Público
Público

Siete leyes sociales en estado terminal

El adelanto electoral hace imposible ya la aprobación de varias de las 'prioridades legislativas' del Gobierno

 

ANNA FLOTATS

La Ley General de Salud Pública ha sido la última norma social que, aprobada in extremis la semana pasada, ha logrado colarse en el bagaje legislativo del Gobierno. Muchas otras, sin embargo, se quedarán en el tintero. La inminente disolución de las Cortes Generales, el próximo 27 de septiembre, deja en el camino varios proyectos de ley que el PSOE había calificado de 'prioridades legislativas', como la Ley de Muerte Digna o la Ley de Igualdad de Trato y No Discriminación. De hecho, el candidato socialista, Alfredo Pérez Rubalcaba, ya anunció que estas dos normas serán las primeras que apruebe si el 20-N se convierte en presidente del Gobierno.

Lo que sigue es un listado de compromisos del Ejecutivo socialista convertidos en proyectos frustrados. Algunos no salieron adelante por falta de tiempo; otros, por falta de acuerdo, como la prometida reforma de la Ley de Libertad Religiosa. El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, ya advirtió en noviembre del año pasado que la modificación de la norma, criticada por la Iglesia y la derecha política y mediática, era 'conveniente pero no urgente'.

Rubalcaba quiere aprobar las leyes de muerte digna e igualdad de trato

Finalmente, casi un año después, y al inicio de un ciclo electoral como entonces, el proyecto descansa, junto con tantos otros, en el cajón de las promesas del PSOE que el Gobierno no ha querido o podido cumplir.

Rescate electoral

La Ley reguladora de los derechos de la persona ante el proceso final de la vida, más conocida como la Ley de Muerte Digna, era una de las principales apuestas de Leire Pajín al frente del Ministerio de Sanidad. Considerada desde el principio por el ala más conservadora del PP y distintas entidades de ultraderecha como un intento del Gobierno socialista para regular la eutanasia de forma encubierta, el proyecto, consensuado con el sector sanitario, perseguía que estos enfermos vieran mejoradas las condiciones de la asistencia que reciben, tuvieran garantizado el respeto a su decisión sobre el tratamiento a seguir y el derecho a las mismas prestaciones en toda España.

La norma, que seguía las líneas marcadas por la Ley sobre Dignidad de la Persona en el Proceso de Muerte de Andalucía, pretendía extender a toda la población el derecho de estos pacientes a ser atendidos en su domicilio si así lo desearan, una posibilidad ya reconocida en la norma andaluza y, más recientemente, en las leyes autonómicas navarra y aragonesa. Por eso, la Asociación Española Contra el Cáncer, una de las entidades con más experiencia en paliativos, se acaba de dirigir a los partidos para que incorporen en sus programas este tipo de medidas de cara a las elecciones.

La situación de los menores en desamparo seguirá como hasta ahora

La ley, que no incluía la despenalización de la eutanasia, pretendía garantizar el acceso de los pacientes terminales a la sedación paliativa, aun en caso de discrepancia con el médico. Se trataba de evitar que en el futuro pudieran repetirse episodios como el del doctor Luis Montes, el médico del Hospital Severo Ochoa de Leganés (Madrid) que fue acusado de aplicar sedaciones irregulares y luego exonerado por los tribunales, informa Antonio González.

Equiparación a Europa

Tampoco verá la luz la ley que pretendía, entre otras medidas, dejar fuera de las subvenciones públicas a los colegios que segregan a los alumnos por sexo. En términos generales, la Ley de Igualdad de Trato pretendía combatir la discriminación en el empleo, la educación y el acceso al trabajo, la vivienda o los servicios sociales y sanitarios.

El proyecto de ley, que el Consejo de Ministros presentó el pasado 29 de mayo, incluía también un paquete de sanciones (de entre 300 y 500.000 euros) para quienes incumpliesen las normas. Se señaló 2013 como el año de entrada en vigor.

La falta de tiempo ha impedido contar con una ley de protección animal

La iniciativa, una promesa electoral del PSOE, desarrollaba los artículos 9 y 14 de la Constitución sobre la igualdad de todos los ciudadanos y la obligación del Gobierno de velar por su cumplimiento. Además de la discriminación 'por lugar de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, condición y opinión, ahora también hablamos de edad, discapacidad, identidad sexual y enfermedad', defendió antes de verano la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín.

Con la nueva ley, el Gobierno pensaba poner a España al nivel de la mayoría de países miembros de la UE, que ya habían aprobado normas similares en años anteriores, como Alemania, Holanda, Austria y Suecia. Además, el Gobierno preveía crear una Fiscalía especializada y aunar en un nuevo organismo, la Autoridad Estatal para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, las entidades que trabajan en estas materias, informa Daniel Ayllón.

