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El Tribunal de Estrasburgo culpa a Italia de tortura por hacinar a presos

La denuncia de un reo contra las autoridades de Roma abre la puerta a nuevas reclamaciones

SANDRA BUXADERAS

Mantener a los presos apiñados en sus celdas, con apenas espacio para moverse más allá de sus camas es una tortura y un trato degradante. Así lo entiende el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo, que ha condenado al Estado italiano a resarcir a un preso por obligarle a convivir con otros cinco detenidos durante varios meses en una celda diseñada para sólo dos personas. La sentencia crea un precedente no sólo en Italia, que se enfrenta a un posible alud de reclamaciones, sino también en los demás miembros del Consejo de Europa, entre ellos España.

Quien se ha atrevido a denunciar la aglomeración en la cárcel es Izet Sulejmanovic, un ciudadano bosnio detenido por robo y falsedad documental en Italia. Sulejmanovic se enfrentó al Estado italiano en 2003 por haberle obligado a convivir durante seis meses la Corte considera probados dos y medio en una celda de la cárcel romana de Rebibbia de sólo 16,2 metros cuadrados junto a otros cinco presos. Cada uno de ellos disponía, por tanto, de sólo 2,7 metros cuadrados, muy lejos de los 7 que establece como mínimo el Comité Europeo de Prevención de la Tortura.

En este exiguo recinto el preso bosnio debía pasar, según su relato, casi 20 horas al día, sin más desahogo que la visita al cuarto de baño adjunto, de apenas 5 metros cuadrados. Las comidas las tenía que hacer en la celda porque la cárcel no tenía un refectorio para los presos. Sulejmanovic añade en su acusación que otro agravio fue que no se le concedió ningún trabajo en prisión, tal y como había pedido.

El Tribunal aceptó parcialmente la defensa del Estado italiano, que asegura que Sulejmanovic podía pasar algo más de tiempo fuera de su celda entre el horario de patio, el del paseo por el corredor y el de la posible cena en celdas de otros presos. Sin embargo, la sentencia consideró que mantenerle la mayor parte del día en una celda abarrotada infringe el artículo número 3 de la Convención de Derechos Humanos, que prohíbe cualquier forma de tortura y trato degradante.

En su sentencia, el Tribunal toma como referencia las recomendaciones del Comité Europeo de Prevención de la Tortura, que entiende que cada detenido debe disponer de un espacio mínimo de 7 metros cuadrados, con una distancia entre cada muro de, al menos, 2 metros y una altura de 2,5.

Aunque se trata sólo de un consejo, el Tribunal entiende que limitar el espacio de un preso a sólo 2,7 metros es un claro 'daño moral'. 'La falta flagrante de espacio personal que ha sufrido el denunciante es, en sí, constitutivo de un trato inhumano o degradante', añade.

Además, el Tribunal obligó a Italia a resarcir a Sulejmanovic con 1.000 euros, aunque el preso había pedido más. Los jueces entienden que todas las demás condiciones de la celda aireación, luz, higiene, temperatura eran buenas. De los siete jueces, dos votaron en contra por considerar que el hacinamiento en las cárceles no puede ser considerado tortura si no hay agravantes.

Los sindicatos de policía y asociaciones de derechos de los presos, como Antígona, llevaban tiempo denunciando la sobrepoblación de las cárceles italianas sin éxito. En Italia hay 63.687 reclusos, al tiempo que el presidente de Antígona, Patrizio Gonnella, estima que la capacidad máxima es de 43.000. La policía penitenciaria se queja, además, de falta de agentes.

Esta es la segunda causa que gana Sulejmanovic ante el Tribunal de Estraburgo. Años antes consiguió que el Estado italiano le readmitiera a él y a otras 50 personas que, como este bosnio, también eran de etnia gitana.

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