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Audiencia Nacional El juez archiva la causa contra los acompañantes de Puigdemont en Alemania

Diego de Egea ha dictado sobreseimiento provisional de la causa abierta por encubrimiento contra las cuatro personas que acompañaban al expresidente de la Generalitat cuando fue detenido el pasado mes de marzo en Alemania

El expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont (d) abandona la cárcel de Neumünster en Alemania, el 6 de abril de 2018. EFE/JENS SCHLUETER

europa press

El juez de la Audiencia Nacional Diego de Egea ha dictado sobreseimiento provisional de la causa abierta por encubrimiento contra las cuatro personas que acompañaban al expresidente de la Generalitat de Catalunya, Carles Puigdemont, cuando fue detenido el pasado mes de marzo en Alemania, porque "no tenían conocimiento" de la orden europea de detención que pesaba sobre él.

No obstante, pide a Fiscalía que informe sobre la procedencia de ordenar la detención de uno de ellos, el empresario Josep María Matamala, ya que no llegó a comparecer ante el juzgado cuando todos fueron llamados a prestar declaración.
El auto, dictado este lunes, se refiere a los agentes de los Mossos d'Esquadra Xavier Goicoechea Fernández y Carlos de Pedro López, el profesor de la Universidad de Barcelona Josep Lluís Alay, y el mencionado Josep María Matamala, a quienes la Policía Nacional denunció por encubrir el presunto delito de rebelión de Puigdemont motivando que Fiscalía abriese diligencias.

Según explica, para que concurra un delito de encubrimiento los autores deben "tener conocimiento de que la persona que trata de sustraer a la acción de la justicia es el autor de un delito" y de las diligencias practicadas en la causa, "se deduce que los cuatro investigados no tenían conocimiento de la activación de la orden europea de detención y entrega de la persona a la que acompañaban en el momento de ser detenido por simples relaciones de amistad".

"Consta la estancia de los investigados en Alemania el 25 de marzo de 2018, no existiendo indicios racionales de que los mismos tuvieran conocimiento de la orden europea de detención y entrega que fue dictada el 23 de marzo de 2018 por los tribunales españoles", señala el juez de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción número 6.

Ellos alegaron que le acompañaban a la fiscalía belga

Se da la circunstancia de que los tres acompañantes de Puigdemont que prestaron declaración ante De Egea el pasado mes de junio, alegaron que precisamente que su intención era acompañar al expresidente desde Finlandia hasta Bélgica, donde iba a ponerse a disposición de la Justicia dada la reactivación de la euro orden que había dictado el Supremo, tal y como explicaron fuentes jurídicas en aquel momento.

De Egea afirma además, que los acompañantes debían "actuar con el conocimiento de la comisión del delito previo", que en este caso sería un presunto delito de rebelión, "así como e con la finalidad de impedir el descubrimiento", sin que baste "la simple sospecha o presunción". Afirma que no se deduce "la existencia de estas conductas" en los cuatro investigados.

Sobre el particular de los dos miembros de los Mossos d'Esquadra, el juez expone que "el día que se llevó a cabo la detención de Carles Puigdemont los dos se encontraban disfrutando de la semana completa de fiesta que a cada no le correspondía por cuadrantes de servicio" ya que ambos "se encontraban de permiso de sus actividades laborales" entre el 18 y el 25 de marzo y por tanto, "fuera del ejercicio de sus funciones públicas".

Mientras, recuerda que Josep Lluis Alay, profesor universitario y recientemente nombrado asesor de la Generalitat de Catalunya por Joaquim Torra, "no tiene calidad de funcionario público".

En cuanto a Matamala, que se encuentra "en paradero desconocido", el juez da traslado a Fiscalía — que aún no ha sido notificada al respecto— "a fin de que informe sobre si procede la orden de búsqueda internacional, detención y presentación sobre el mismo", dado que cuando fue citado a declarar no compareció, alegando, según fuentes de su entorno, que no había recibido la citación en su domicilio en Bélgica.

Así, decide archivar "existiendo una ausencia de mínimos indicios racionales y objetivos, reveladores de cualquier género de participación de los investigados" en los delitos, aunque se trata de un sobreseimiento provisional, de modo que podría reabrirse a la luz de nuevos datos de interés y contra el que cabe recurso de la Fiscalía.

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