El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite por unanimidad los recursos interpuestos por el Gobierno contra la Ley de Consultas y la convocatoria del 9-N que han sido interpuestos este lunes por la Abogacía General del Estado. La suspensión se ha producido de forma automática, como está establecido cuando es el Gobierno el que presenta los recursos de inconstitucionalidad y lo solicita de forma expresa.
El Pleno ha adoptado esta decisión esta tarde en tiempo récord, tras dos horas de reunión en una convocatoria realizada de urgencia después de que se registraran los dos recursos este mediodía. Los magistrados han introducido una explicación clara sobre los efectos de dicha suspensión mientras resuelven el fondo del asunto.
La admisión a trámite no supone que se haya pronunciado sobre el fondo del asunto. La suspensión cautelar es consecuencia de la aplicación del articulo 161.2 de la Constitución que regula que la impugnación del Gobierno a una disposición o resolución autonómica provocará su suspensión durante un tiempo de cinco meses, pasado lo cual deberá ratificar o levantar esta medida.
El Pleno ha estado compuesto por doce de los magistrados del Constitucional. Además, se ha designado ponente del recurso contra la Ley de Consultas de Catalunya a Pedro González Trevijano, miembro del TC propuesto por el Gobierno del PP y Juan Antonio Xiol, magistrado de larga trayectoria y de tendencia progresista que fue propuesto por los vocales del PSOE en el Consejo General del Poder Judicial.
Al término del Pleno, el Tribunal Constitucional ha difundido un comunicado en el que sostiene que, en una 'sesión ordinaria celebrada' hoy, ha admitido a trámite los dos recursos de inconstitucionalidad presentados por el Gobierno. 'Como quiera que el Presidente del Gobierno ha invocado en sus recursos el artículo 161.2 de la Constitución ─explica la nota─, conforme al cual cuando el Gobierno impugna ante este Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas, la impugnación produce la suspensión de la disposición recurrida, el Tribunal ha acordado la suspensión tanto de los preceptos recurridos de la Ley como del Decreto impugnado'.
'En el presente caso, la decisión del Pleno de no demorar su resolución ─limitada a comprobar la concurrencia de las condiciones procesales de admisibilidad de los recursos, sin consideración alguna respecto al fondo de los mismos─ obedece a que el Tribunal Constitucional es consciente de la trascendencia constitucional y política de las cuestiones planteadas, para la sociedad española en su conjunto y, en particular, para la catalana', destaca el comunicado.
Los dos recursos han sido interpuestos a las 13 horas de hoy, después de un Consejo de Ministros extraordinario celebrado en La Moncloa en el que Mariano Rajoy ha anunciado estas medidas ante una consulta que quiere 'privar a todos los españoles del derecho a decidir lo que es su país'. Mientras él sea presidente del Gobierno, ha añadido, la ley 'se va a respetar en toda su integridad' y ha argumentado que las normas pueden reformarse, pero respetando los cauces democráticos.
Por su parte, Pedro Sánchez, líder del PSOE, ha anunciado el apoyo de su partido a estos recursos, aunque ha alertado de que la ley no se aplica leyendo artículos sino a través de la actuación política.
https://www.quoners.es/debate/cual-crees-que-sera-el-siguiente-paso-plan-b-si-artur-mas-no-puede-celebrar-la-consulta-soberanista
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