Negocio en los medios

La retirada de los anuncios de prostitución en los medios de comunicación ha estado marcada, en todo momento, por la demora y el desacuerdo. Desde que en 2007, una comisión parlamentaria calculó en 40 millones de euros anuales el dinero que ganaban los periódicos españoles con este tipo de publicidad, los intentos de una parte del Gobierno (el presidente José Luis Rodríguez Zapatero, y las ministras Leire Pajín y Bibiana Aído) y de la mayoría de grupos parlamentarios por erradicar estos anuncios de la prensa cayeron en saco roto.

Ni siquiera un contundente informe del Consejo de Estado a favor del veto de estos anuncios consiguió acelerar los trámites. Después de varias reuniones con los grupos parlamentarios, el Gobierno propuso finalmente modificar la Ley General de Publicidad (aunque el Consejo de Estado recomendaba la elaboración de una nueva norma) para incluir la prohibición de estos anuncios en los medios escritos y digitales. Antes del verano, los grupos aún esperaban una reunión conjunta con el Gobierno para debatir la propuesta, que a muchos, además, parecía insuficiente.

Protección de menores

'Mejorar la protección del menor, evitar posibles situaciones de desamparo y agilizar los trámites de la adopción y acogida'. Esos eran los objetivos de la actualización de la legislación sobre Protección a la Infancia, según la ministra de Sanidad, Leire Pajín. El pasado 8 de julio el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de ley, que también buscaba potenciar el acogimiento familiar de menores en situación de desamparo frente a su ingreso en centros tutelares.

Los CIE siguen siendo uno de los 'agujeros negros' del estado de Derecho

La actual legislación, de 1996, ha sido muy criticada por entidades privadas y públicas de defensa del menor, la Fiscalía General del Estado, el Comité de los Derechos del Niño y el propio Defensor del Pueblo.

Uno de los puntos más polémicos de la reforma es la situación de los centros de menores con trastorno de conducta, es decir, centros que acogen a menores con problemas de inadaptación familiar o social y de conducta, pero que no han delinquido. Estos centros han sido objeto de denuncia por parte del Defensor del Pueblo.

Aunque la denuncia más grave se produjo en febrero de 2009 cuando la institución denunció que algunos de estos centros llegaban a usar 'celdas de aislamiento atroces', informa Alejandro Torrús.

Falta de garantías

Tras la aprobación de la Ley de Extranjería, el 11 de diciembre de 2009, el Gobierno dividió el reglamento que desarrollaba la norma en dos partes: la relativa a la convivencia, la integración o la reagrupación familiar, dependiente del Ministerio de Trabajo e Inmigración; y la que debía desarrollar las condiciones de internamiento en los Centros de Internamiento para Extranjeros (CIE), a cargo del Ministerio del Interior. Aunque con un año de retraso, Trabajo e Inmigración cumplió con su cometido (entró en vigor el pasado 29 de julio), pero Interior no ha dado ningún paso al menos, que se haya hecho público por desarrollar el gobierno de los centros.

Los CIE, donde los sin papeles pueden estar encerrados hasta 60 días sin necesidad de haber cometido un delito, son uno de los agujeros negros del Estado de Derecho, según las organizaciones de derechos humanos que trabajan con inmigrantes, debido a su falta de garantías y transparencia. Frecuentemente, son comparados con las cárceles. A diferencia de estas, donde los internos sí que han cometido delitos, en los CIE se interna a extranjeros que han cometido una falta administrativa: carecer de una documentación en regla.

Los esfuerzos contra los anuncios de prostitución han caído en saco roto

También hay delincuentes a los que un juez ha cambiado su internamiento en una cárcel por la expulsión de España. Es frecuente que unos y otros convivan juntos en su interior. En los CIE no puede entrar la prensa ni las ONG, a excepción de Cruz Roja, a la que el Gobierno ha permitido el acceso a algunos CIE este año.

Para velar por la integridad de los internos, la nueva Ley de Extranjería incluyó en su artículo 62 que los centros 'dispondrán de servicios de asistencia social y sanitaria' y que las organizaciones para la defensa de los inmigrantes y los organismos internacionales 'podrán visitar los CIE'. No obstante, instaba a desarrollar 'reglamentariamente' las condiciones para la prestación de estos servicios.

Competencia regional

El 30 de septiembre de 2009, la Comisión de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca del Congreso de los Diputados aprobó a instancias del entonces diputado de Iniciativa per Catalunya Verds, Joan Herrera, una proposición no de ley (PNL), en la que instó al Gobierno a la 'elaboración de una Ley de Protección Animal'.

Con el objetivo de 'ir más allá en el bienestar animal', se creó un grupo de alto nivel para estudiar las posibilidades jurídicas de la iniciativa. Sin embargo, el ponente del Grupo Socialista Alejandro Alonso asegura que el margen era 'muy pequeño', debido a que las comunidades autónomas tienen transferidas la mayoría de las competencias.

