Este artículo se publicó hace 9 años.
La Audiencia prohíbe a Jaime Botín sacar de España un 'picasso' de 26 millones de euros
Cultura declaró inexportable la obra 'Head of a young woman'. El banquero argumentó que estaba dentro su barco, de bandera inglesa, para así subastarlo en Christie's de Londres. Pero el bergantín estaba anclado en el puerto de Valencia y sometido a la jurisdicción es española.
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MADRID.- Cuando el banquero Jaime Botín-Sanz de Sautuola cayó en la cuenta del error cometido, ya era tarde: la casa Christie's había tramitado la solicitud para subastar en Londres su Picasso de 26,2 millones de euros, con su nombre y apellidos, el 5 de diciembre de 2012. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se movió rápidamente y en tan solo ocho días declaró inexportable el cuadro Head of a Young Woman (1906) como medida cautelar antes de integrarlo en el patrimonio español por su "excepcional importancia".
El hermano del fallecido presidente del Santander Emilio Botín, intentó entonces anular la solicitud: había habido un error, expuso. Argumentó que el cuadro era propiedad de una empresa panañema, propietaria de un velero de bandera inglesa atracado en el Puerto de Valencia, por lo que estaba sometido a la legislación de Gran Bretaña. Pero Cultura se lo impidió: la solicitud era válida y ya había iniciado los trámite para integrar el cuadro de Pablo Picasso en el patrimonio español.
Ahora, la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional resuelve en una sentencia que el cuadro es propiedad de Jaime Botín y confirma la prohibición de su exportación definitiva realizada por el director general de Bellas Artes, como medida cautelar dada la "excepcional importancia" de la obra de Pablo Picasso ((1881-1973).
La Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español aconsejó dicha prohibición a los ocho días de recibirse la solicitud de Christie's por "no existir una obra semejante en territorio español, siendo esta pintura una de las pocas obras realizadas por el autor dentro del denominado periodo de Gósol, etapa en la que Picasso se ve claramente influenciado por la plástica del arte ibérico, y en los hallazgos llevados a cabo en ese momento influirán decisivamente no sólo en el cubismo, sino también en la evolución posterior de la pintura del s.XX".
El cuadro había sido adquirido por Botín en 1977 en la sala de arte Marlborough Fine Arts de Londres, con destino a su colección particular. Así consta en la investigación que realizó por encargo de dicha Junta la conservadora jefe de Pintura y Dibujo 1881-1939 del Reina Sofía.
Uno de los viajes que marcó la obra de Picasso fue el que realizó en 1906 al pueblo leridano de Gósol, en la sierra del Cadí, donde pintó un centenar de cuadros. Esta etapa de investigación artística, a la que pertenece el cuadro de Botín, desembocó en su obra cubista Las señoritas de Avignon.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional confirma la validez de la decisión por cuanto "se trata de una medida cautelar que puede y debe adoptarse por la Administración cuando un bien no se haya declarado todavía de interés cultural y deba serlo por concurrir o poder concurrir los méritos que le hacen acreedor de tal condición".
La Audiencia Nacional también examina la propiedad del cuadro, ante los argumentos expuestos por la casa de subastas y el banquero con el fin de retirar la solicitud. Los magistrados concluyen que Botín es el propietario real de Head of a Young Woman y no la empresa panameña Euroshipping Charter Company Ltd.
Los magistrados resuelven que Botín les cedió la posesión, pero no la propiedad de la obra, un año después de constituirse la empresa panameña de la que también es accionista. La documentación aportada sólo acredita que el cuadro se encuentra en el barco Adix, con base en el Puerto de Valencia, "pero no añadiría ningún otro dato".
El Adix es un lujoso bergantín de diseño clásico de la línea de los superyates de vela. Tiene tres mástiles y 65 metros de eslora (212,76 pies). Fue construido por Astilleros Mallorca en 1982 y remodelado recientemente.
La Audiencia Nacional rechaza que la normativa inglesa prime en este litigio, aunque el Picasso esté a bordo de un bergantín de bandera británica. El Derecho Internacional del Mar establece que un barco debe someterse a las normas del estado ribereño, en este caso las españolas, al estar anclado en el Puerto de Valencia (Convenio de Montego Bay de 1982).
Los magistrados también ponen en duda el supuesto error de la casa de subastas Christie's al atribuir la propiedad de Jaime Botín, decir que el cuadro esté en Madrid y actuar en su nombre "dada su profesionalidad sobre este tipo de actividades de exportación".
"Lo expuesto determina la irrelevancia de las declaraciones del sr. Botín, de la entidad hoy recurrente [la empresa panameña] así como de la casa de subastas sobre la validez del desestimiento por el error de hecho advertido, siendo así que no puede concluirse que hubo error en el mandato otorgado a esta última" que, dado los términos del documento, "se trataba de un verdadero mandato representativo para actuar en nombre y por cuenta del sr. Botín".
La sentencia de la Audiencia Nacional puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, previo pago de una tasa judicial de 50 euros.
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