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SAN SEBASTIÁN.- La Junta Electoral de Gipuzkoa, reunida este lunes en San Sebastián, ha decidido rechazar las alegaciones de EH Bildu y mantener que Arnaldo Otegi no puede presentarse como candidato de la coalición soberanista a lehendakari en los próximos comicios autonómicos del 25 de septiembre.
El pasado 24 de agosto, la Junta Electoral Territorial de Gipuzkoa acordó, por unanimidad, que el candidato de EH Bildu es "inelegible" porque existe una sentencia firme de la Audiencia Nacional que le inhabilita para el ejercicio de sufragio pasivo (es decir, para ser votado) por la condena del 'caso Bateragune' de reconstrucción de la ilegalizada Batasuna. Por ello, pidió a EH Bildu que sustituyera al candidato y susbsanara el error.
La coalición registró un escrito de alegaciones en el que defendió que la inhabilitación accesoria para el ejercicio de sufragio pasivo quedó extinguida cuando el exportavoz de Batasuna cumplió la pena de prisión, el pasado 1 de marzo.
La Junta de Gipuzkoa, reunida este lunes, ha rechazado los argumento de la defensa de Otegi, y así se lo ha comunicado al representante legal de EH Bildu Mikel Arreseigor a las 16.00 horas. De esta forma, el secretario general de Sortu no figurará en las candidaturas de EH Bildu que este martes publicará el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) junto a las del resto de formaciones que concurren a los comicios.
La resolución ha sido adoptada por los magistrados de la Audiencia Provincial, María del Carmen Bildarraz, Jone Unanue y Felipe Peñalba, y la decana del Colegio de Abogados de este territorio, Lurdes Maiztegi, ya que el catedrático de Derecho Administrativo de la UPV-EHU, Iñaki Agirreazkuenaga, ha sido recusado por la defensa del líder de EH Bildu.
La recusación fue aceptada por la Junta Electoral del País Vasco ya que el catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad del País Vasco-EHU avanzó su criterio antes de que la Junta Electoral de Gipuzkoa adoptara su decisión. Agirreazkuenaga defendió en una entrevista que pesa sobre Otegi una resolución judicial firme y que la única solución que tenía era acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo. Este avance del catedrático al diario Berria comprometió su apariencia de imparcialidad, de ahí que haya sido apartado de esta deliberación.
La disputa jurídica se traslada ahora al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de San Sebastián -la Junta Electoral es un órgano administrativo- para encaminar después el pleito al Tribunal Constitucional y, por último, a Estrasburgo.
EH Bildu continuará "hasta el final" con su candidato a lehendakari
EH Bildu ha afirmado que la decisión de la Junta Electoral Territorial de Guipúzcoa es "política", por lo que agotará las vías judiciales para que Otegi concurra a las elecciones del próximo 25 de septiembre. Además, ha advertido de que Otegi "sigue siendo su candidato a lehendakari" y ha afirmado que continuará "hasta el final con la decisión de su nombramiento".
En un comunicado, EH Bildu ha considerado que la decisión de la Junta Electoral carece de "base jurídica" y tiene "carácter político". En este sentido, ha destacado que el órgano electoral "no ha querido entrar en el contenido jurídico del contencioso" y "se ha limitado a tener en cuenta el escrito presentado por la Fiscalía de la Audiencia Nacional".
Por ello, ha anunciado que presentará en los próximos días, "dentro de los plazos fijados", un recurso en la vía contencioso-administrativa contra la decisión que ha dejado fuera de la candidatura de EH Bildu al secretario general de Sortu.
La coalición soberanista ha precisado que Arnaldo Otegi "sigue siendo" su candidato a lehendakari y se ha comprometido a "trabajar y a agotar todas las vías jurídicas para que el deseo mostrado por las bases de la coalición se cumplan y pueda concurrir a las próximas elecciones".
En su opinión, la decisión adoptada por la Junta Electoral es "un nuevo ataque a la democracia" porque "en el siglo XXI no es comprensible que se limiten derechos políticos y sociales a las personas por motivos y razones exclusivamente políticas".
A su juicio, el Estado español pretende, inhabilitar a Otegi para "desactivar" su "proyecto político y de EH Bildu". "Y así lo quieren hacer porque Otegi y EH Bildu tienen un proyecto ilusionante para este pueblo y porque han mostrado la voluntad de liderar unos grandes acuerdos de país. Eso es lo que temen. Eso es lo que quieren desactivar. Pero el proyecto político que representa EH Bildu está más vivo que nunca", ha manifestado.
Por otra parte, durante la reunión del Consejo de Administración de EITB, EH Bildu ha presentado "una propuesta concreta para hacer frente a esta situación política de excepcionalidad". La coalición ha instado al Consejo a adoptar "un compromiso firme" para "no discriminar ni a Otegi ni a ningún otro ciudadano durante la campaña electoral".
Según ha denunciado, "a pesar de que la propuesta es totalmente realizable", no ha sido aprobada por el Consejo de Administración de EITB, "ya que los consejeros del PNV, PP y PSE-EE han votado en contra".
Resolución firme no recurrida ante el Supremo
La Audiencia Nacional dictó un auto el 23 de mayo de 2012 por el que decretaba la firmeza de la sentencia que condenaba a Arnaldo Otegi en el 'caso Bateragune', por la reconstrucción de la ilegalizada Batasuna. Otegi no recurrió esta resolución judicial ante el Tribunal Supremo, por lo que se convirtió en firme.
Dos meses después, la Audiencia Nacional dictó un decreto de ejecución de la condena -incluida la inhabilitación- y el 15 de enero de 2013 emitió la liquidación de la pena, especificando que ésta no comenzaría a aplicarse hasta septiembre de 2014 una vez cumplida su anterior condena por injurias al rey por lo que su condena de inhabilitación terminaría el año 2021. En ninguno de los casos estas resoluciones fueron recurridas y adquirieron firmeza.
El Supremo redujo la condena de Otegi de 10 hasta los 6 años y medio de cárcel la condena impuesta a Otegi por este caso, en una agria disputa dentro del Alto Tribunal.
En un voto particular, el magistrado del Supremo Alberto Jorge Barreiro argumentó que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia del líder de EH-Bildu. Es más, consideró que los documentos aportados como prueba no eran suficientes para condenar a Otegi por delitos de terrorismo y que podrían ser enmarcados dentro de una "opción soberanista e independentista en el ámbito político" opuesta a los medios violentos de la organización.
Otro magistrado del Supremo -Miguel Colmenero- consideró que la presidenta del tribunal que juzgó a Otegi, Ángeles Murillo, pudo quedarse contaminada ya que expresó al inicio del juicio su convicción acerca de la ausencia de voluntad del líder de Bildu a condenar el terrorismo de ETA. Por ello, la magistrada igualmente pudo mantener esta convicción por otros hechos "por los que la misma persona vaya a ser juzgada y en los que la misma cuestión pueda ser planteada".
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