Al fin Resurrección Galera podrá volver a su puesto de trabajo. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado que la Iglesia Católica, el Ministerio de Educación y la Junta de Andalucía tendrán que readmitir a esta profesora de Religión a la que el Obispado de Almería no renovó su contrato para el curso 2002/03 por haberse casado por lo civil con un divorciado.
Tras más de diez años luchando por que se hiciera justicia, Resu al final la ha conseguido. Y esta vez ya no habrá recurso que valga para seguir apartándola de su labor docente. Además, la sentencia obliga a que se reembolse el salario que ha dejado de percibir durante este tiempo. Según se redacta en la misma todos están implicados porque 'el Obispado proponía, el Ministerio contrataba y pagaba, y la actividad laboral se realiza en centros dependientes de la consejería'.
Nada más conocer la sentencia, Resurrección ha pedido su readmisión 'inmediata' y ha subrayado que 'su vida es la enseñanza' y que 'lo que más desea' es retomar la actividad docente cuanto antes. A su vez, ha calificado 'muy positivamente' la sentencia del Alto Tribunal Andaluz.
El mayo de 2011 el Juzgado de lo Social número 3 de Almería cambió el sentido de una sentencia anterior que desestimaba la denuncia de la profesora por despido nulo. Pese a su experiencia profesional Galera impartía clase desde 1994 en el colegio público que determinaba cada año el Obispado, la Iglesia entendió que su vida en pareja sin contraer matrimonio canónico era incompatible con el cargo de maestra.
Tanto el Juzgado de lo Social número 3 de Almería como el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía respaldaron en su día que se trataba de 'una relación laboral objetivamente especial que se caracteriza por la confianza que requiere el trabajo encomendado, por lo que es lógico que no se produzca la propuesta si quien tiene atribuida legalmente la competencia para efectuarla la jerarquía eclesiástica ha perdido la confianza en la actora para impartir clases de Religión católica, porque considera que por el hecho de haber contraído matrimonio civil se ha apartado de la doctrina de la Iglesia'.
El cambio de criterio lo propició en abril el Tribunal Constitucional, que obligó a repetir el juicio teniendo en cuenta que la decisión del Obispado de Almería había vulnerado los derechos de la profesora a no sufrir discriminación por circunstancias personales; a la libertad ideológica en conexión con el derecho a contraer matrimonio en la forma legalmente establecida y a la intimidad personal y familiar.
Como la sentencia no era firme, la Iglesia recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que este viernes ha dictado sentencia.
Cuando fue despedida, en mayo de 2001, Resu trabajaba dando clase a alumnos de Primaria en el colegio público Ferrer Guardia, en el barrio almeriense de La Cañada. Un anónimo comunicó al Obispado la boda civil de la profesora con un hombre divorciado de nacionalidad alemana. En agosto, tras siete años de ejercicio docente, el nombre de Resu no figuraba en el listado que el Obispado envía cada año a la Junta de Almería con los nombres de los profesores que ha elegido para impartir las clases de Religión.
El marido de la profesora, Johannes Romes, antiguo jefe de prensa del Bundestag, el Parlamento alemán, fue quien llevó el caso a los medios de comunicación. Finalmente, tras casi once años peleando por sus derechos, Resu podrá recuperar su plaza de maestra y cobrar los sueldos que le deben.
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