Este artículo se publicó hace 11 años.
Robar una bolsa de pipas será delito, según el Código Penal de Rajoy
El Gobierno otorga entidad delictiva a cualquier hurto aunque el valor de lo sustraído esté por debajo del límite actual de 400 euros
El hurto de una bolsa de pipas en una tienda o de un bolígrafo en una papelería será delito. El Proyecto de Código Penal aprobado por el Gobierno castiga como delito de hurto la sustracción de cualquier bien ajeno "sin la voluntad de su dueño", aunque su valor se sitúe por debajo de los 400 euros, límite que establece la legislación actual.
La supresión de las faltas que propone la reforma se traduce, en el caso de infracciones contra el patrimonio, en que todos los supuestos pasen a tener la consideración de delitos, castigados genéricamente con entre 6 y 18 meses de cárcel.
Sin embargo, para paliar los casos de poca entidad, la reforma establece como circunstancias atenuantes "el escaso valor de los bienes sustraídos y la situación económica de la víctima", en los cuales el juez impondrá una pena de multa de uno a tres meses (lo que significa un mínimo de 180 euros y un máximo de 36.000, pero que debe ajustarse a la cuantía de lo sustraído). Nunca se considerarán de escasa gravedad los hurtos de bienes con valor superior a 1.000 euros.
Fuentes judiciales consultadas por Público calificaron de "engendro" la solución adoptada por el Gobierno al dar la consideración de delito a todas las faltas de hurto, ya que, aunque en los casos de poca entidad pueden tener igual sanción (las faltas estaban castigadas con pena de multa de uno a dos meses), puede provocar situaciones injustas por los antecedentes penales que acarrea el delito. Así, señalan que puede darse el caso de un joven de 18 años que hurte un cd en una tienda, sea condenado por ello, y pase a tener un antecedente penal que le impida opositar a un empleo público.
Las mismas fuentes destacaron que en los últimos tiempos se ha registrado un incremento de hurtos, tradicionalmente cometidos por drogodependientes o bandas, pero ahora también por familias sin recursos. En su opinión, dar la consideración de delito a todas las faltas de hurto perjudica a quienes cometen estos actos de modo ocasional.
Añadieron que ante las "conductas insignificantes" que pueden ser el hurto de objetos de escasísimo valor, podría haberse optado, al suprimir las faltas, por la sanción administrativa, como señalan que ocurre en Alemania.
La reforma introduce además cuatro nuevos casos agravados de hurto, castigados con entre uno y tres años de prisión. Primero, cuando se sustraiga cableado, conducciones, equipos o componentes de infraestructuras de suministro eléctrico. Segundo, cuando se trate de productos agrarios o ganaderos, o de los instrumentos o medios quese utilizan para su obtención, siempre que el delito se cometa en explotaciones agrícolas oganaderas y se cause un perjuicio grave a las mismas.
Asimismo, considera agravante que "el autor actúe con profesionalidad", que se apreciará cuando tenga "el ánimo de proveerse una fuente de ingresos no meramente ocasional". Parece referirse a los carteristas o a ladrones expertos.
También tendrán castigo de uno a tres años de prisión quienes usen a menores de 16 años para cometer los hurtos. Hasta ahora, el Código habla de menores de 14.
El nuevo Código, que arrancará ahora su tramitación parlamentaria y estará sujeto a las modificaciones que decidan las Cortes, establece además un tipo superagravado de hurto, penado con hasta cuatro años de prisión, cuando el autor, u otro de los partícipes en el delito, "porte un arma u otro instrumento peligroso".
Así como cuando se trate de un miembro de una organización o grupo criminal constituido para la comisión continuada de delitos contra la propiedad, y otro de sus integrantes participe en la comisión del delito.
La reforma establece que a los condenados por cualquiera de los delitos mencionados se les podrá imponer además un medida de libertad vigilada cuando terminen de cumplir sus penas.
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