Un tribunal de Milán ha condenado a seis meses de reclusión a tres dirigentes de Google Italia por la divulgación en 2006 de un vídeo con vejaciones a un joven autista en un centro escolar de Turín. El tribunal milanés condenó a seis meses de cárcel a tres de los cuatro imputados por el delito de violación de la intimidad, mientras que desestimó la acusación por difamación.
Los condenados, aunque no tendrán que ir a la cárcel según la legislación italiana, son David Carl Drummon, ex presidente del Consejo de Administración de Google Italia y actual vicepresidente senior, George de los Reyes, ex miembro del Consejo de Administración de Google Italia y actualmente jubilado, y Peter Fleitcher, responsable para las estrategias de privacidad en Europa de Google.
El juez tampoco concedió el resarcimiento que habían pedido las partes civiles
El dirigente absuelto fue Arvind Desikan, responsable del proyecto Google Vídeo para Europa, a quien se le acusaba sólo de difamación. El juez tampoco concedió el resarcimiento que habían pedido las partes civiles y el ayuntamiento de Milán.
El vídeo en cuestión mostraba cómo el joven autista era insultado y objeto de mofa por parte de compañeros suyos de un centro de formación de la ciudad italiana de Turín (norte), imágenes que fueron colgadas en septiembre de 2006 durante dos meses en 'Google Video'.
La grabación, fue colgada el 8 de septiembre y permaneció hasta el 7 de noviembre sin que fuese retirado, el filmado había sido incluido en la categoría de vídeos más divertidos y había llegado al puesto número 29 de las imágenes más vistas.
Tras la sentencia, un portavoz de Google Italia, Marco Pancini, anunció que recurrirán la sentencia ya que 'representa un ataque a los principales fundamentos de la libertad en la que se basa Internet'.
Pancini añadió que los dirigentes están 'profundamente turbados' ya que 'ellos no lo colgaron, no lo grabaron, ni pudieron verlo' y explicó que 'si se culpase a los responsables de Facebook o Youtube del material que se cuelga, significaría el final de Internet tal y como lo conocemos'
Para el fiscal del caso, 'el derecho de empresa no puede prevalecer sobre la dignidad' y con esta sentencia se 'dicta una palabra clave para defender la tutela de las personas'.
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