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La 'mala salud de hierro' del autónomo: sólo diez de cada mil cogen la baja

Un sistema de protección social con un subsidio de enfermedad y accidente por debajo del nivel de subsistencia lleva a los trabajadores por cuenta propia a acogerse a la incapacidad laboral solo cuando seguir trabajando genera un riesgo grave para su integridad

La gran mayoría de los trabajadores autónomos se ven obligados a pasar el mes 400 euros en caso de baja laboral.

No es una leyenda urbana: los autónomos cogen muchas menos bajas que los empleados por cuenta ajena. Concretamente, la relación es de uno a tres. No es que les afecte menos la enfermedad ni que sean superhombres, como ha llegado a ironizar la publicidad de los bancos, sino que, afectados por un sistema de protección social que deja los ingresos de la inmensa mayoría de ellos netamente por debajo del nivel de subsistencia en caso de baja, terminan desarrollando algo similar a aquella "mala salud de hierro" que popularizó Fernando Fernán Gómez.

Las estadísticas del Ministerio de Empleo y Seguridad Social sitúan en el 10,46 por mil la incidencia media mensual de las incapacidades temporales por contingencias comunes entre los autónomos, prevalencia que se eleva a 27,46  en el caso de los trabajadores por cuenta ajena.

Según esos datos, la media mensual de bajas se sitúa en 28.041 entre los primeros y en 416.033 entre los segundos.También hay diferencias notables en cuanto a la duración de esas incapacidades laborales: se mantienen durante 33,7 entre los asalariados mientras que se prolongan por 80,68 en el caso de los autónomos.

Es decir, que 10 de cada mil autónomos enferman o se lesionan cada mes para once semanas y media, mientras casi 30 de cada millar de empleados por cuenta ajena padecen dolencias que les incapacitan algo menos de cinco semanas. Menos bajas más largas entre los autónomos y más incapacidades menos prolongadas entre los asalariados.

Esa mayor duración de las bajas produce un efecto acumulativo que puede provocar la ilusión de que el número de bajas es similar en ambos sectores. En los dos primeros meses de este año pasaron por esa situación como consecuencia de enfermedades y accidentes no relacionados con el trabajo 75.351 de los 2.694.120 autónomos  de 15.143.827.

Por debajo del salario social

“Los autónomos cogen pocas bajas, y solo cuando el riesgo para la integridad de su salud se encuentra al límite”, explica Eduardo Abad, secretario general de UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos), que añade que “la enfermedad afecta directamente a su bolsillo, porque deja de facturar y debe seguir aportando su cotización al sistema”. Eso hace que se acojan menos que los asalariados, y por dolencias más graves, al sistema de protección por incapacidad transitoria.

Un trabajador por cuenta propia recibe de la Seguridad Social un 75% de la base de cotización de mes anterior en caso de baja por enfermedad profesional o por accidente laboral. El 80% de los autónomos cotiza por la base mínima , de 893,10 euros, lo que supone 669,80 por mes de los que hay que descontar los 267,3 que –recargos incluidos- tiene que seguir aportando. Eso, que supone una discriminación frente a los asalariados, que dejan de cotizar aunque su empresario sigue haciéndolo, reduce el líquido mensual a 402,50, claramente inferior al mínimo de subsistencia de los salarios sociales -426- y a los 532,51 del Iprem (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

Un trabajador por cuenta propia recibe de la Seguridad Social un 75% de la base de cotización de mes anterior en caso de baja por enfermedad profesional o por accidente laboral

Un trabajador por cuenta propia recibe de la Seguridad Social un 75% de la base de cotización de mes anterior en caso de baja por enfermedad profesional o por accidente laboral

Las bajas por enfermedad común y accidente no laboral, son menos cuantiosas, ya que el subsidio es del 60% de la base las tres primeras semanas y del 75% a partir de entonces. Eso supone que ingresan 375,10 euros los primeros 21 días, 223,27 los diez siguientes –suma 598,37- y la parte proporcional de 669,80 los meses posteriores, lo que deja el neto del primer mes en 331,07.

“Claro que parecen superhombres –ironiza Abad-, salen de la baja como alma que lleva el diablo, porque si no, no pueden subsistir”.

La perversión del sistema

El secretario general de UPTA considera que este sistema de protección, en el que el acceso a la baja por accidente laboral y enfermedad profesional requiere, además, un recargo en la cotización, “es de una perversión tremenda”. A ella se le suma el celo de las mutuas para supervisar esas incapacidades y la dificultad de prueba que en ocasiones, por motivos tan sencillos como carecer de compañeros de trabajo, se encuentran los autónomos. “El control es en ocasiones tan exhaustivo que llega a resultar agobiante”, señala.

Otra cosa es cómo están regulados los motivos de baja para un autónomo, cuya aportación para cubrir enfermedades profesionales y accidentes de trabajo solo es obligatoria en las llamadas “actividades de especial penuria” como el transporte o la construcción. “Es necesario ampliar el catálogo –reclama Abad-, ya que, por ejemplo, alguien que no trabaja en la construcción, como un repartidor, puede padecer problemas musculoesqueléticos de gravedad similar”.

El sistema de protección de los trabajadores por cuenta propia carece de cobertura para los accidentes

El sistema de protección de los trabajadores por cuenta propia carece de cobertura para los accidentes

En este sentido, propone revisar las ocupaciones catalogadas como susceptibles de generar enfermedades profesionales, ya que “muchos autónomos desarrollan tareas nocivas para su salud sin que necesariamente lo sea la actividad profesional que realiza”. Ocurre, por ejemplo, con los transportistas que intervienen en las operaciones de carga y descarga de las mercancías.

Al margen de la Ley del Trabajo Autónomo

Abad pone de manifiesto otra de las lagunas del sistema de protección de los trabajadores por cuenta propia: carecen de cobertura para los accidentes “in itinere”, los que se producen durante los desplazamientos entre el domicilio y el centro de trabajo. “¿Hay diferencias entre trasladarse a la tienda o la obra e ir a una fábrica o una oficina?”, se pregunta.

En cualquier caso, estos aspectos del trabajo de los autónomos no van a ser modificados en la ley del sector que, por iniciativa de C’s, prevé tramitar esta legislatura el Congreso, ya que afectan a la regulación de la Seguridad Social.

Los Presupuestos de la Seguridad Social prevén para este año una recaudación de 14.367 millones de euros por las cotizaciones de los trabajadores por cuenta propia, mientras que la previsión de gastos se eleva a 19.011, pensiones incluidas, lo que supone un descuadre de 4.644.

El organismo se marca como objetivo tramitar los expedientes de incapacidad laboral en un máximo de seis días.

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