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El Tribunal Supremo de Italia da la razón a Juana Rivas y obliga a repetir el juicio que separó a sus dos hijos

La Corte de Casación afirma que en el proceso judicial se vulneró el principio del bien superior de los menores. 

Juana Rivas, ante los medios, durante la celebración del juicio por sustracción de sus hijos, en Granada, el 14 de junio de 2018
Juana Rivas, ante los medios, durante la celebración del juicio por sustracción de sus hijos, en Granada, el 14 de junio de 2018. Álex Cámara / EUROPA PRESS

El Tribunal Supremo italiano ha anulado la sentencia de la Corte de Apelación de Cagliari (Cerdeña) que, separando a los dos hijos de Juana Rivas y su exmarido, Francesco Arcuri, le negó a ella la custodia de su hijo menor, el cual sigue viviendo con su padre, en Italia. La custodia del hijo mayor le fue concedida a la madre de forma definitiva en marzo de 2023. 

La sentencia resalta que en el procedimiento judicial se dejaron de aplicar normas internacionales básicas por parte del tribunal de Cagliari, como son, entre otras, el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (Estambul, de 2011) y la Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012 por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos

Así mismo, remitiéndose a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la sentencia insiste en una idea fundamental: que, en el proceso llevado a cabo en la Corte de Apelación de Cagliari ha faltado un análisis en profundidad sobre el interés superior de los niños, que representa el criterio fundamental sobre el que se ha de basar toda decisión sobre la custodia. 

Otra de las importantes consideraciones que llevan al Tribunal Supremo italiano a anular la sentencia del tribunal civil de Cagliari es la violación que este realiza de un principio básico, como es el de no separación de los hermanos, al haber dispuesto la custodia de un hijo a la madre, en España, y otro al padre, en Italia, además de establecer que la madre y el resto de la familia materna sólo podían ver al menor en el territorio italiano, en concreto, en Cerdeña. 

Atendiendo a las reglas del sistema judicial italiano, el Tribunal Supremo, tras determinar la nulidad de la sentencia de la Corte de Apelación de Cagliari, reenvía el caso a dicha Corte, para que, con una nueva composición de magistrados, y atendiendo a las consideraciones efectuadas en la Sentencia de Casación, dicte nueva sentencia. 

Hay que recordar que, junto a la vía civil, a la que responde la sentencia de casación, existe en Italia un procedimiento penal abierto contra Francesco Arcuri, por maltrato habitual, físico y psicológico hacia sus hijos.

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