la ausencia de identificación en agentes de la Policía Nacional, Municipal, Mossos D'Esquadra y Guardia Civil
"Casi todas mis quejas la acepta e investiga el Defensor del Pueblo y tras mucho preguntar, es muy habitual que pidan información a la policía y al Ministerio del Interior y que la contestación sea incompleta y tengan que volver a pedir información", explica Stéphane M. Grueso, que señala que todo suele quedar "en una recomendación que hacen a la policía". "Pero son solo eso, peticiones. El Defensor de Pueblo no tiene lamentablemente ninguna capacidad ejecutiva", lamenta el activista por los derechos civiles.
Comentarios de nuestros suscriptores/as
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros suscriptores y suscriptoras, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.