Especulación de productos de primera necesidad de los que dependa una generalidad de personas, desviación ilícita de fondos internacionales aprobados para paliar catástrofes, aprovechamiento ilícito de bienes de las víctimas, destrucción irreversible de ecosistemas... El I Congreso de Jurisdicción Universal en el siglo XXI ha aprobado una propuesta de renovación del principio de justicia universal que abarca delitos con consecuencias graves para la humanidad.
Las conclusiones del congreso abren ahora un periodo de discusión entre académicos y juristas con el fin de acordar un documento que sustituya al aprobado en Princeton en el año 2001. El Congreso entiende que, trece años después, la experiencia y aplicación de este principio del derecho internacional ha sufrido novedades y transformaciones de calado, por lo que se impone una reflexión sobre los logros, fracasos y desencuentros.
En el documento de Madrid, se propone que la justicia universal se aplique sin que se requiera conexión con el país, que los estados creen unidades especializadas de jueces y fiscales para perseguir estos delitos, sobre los que no operará el secreto bancario para indemnizar a las víctimas. En su punto primero, proclama que el principio de jurisdicción universal determinará la obligación de invesitgar y enjuiciar por los tribunales de los países que lo reconozcan, con independencia del lugar donde se hayan cometido el delito, la nacionalidad del sospechoso, de las víctimas o de cualquier vínculo siempre que los hechos no hayan sido juzgados en otro tribunal nacional competente, y si se ha celebrado juicio, no se haya respetado el derecho al debido proceso.
En el punto segundo, la declaración aplica los delitos que serán objeto de persecución intenacional a los ya existentes, como son el genocidio, lesa humanidad, crímenes cometidos en el contexto de una guerra, piratería, esclavitud, desaparición forzada, tortura... Pero también se extiende a los 'graves delitos contra la naturaleza y el medio ambiente', así como a los 'crímenes económicos' que afecten de manera grave a una generalidad de personas.
Entre estos crímenes económicos, la Declaración de Madrid incluye los fraudes alimentarios, la especulación precios de materias primas de las que que dependa una 'generalidad de personas', la explotación laboral e ilegal de menores, la explotación ilícita de recursos naturales que afecten a la salud, la desviación ilícita de fondos internacionales aprobados para paliar catástrofes, el tráfico de armas ilícito, el aprovechamiento ilícito de bienes de las víctimas y la destrucción irreversible de ecosistemas, entre otros.
La propuesta de Madrid expresa que cualquier persona física o jurídica podrá ser responsable penal y civil de estos, 'en particular los superiores jerárquicos en estructuras organizadas de poder así como sus subordinados que no podrán alegar obediencia debida'. En el punto tres, la Propuesta de Madrid proclama que los estados podrán establecer en sus respectivas legislaciones nacionales normas respecto de aquellos delitos que conforman el núcleo de la delincuencia organizada transnacional.
https://www.quoners.com/debate/crees-que-los-derechos-humanos-y-la-justicia-universal-estan-supeditados-a-los-intereses-economicos-de-las-naciones
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