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Los delitos investigados en Bankia suman 15 años de prisión

Apropiación indebida, administración desleal, falsedad en los balances y maquinación para alterar el precio de las cosas

ANDRÉS MUÑIZ

Los cuatro delitos que el juez Fernando Andreu investiga en el 'caso Bankia', cuyo principal imputado es el ex presidente de la entidad, Rodrigo Rato, sumarían un total de 15 años de cárcel en el caso de que se llegara a juicio y se condenara a alguno de los imputados por todos ellos y se les impusiese la pena máxima. Según expone el auto de admisión a trámite de la querella de UPyD, los imputados pudieron cometer, presuntamente, un delito de falsedad de cuentas anuales y de los balances, otro de administración desleal o fraudulenta, un tercero de maquinación para alterar el precio de las cosas, y un cuarto de apropiación indebida, este último en relación a las prejubilaciones y blindajes auto-concedidos por los consejeros de las cajas.

 Según explica el propio juez, el delito de falsedad de cuentas y balances tiene una pena de prisión de uno a tres años, según se tipifica en el artícilo 290 del Código Penal. En relación a Bankia, el magistrado señala que se ha denunciado que sus consejeros y los de la entidad matriz, BFA, 'distorsionaron la cuentas de ambas entidades, a fin de dar la impresión o crear la ficción de que su situación patrimonial era mejor que la realmente existente, lo cual les sirvió para mejorar los distintos ratios de solvencia y ganarse la confianza de los inversores en la salida a bolsa y en la subsiguiente cotización'.

En cuanto al delito de admisnistración fraudulenta, la pena que le asigna el artículo 295 del Código Penal es de seis meses a cuatro años de prisión. Aplicado a Bankia, según hace el juez, la querella describe y documenta un perjuicio económicamente evaluable a todos los accionistas del banco 'debido a la denunciada disposición fraudulenta de los bienes de la Sociedad mediante una gestión social en la que habría prevalecido el favor político al rendimiento económico, mediante una serie de ruionsas inversiones que a la postre provocaron la descapitalización de la sociedad', que los consejeros se habrían encargado de ocultar mediante técnicas de manipulación contable.

El tercer delito investigado es la maquinación para alterar el precio de las cosas (artículo 284 del Código Penal), penado con entre seis meses y dos años de cárcel. En Bankia, se referiría a la denuncia de que sus consejeros y gestores difundieron documentación contable o informativa que arrojaba una imagen de la sociedad absolutamente irreal, acreedora de una solvencia de la que carecía, con la finalidad de poder salir a bolsa.

 Por último, se persigue un delito de apropiación indebida en concurso y admisnitración desleal en relación a las prejubilaciones y blindajes auto-concedidos por los consejeros de las cajas. Previsto en el artículo 252 del Código Penal, tiene penas de prisión de entre seis meses y seis años de prisión de acuerdo a lo que señala el juez en el auto.

 En todo caso, fuentes próximas al Juzgado destacaron que la individualización de las imputaciones se realizará a partir del análisis de la documentación y de la toma de declaraciones de querellados y testigos. Por lo que los consejeros inculpados podrían ser imputados por alguno, varios o todos los delitos citados, dependiendo de la marcha del procedimiento.

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