No obstante, el pequeño margen no borró de la agenda socialista el estudio de la ley. Alonso defiende que, aunque la agrupación votó a favor de la proposición no de ley y cumplió con todos los requisitos necesarios para la elaboración de la norma, su desarrollo fue inviable porque 'no dio tiempo'.

 Carpetazo a una norma incómoda

“Avanzar en la condición de laicidad que la Constitución otorga al Estado”. Ese era en 2008, según dijo entonces el Ejecutivo socialista, el objetivo de la reforma de la Ley de Libertad Religiosa. La oposición del PP y el temor socialista de no lograr la mayoría necesaria en el Congreso frenaron una reforma, reclamada por ERC, que no ha pasado de borrador.

Artículo 13

'Las Administraciones Públicas competentes destinarán suelo para usos religiosos de acuerdo con sus necesidades y disponibilidades (…) no pudiendo dificultar arbitrariamente la actividad religiosa llevada a cabo [en los centros]'

La Generalitat de Catalunya ya hubiera incumplido este artículo porque la semana pasada aprobó el proyecto de reforma de la ley de centros de culto, con la que pretende frenar el incremento de mezquitas en la comunidad. La modificación de esta norma, aprobada en 2009 por el Tripartito, exime a los ayuntamientos de la obligación de reservar suelo para la construcción de nuevos centros de culto. La construcción de mezquitas ha generado conflictos entre la comunidad musulmana y los ayuntamientos de Lleida, Reus y Badalona.

Artículo 16

'Los empleados públicos y los trabajadores pertenecientes a una entidad religiosa (...) podrán sustituir por motivos religiosos el día de descanso semanal fijado por las leyes'

La normativa laboral todavía no se ha adecuado a la libertad de culto. La ley de Libertad Religiosa vigente es de 1980, cuando la inmigración era anecdótica en España, lo mismo que sucedía con las religiones distintas al catolicismo.

Artículo 17

'Se procurará la adecuación de la alimentación a los preceptos religiosos en los establecimientos públicos, así como en los centros docentes públicos y privados'

El borrador de la ley señala que si el centro no puede adaptarse a la alimentación de la persona interesada, no podrá impedir que esta ejerza su derecho de manera particular en las instalaciones del centro.

Artículo 26

'El Estado no podrá adoptar ninguna religión o credo. Los poderes públicos mantendrán la neutralidad ante la religión o las creencias y evitarán toda confusión o identificaciones estatales y actividades religiosas'

Este es el primer artículo del capítulo V, que se titula “Laicidad del Estado” y asienta las bases de la relación entre el Estado y la religión. Aunque menciona la “neutralidad” de los poderes públicos para evitar que ninguna de sus acciones pueda interpretarse como un apoyo hacia una confesión religiosa, no se afirma que España será un Estado laico.

Artículo 27

'En los establecimientos públicos no se exhibirán símbolos religiosos presidiendo sus dependencias, salvo aquellos con valor histórico-artístico, arquitectónico y cultural'

Cae en saco roto el veto de crucifijos en ayuntamientos, ministerios, colegios y hospitales públicos. Aun así, el borrador de la ley concede que los “centros privados que presten servicios públicos podrán exhibir símbolos de acuerdo con su carácter propio”. En 2008, un juez obligó a retirar los crucifijos de un colegio de Valladolid, a petición de un grupo de padres. Sin embargo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló en marzo que la presencia de crucifijos en las escuelas públicas, italianas en ese caso, no viola la libertad de pensamiento y religión.

Artículo 28

'Las celebraciones oficiales organizadas por los poderes públicos se llevarán a cabo de forma que no integren ceremonias ni símbolos de carácter religioso'

El cuarto artículo del capítulo V de la ley implicaría cambios, por ejemplo, en los funerales de Estado. Los entierros de militares muertos en combate o de las víctimas del terrorismo no serían necesariamente católicos.

Artículo 29

'La presencia de una autoridad pública (...) en actos religiosos deberá realizarse de tal manera que no suponga una quiebra de los principios de neutralidad y no discriminación'

Políticos, guardias civiles y distintos representantes del Ejército siguen participando año tras año en las procesiones de Semana Santa. Si se hubiera aprobado esta ley, las autoridades públicas estarían obligadas también a atender las demandas de representación en celebraciones de otras religiones.

Artículo 33

'Los padres (...) tienen derecho a elegir para sus hijos la enseñanza religiosa que sea conforme a sus propias convicciones'

El borrador de esta ley, sin embargo, no suponía un gran avance en el campo educativo, ya que la enseñanza sigue condicionada por en España “la normativa vigente en materia de Educación” y los Acuerdos con la Santa Sede. 

 

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias