Este artículo se publicó hace 8 años.
Los diez hechos probados de lo que ocurrió en el Madrid Arena, según la sentencia
El fallo del caso que se ha hecho público este martes, esclarece lo que ocurrió en la macrofiesta que costó la vida a cinco jóvenes y por la que su máximo responsable, Miguel Ángel Flores, pagará con cuatro años de cárcel.
MADRID.- Casi cuatro años después de esa fatídica madrugada del 1 de noviembre de 2012, la sentencia del caso Madrid Arena esclarece lo que ocurrió en la macrofiesta que costó la vida a cinco jóvenes y por la que su máximo responsable, Miguel Ángel Flores, pagará con cuatro años de cárcel.
La sentencia condena también a tres años de prisión al responsable de Madridec, Francisco del Amo, y al director general de Diviertt, Santiago Rojo y a dos años, seis meses y un día de prisión a Miguel Ángel Morcillo, de Diviertt, y a Carlos Manzanares, de Kontrol 35. Además, la Audiencia Provincial de Madrid absuelve a los doctores Simón y Carlos Viñals y al exjefe de la Policía Municipal, Emilio Monteagudo.
Estos son los diez hechos probados que deja la sentencia del caso:
1.- Sobreaforo: Se vendieron al menos 16.492 entradas, cuando el aforo máximo permitido era de 10.620. Con todo, finalmente asistieron 16.605 personas, el "origen del grave resultado mortal y lesivo".
2.- La fiesta: El evento Thriller Music Park, con el DJ del momento Steve Aoki como plato fuerte, se organizó con evidente precipitación y falta de control en el que "nada funcionó" y en el que la actitud de todos los responsables se materializó en el resultado de cinco muertes y casi una treintena de lesionados.
3.- Vías de evacuación: De los ocho vomitorios o vías de evacuación de la pista, solo estuvieron abiertos tres, coincidiendo con los periodos de máxima afluencia de público a la pista. Este hecho lo conocían los responsables de la seguridad exterior que no avisaron ni a la promotora ni al gestor del pabellón, Madridec.
4.- Salidas de emergencia: Entre las dos y las tres de la madrugada entraron masivamente jóvenes que venían del botellón que celebraban en las inmediaciones. Lo hicieron por puertas consideradas salidas de emergencia gracias a la cooperación de Flores y de otros dos responsables de la promotora del evento.
Flores empleó el portón de cota cero y las puertas de Muelle Mónico, consideradas de emergencias, por las que entraron en poco más de media hora un total de 3.000 personas.
Estas entradas provocaron una situación "imposible" por la aglomeración de personas en la pista y la dificultad de salir por los escasas vías de evacuación lo que desencadenó la avalancha mortal.
5.- Avalancha: El vomitorio donde se produjo era muy pequeño, lo que provocaba una enorme dificultad de tránsito. A ello se sumaba que se convirtió en el lugar por donde unos querían entrar y otros salir. Con esta salida "taponada" el gran número de jóvenes comenzó a perder el control, produciéndose en pocos segundos una montaña de personas de hasta ocho personas.
6.- Rescate: Se hizo de forma "lenta, descoordinada y poco eficaz". Los controladores no estaban preparados para este tipo de situaciones y no se puso en conocimiento del centro de emergencias para que prestaran auxilio del exterior por parte de sus responsables, Flores y el resto de promotores del evento.
7.- Enfermería: Lejos de actuar con rapidez y hacer todo lo que estaba a su alcance, los médicos Simón Viñals y su hijo Carlos, no realizaron un correcto diagnóstico, incluso, se "desentendieron" de alguna de las víctimas. Aunque no se ha podido acreditar que una correcta asistencia hubiese salvado la vida de tres de las víctimas, concluye que esta pobre atención disminuyó sus posibilidades de recuperación.
8.- Policía: El exjefe de la Policía Municipal Emilio Monteagudo, al que en un principio se le atribuyó la responsabilidad sobre el botellón, no tenía conocimiento alguno de lo que se estaba produciendo, ni siquiera tenía indicio de que se debiese variar el dispositivo previsto.
Además, considera el tribunal que la precariedad del operativo policial que se dispuso el día de los hechos no tuvo influencia en lo sucedido.
9.- Pabellón Madrid Arena: Pese a la polémica sobre la necesidad o no de licencia de funcionamiento, la sentencia deja claro que no es el objeto de enjuiciamiento y que, en cualquier caso, no tiene incidencia alguna en lo que ocurrió, como tampoco las deficiencias en materia de seguridad para incendios del edificio.
10.- Menores: La mayor prueba de que hubo menores en la fiesta es que una de las víctimas tenía 17 años. Como ella, otros muchos accedieron al recinto. El registro de bolsos se hizo de forma irregular y en los momentos de más afluencia, no se pidió la documentación a los asistentes.
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