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La causa de Garzón contra el franquismo llega a Estrasburgo

Presentada en el TEDH la denuncia por un caso de desaparición forzada durante la dictadura. Se trata del siguiente paso tras la investigación de Garzón frustrada por el Supremo

PATRICIA CAMPELO

Cuando en febrero de este año el Tribunal Supremo cerró la puerta a la investigación penal de los crímenes franquistas en España, abrió al mismo tiempo una ventana. Con la sentencia que absolvió al ex juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón de un caso de prevaricación por tratar de investigar los casos de desapariciones forzadas durante la dictadura, el Alto Tribunal fulminó cualquier posibilidad de recabar justicia en los tribunales españoles. Se daba, de este modo, el último paso de un itinerario obligado antes de llamar a las puertas de Europa. Ahora, una de las víctimas que formaba parte del sumario de Garzón acaba de demandar al estado español ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH). Fausto Canales Bermejo, hijo de un desaparecido en Pajares de Adaja (Ávila) el 20 de agosto de 1936, ha interpuesto la denuncia ante el TEDH 'por la falta de investigación en la desaparición forzada de su padre', según informa Right International Spain (RIS), el colectivo que integra al equipo de juristas que representa a Canales en este proceso.

El escenario en el que llega esta demanda es bien distinto al que existía cuando otras víctimas interpusieron, sin éxito, denuncias similares ante el tribunal europeo. 'Se trata de la primera demanda que se presenta después de la sentencia del Supremo de 27 de febrero por la cual Garzón queda absuelto de un delito de prevaricación y, al mismo tiempo, se anula cualquier posibilidad de realizar una investigación judicial en este sentido', aclara Lydia Vicente, jurista miembro de RIS. Agotada la vía penal en los tribunales españoles, el siguiente y último paso tiene que darse en Estrasburgo. En caso de que el tribunal europeo no admitiese a trámite la demanda y no entrase en el fondo de la cuestión 'desaparecerá toda posibilidad de poner fin a las violaciones de derechos y a la obtención de reparación para el demandante', advierte RIS.

Agotada la vía penal en España, el siguiente y último paso tiene que darse en Estrasburgo

Pero la formulación de la demanda, en forma y plazo según los requisitos del TEDH, otorga esperanzas al hijo de Valerico Canales.

La víctima fue sacada a la fuerza de su casa a las dos de la madrugada por un grupo de falangistas y sus restos, según sospecha la familia, podrían estar en la caja 198 de la cripta del Valle de los Caídos. Su hijo Fausto no ha cejado nunca en la búsqueda de la verdad sobre el paradero de su padre y circunstancias de la desaparición. En diciembre de 2007, presentó una denuncia ante la Audiencia Nacional con la esperanza, al igual que otras víctimas, de 'que se aplicaran los mismos principios de derecho internacional utilizados con anterioridad para investigar crímenes y reparar víctimas de otras dictaduras, como la argentina o la chilena'.

Hace siete meses, el Supremo resolvió la cuestión de competencia suscitada en 2009 que debía dilucidar sobre qué juzgados debían investigar los delitos del franquismo. El auto de 28 de marzo determinó que los juzgados territoriales serían los competentes en lo relativo a los crímenes cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo así como las exhumaciones en fosas comunes, cerrando toda posibilidad de investigación penal al no admitir la consideración de 'delitos contra la humanidad'. La Sala solo aceptó que los descendientes de desaparecidos pudieran acudir a la justicia penal para la apertura de estos enterramientos ante los juzgados territoriales de la zona donde se hallara la fosa, algo que, por otro lado, ya posibilitaba la Ley de memoria histórica. Esta norma ofrece facilidades para la apertura de fosas comunes desde 2007. Es decir, las exhumaciones ya se realizan desde hace años al margen de la competencia que el Supremo dio en su auto de marzo a los juzgados territoriales.

La formulación de la demanda, en forma y plazo según los requisitos del TEDH, otorga esperanzas al hijo de Valerico Canales

'Ese auto reafirma los argumentos de la sentencia de 27 de febrero que absolvió a Garzón pero que cerraba la puerta de la vía penal para la investigación sobre la suerte y paradero de las personas desaparecidas'. 'Ese texto determinó que el juez penal no tiene nada que hacer respecto a la investigación de los hechos delictivos y limita su actuación a la mera apertura de fosas', subraya Vicente. Así, los juzgados territoriales no investigan alegando la ley de amnistía, la falta de competencia penal o que los delitos han prescrito. 'Existen al menos cuatro casos abiertos en juzgados territoriales que han sido archivados alegando los argumentos dados por la sentencia y por el auto del Tribunal Supremo', añade.

Por todas estas consideraciones, la senda que se abre paso para Fausto Canales y, por extensión, al resto de víctimas del franquismo, toma un cariz optimista. Frente a la docena de denuncias similares presentadas ante el TEDH, y rechazadas, la interpuesta este mes por Canales llega en un contexto favorecedor para exigir al estado el cumplimiento de su responsabilidad en materia de derechos humanos.Casos como el del diputado socialista en 1936 Luís Dorado Luque, el del presidente de la República Juan Negrín o los que se refieren a la apertura de fosas y a la revisión de sentencias de juicios sumarísimos ni siquiera fueron admitidos a trámite por el tribunal europeo. 'Estrasburgo aún no se ha pronunciado sobre la violación del estado español de sus obligaciones respecto a las víctimas de desapariciones forzadas que comenzaron en la Guerra Civil y continuaron en el franquismo', arguye RIS.

Fausto Canales ha realizado una incesante actividad para conocer la suerte y el paradero de su padre 'pero sólo ha encontrado respuestas elusivas y contradictorias por parte de las autoridades españolas, ausencia de información y obstáculos en su investigación'. 'El estado español ha tenido oportunidades para poner remedio a las violaciones de derechos humanos, por tanto sólo él es responsable de no haber actuado con la debida diligencia', defiende el grupo de juristas.

España suscribió el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales en octubre de 1979, lo que implica una serie de obligaciones ante las graves violaciones de estos derechos. La desaparición forzada es una de ellas, 'tiene carácter continuado y se debe investigar hasta poner fin a esa violación así como garantizar el derecho a las víctimas a saber la verdad y obtener justicia y reparación', concluyen.

Esta tarde a las 19.00 en el Ateneo madrileño tendrá lugar un acto moderado por el magistrado emérito José Antonio Martín Pallín en el que se explicarán al público los detalles de la demanda ante el TEDH.

Al margen de las obligaciones que tiene España con las víctimas del franquismo en virtud del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos, en Buenos Aires prosigue la investigación penal contra algunos de los responsables de delitos durante la dictadura. La diferencia con la labor del TEDH -al que se le demanda la falta de responsabilidad del estado español en cuanto al cumplimiento del citado convenio- reside en que la querella interpuesta en Buenos Aires el 14 de abril de 2010 busca recabar responsabilidades penales personales entre las autoridades de la dictadura. 

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